Visto el expediente para autorización administrativa previa y de construcción de una instalación eléctrica que a continuación se cita:
Solicitante: Begasa.
Domicilio social: calle Aller Ulloa, Ramón María, 9, 27003 Lugo.
Denominación: cierre de anillo LAT 20 kV aluminio, entre CT 13104 Lamaboa y CT 10291 urbanización Palmeiro.
Situación: ayuntamiento de Xove.
Características técnicas:
– Línea subterránea de alta tensión aluminio a 20 kV entre CT 13104 Lamaboa y CT 6237 urbanización Palmeiro, 1, con origen en CT 13104 Lamaboa y final en la LSAT a 20 kV a CT 6237 urbanización Palmeiro, 1, con una longitud de 375 metros en conductor RHZ1-240 mm.
– Línea subterránea de alta tensión aluminio a 20 kV entre CT 13104 Lamaboa y CT 10291 urbanización Palmeiro, con origen en CT 13104 Lamaboa y final en el CT 10291 urbanización Palmeiro, con una longitud de 630 metros en conductor RHZ1-240 mm.
– Reforma y automatización del CT 10291 urbanización Palmeiro, con una potencia máxima admisible de 2×630 kVAS y una potencia instalada de 2×630 kVAS, se sutituyen las celdas actuales por dos celdas de línea motorizadas y telemandadas y dos celdas de protección todas ellas con corte en SF6; se realizan nuevos puentes de MT entre las celdas de protección y los transformadores y nuevos puentes de BT entre los cuadros de baja tensión y los transformadores, se instalan nuevos cuadros de BT y se adapta el circuito de tierras.
– Desmontaje de 120 metros de LAT subterránea y 280 metros de LAT aérea y la aparamenta convencional del CT urbanización Palmeiro.
Finalidad de la instalación: mejora de instalaciones.
Presupuesto: 128.729,56 euros.
Documentación que se acompaña:
– Separata para el Ayuntamiento de Xove.
Esta jefatura territorial, de acuerdo con las competencias que resultan del Decreto 230/2020, de 23 de diciembre, por el que se establece la estructura orgánica de la Consellería, y teniendo en cuenta el Decreto 9/2017, de 12 de enero, sobre órganos competentes para autorización de instalaciones eléctricas en la Comunidad Autónoma de Galicia, resuelve:
En relación con la instalación de alta tensión, conceder la autorización administrativa previa y de construcción a dichas instalaciones sin perjuicio de terceros y con independencia de las autorizaciones que sean necesarias para la ejecución de la obra por parte de otros órganos de la Administración, condicionado al cumplimiento de las siguientes condiciones:
Primera. Las instalaciones deberán ajustarse en su ejecución a lo dispuesto en el citado proyecto de ejecución, debiendo realizarse la dirección de obra por técnico competente.
Segunda. El peticionario asegurará el mantenimiento y vigilancia de las instalaciones durante la construcción y después de su puesta en servicio, con el fin de garantizar que en todo momento se mantendrán las condiciones reglamentarias de seguridad.
Tercera. En todo momento deberán cumplirse las normativas y directrices vigentes que sean de aplicación, en particular, cuanto establece la Ley 24/2013, de 26 de diciembre, del sector eléctrico; el Real decreto 223/2008, de 15 de febrero, por el que se aprueban el Reglamento sobre condiciones técnicas y garantías de seguridad en líneas eléctricas da alta tensión y sus instrucciones técnicas complementarias, y el Real decreto 337/2014, de 9 de mayo, por el que se aprueban el Reglamento sobre condiciones técnicas y garantías de seguridad en instalaciones eléctricas de alta tensión y sus instrucciones técnicas complementarias.
El plazo de puesta en marcha de las instalaciones que se autorizan será de doce meses, contados a partir de la fecha de la última autorización administrativa necesaria para su ejecución.
Contra esta resolución se podrá interponer recurso de alzada ante el vicepresidente segundo y conselleiro de Economía, Empresa e Innovación en el plazo de un mes, a partir del día siguiente al de la notificación o publicación de esta resolución; también se podrá interponer cualquier otro recurso que se estime pertinente en su derecho.
Lugo, 12 de mayo de 2022
Gustavo José Casasola de Cabo
Jefe territorial de Lugo