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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 98 Lunes, 23 de mayo de 2022 Pág. 30366

IV. Oposiciones y concursos

Agencia Gallega de Innovación

RESOLUCIÓN de 9 de mayo de 2022 por la que se convoca el proceso selectivo para la provisión, mediante contrato laboral temporal, de una plaza de titulado/a superior, gestor de proyecto (proyecto HIBA).

La Agencia Gallega de Innovación (Agencia), creada por el Decreto 50/2012, de 12 de enero (DOG núm. 19, de 28 de enero), cuenta dentro de sus objetivos estratégicos con la ordenación, planificación, coordinación, ejecución y seguimiento de las competencias en materia de fomento de la investigación que tiene atribuidas la Comunidad Autónoma de Galicia en virtud de lo establecido en el artículo 27.19 del Estatuto de autonomía de Galicia, y la promoción y ejecución del Plan gallego de investigación, desarrollo e innovación tecnológica, asumiendo su coordinación, seguimiento y evaluación.

La Agencia Gallega de Innovación asume la función de socio del proyecto HIBA –Hub Iberia Agrotech: creación de un ecosistema plurirregional para la agrodigitalización a través de los Digital Innovation Hub (DIH)–.

La Ley 17/2021, de 27 de diciembre (DOG núm. 251, de 31 de diciembre), de presupuestos generales de la Comunidad Autónoma de Galicia para 2022, en su artículo 13 prevé la contratación de personal laboral temporal para la realización de obras o servicios concretos y dotados de presupuesto.

Por lo expuesto, en virtud de las competencias atribuidas por el Decreto 50/2012, de 12 de enero, por el que se crea la Agencia Gallega de Innovación y se aprueban sus estatutos, esta dirección

RESUELVE:

Anunciar la convocatoria de un proceso selectivo para la provisión, mediante contrato laboral temporal, de una plaza de titulado/a superior para la ejecución y gestión del proyecto europeo HIBA –Hub Iberia Agrotech: creación de un ecosistema plurirregional para la agrodigitalización a través de los Digital Innovation Hub (DIH)– y aprobar las bases que regirán el proceso.

Las bases reguladoras del indicado proceso se incluyen como anexo I de esta resolución.

Para participar en esta convocatoria los/las interesados/as utilizarán el modelo de solicitud que se incluye en el anexo II.

Santiago de Compostela, 9 de mayo de 2022

Patricia Argerey Vilar
Directora de la Agencia Gallega de Innovación

ANEXO I

Bases de la convocatoria para la provisión, mediante contrato laboral temporal, de una plaza de titulado/a superior de gestor de proyecto para el Área de Programas de la Agencia Gallega de Innovación

De conformidad con lo establecido en el artículo 9 de la Ley 16/2010, de 17 de diciembre, de organización y funcionamiento de la Administración general y del sector público autonómico de Galicia, y en el artículo 17 del Decreto 50/2012, de 12 de enero, por el que se crea la Agencia Gallega de Innovación y se aprueban sus estatutos (DOG núm. 19, de 27 de enero), la Dirección de la Agencia Gallega de Innovación, en el ejercicio de las competencias atribuidas, dispone publicar las siguientes bases para la selección de un efectivo de personal laboral temporal para trabajar en la ejecución y gestión del proyecto europeo HIBA (Hub Iberia Agrotech: creación de un ecosistema plurirregional para la agrodigitalización a través de los Digital Innovation Hub).

Primera. Normas generales

1.1. Número y características de las plazas.

Al amparo del artículo 59 de la Ley 16/2010, de 17 de diciembre, de organización y funcionamiento de la Administración general y del sector público autonómico de Galicia, se convoca el proceso selectivo para la contratación de un efectivo personal laboral temporal con titulación de grado o licenciatura.

El centro directivo es la Agencia Gallega de Innovación adscrita a la Vicepresidencia Segunda y Consellería de Economía, Empresa e Innovación, aunque el/la trabajador/a tendrá que hacer desplazamientos a países de Europa a causa de su trabajo.

La duración del contrato será la del tiempo exigido para la realización del proyecto. La fecha estimada de finalización del proyecto es el 31 de diciembre de 2022. Se establece un tiempo máximo de 36 meses.

De acuerdo con el artículo 13 de la Ley 17/2021, de 27 de diciembre, de presupuestos generales de la Comunidad Autónoma de Galicia para el año 2022, la duración del contrato queda condicionada a que exista crédito adecuado y suficiente en la aplicación presupuestaria que corresponda, computado siempre en su proyección anual, que debe proceder de ingresos con financiación afectada.

La persona seleccionada va a trabajar en la ejecución y gestión del proyecto europeo HIBA (Hub Iberia Agrotech: creación de un ecosistema plurirregional para la agrodigitalización a través de los Digital Innovation Hub). Se trata de un proyecto de colaboración entre regiones europeas que pretende impulsar un ecosistema plurirregional en agrodigitalización a partir de la creación de una red de Digital Innovation Hubs que fomente la iniciativa, competitividad y sostenibilidad empresarial, propiciando la reactivación económica tras la COVID-19. Para alcanzarlo, el proyecto establecerá un mecanismo compartido entre los agentes más relevantes del sector, incluyendo administraciones públicas, universidades, pymes, start-ups y organizaciones privadas sin ánimo de lucro, de modo que permitirá mejorar y agilizar la canalización de la generación de conocimiento y la transferencia tecnológica de cara al sector productivo y desarrollo empresarial en el campo, que así mejorará su competitividad y la creación de riqueza, avanzando en la implementación en la prioridad 1 de las Ris3 Galicia, en que se enmarcan los hubs de innovación digital.

Entre las tareas a realizar se incluyen las siguientes:

1. Colaborar en la preparación, organización, dinamización de las reuniones de trabajo internacionales que se realicen con el resto de los socios del proyecto y otros agentes implicados y participar en ellas en cualquiera de las regiones europeas en que tengan lugar. El idioma de trabajo de las reuniones será principalmente el inglés.

2. Representar a la Agencia en las reuniones de los diferentes foros, redes y organismos europeos que tengan relación con el proyecto en los países en que tienen lugar, así como la interlocución con otros agentes públicos y privados europeos relacionados con el proyecto. El idioma de trabajo en los mismos será principalmente el inglés.

3. Coordinar y realizar informes, publicaciones y comunicaciones de actividades y resultados del proyecto, así como cualquier otro documento necesario para el desarrollo del mismo. Parte de esta documentación será realizada en inglés.

4. De acuerdo con la normativa, reglamentación y prácticas de los proyectos europeos, garantizar y contribuir al control del proyecto, así como a verificar el cumplimiento de los indicadores de seguimiento del mismo.

5. Analizar y priorizar metodologías y herramientas europeas susceptibles de ser incorporadas al proyecto.

6. Elaborar la justificación anual correspondiente a la actuación de la Gain en el proyecto.

7. Calquera otra función no definida aquí y considerada desde la Agencia relacionada con la ejecución del proyecto HIBA.

1.2. Retribuciones.

Las retribuciones serán las establecidas para el grupo I de acuerdo con la estructura salarial definida en los artículos 25 y 26 del V Convenio colectivo único para el personal laboral de la Xunta de Galicia; en la Ley 17/2021, de 27 de diciembre, de presupuestos generales de la Comunidad Autónoma de Galicia para el año 2022 (DOG núm. 251, de 31 de diciembre), y por las instrucciones que se dicten sobre la confección de nóminas del personal al servicio de la Administración autonómica.

1.3. Modalidad de contrato.

La persona seleccionada firmará un contrato de trabajo temporal al amparo de la disposición adicional quinta del RDL 32/2021, de 28 de diciembre, de medidas urgentes para la reforma laboral, la garantía de la estabilidad en el empleo y la transformación del mercado de trabajo, y demás legislación vigente que resulte de aplicación.

1.4. Incompatibilidades.

Las personas contratadas estarán sometidas al régimen general de incompatibilidades del personal al servicio de las administraciones públicas y demás disposiciones complementarias.

Segunda. Requisitos de los/las aspirantes

Para ser admitidos/as en el proceso de selección los/las aspirantes deberán poseer en la fecha de publicación de la convocatoria en el Diario Oficial de Galicia, y mantener hasta el momento de la toma de posesión como personal laboral temporal, los siguientes requisitos, excepto el certificado médico referente a lo contemplado en el punto 2.7, que deberá acreditarse en el momento de la contratación.

2.1. Nacionalidad.

a) Tener la nacionalidad española.

b) Ser nacional de alguno de los Estados miembros de la Unión Europea.

c) Ser nacional de algún Estado en que, en virtud de los tratados internacionales suscritos por la Unión Europea y ratificados por España, sea de aplicación la libre circulación de trabajadores/as.

d) También podrán participar, cualquiera que sea su nacionalidad, los/las cónyuges de los/las españoles/as y de los/las nacionales de otros Estados miembros de la Unión Europea, siempre que no estén separados de derecho. En iguales condiciones podrán participar sus descendientes y los/las de su cónyuge, siempre que no estén separados de derecho, sean menores de veintiún años o mayores de edad dependientes.

e) Tener residencia legal en España, en el caso de tratarse de extranjeros/as no incluidos/as en los apartados anteriores.

2.2. Edad.

Haber cumplido los dieciséis años de edad.

2.3. Titulación académica.

Estar en posesión de una titulación de grado o licenciatura.

En el caso de titulaciones obtenidas en el extranjero, deberá acreditar que está en posesión de la correspondiente convalidación o de la credencial que acredite, en su caso, la homologación del título. Este requisito no será obligatorio para los/las aspirantes que hayan obtenido el reconocimiento de su cualificación profesional en el ámbito de las profesiones reguladas al amparo de las disposiciones de derecho de la Unión Europea.

2.4. Competencia lingüística.

Disponer de un manejo competente y fluido del inglés a nivel profesional oral y escrito, con capacidad para liderar reuniones de trabajo en dicho idioma y realizar presentaciones en jornadas, foros o similares. Deberá acreditarse la posesión de un certificado, como mínimo, de nivel C1 o equivalente, de acuerdo con la tabla de equivalencia de certificados y su correspondencia con el Marco común europeo de referencia para las lenguas MCER.

2.5. Disponibilidad para viajar.

Tener disponibilidad para desplazarse a cualquier país europeo para participar en reuniones, jornadas, foros o similares.

2.6. Conocimiento del idioma gallego.

Acreditar conocimiento del idioma gallego: Celga 4, título de perfeccionamiento del idioma gallego o estudios equivalentes.

2.7. Capacidad funcional.

Poseer las capacidades y aptitudes físicas y psíquicas que sean necesarias para el desempeño de las correspondientes funciones o tareas.

2.8. Habilitación.

No haber sido despedido/a mediante expediente disciplinario de ninguna Administración pública o de los órganos constitucionales o estatutarios de las comunidades autónomas, ni encontrarse en la situación de inhabilitación absoluta o especial para el desempeño de empleos o cargos públicos por resolución judicial, cuando se trate de acceder a la misma categoría profesional a la cual se pertenecía.

En el caso de nacionales de otros Estados, no estar inhabilitado/a, o en situación equivalente, ni haber sido sometido la sanción disciplinaria o equivalente que impida en el Estado de procedencia el acceso al empleo público en los términos anteriores.

Tercera. Presentación de solicitudes

De conformidad con lo establecido en el artículo 59 de la Ley 16/2010, de 17 de diciembre, de organización y funcionamiento de la Administración general y del sector público autonómico de Galicia, aquellas personas que deseen formar parte en el presente proceso selectivo deberán presentar la documentación que a continuación se señala, teniendo en cuenta que, en el supuesto de que los documentos sean fotocopias, estas tendrán que estar debidamente compulsadas:

a) Instancia. Según el modelo contenido en el anexo II que se adjunta a estas bases.

b) Curriculum vitae pormenorizado y debidamente justificado, donde se acredite su trayectoria y experiencia profesional, así como los títulos, cursos y diplomas obtenidos, que se valorarán, en su caso, en el proceso de selección.

c) Fotocopia compulsada de las titulaciones académicas que se posean, que en el caso de haberse obtenido en el extranjero deberá estar homologada en España.

d) Acreditación de la posesión de un certificado, como mínimo, de nivel C1 o equivalente, en lengua inglesa, de acuerdo con la tabla de equivalencia de certificados y su correspondencia con el Marco común europeo de referencia para las lenguas MCER.

e) Acreditación de la experiencia en el extranjero indicada en el apartado 5.1., mediante certificado expedido por los órganos competentes en materia de personal de la correspondiente organización donde se desempeñaron las actividades o servicios, especificando las funciones y el período (con fecha de inicio y final).

f) Copias compulsadas de certificados de asistencia a cursos o similares que se valorarán, en su caso, en el proceso de selección.

g) Cuando se trate de aspirantes nacionales de otros países, deberán presentar fotocopia compulsada de los certificados de estudios cursados de castellano que acrediten suficientemente sus conocimientos de este idioma.

h) Fotocopia compulsada del titulo acreditativo de superación del Celga 4, curso de perfeccionamiento de gallego o equivalente, debidamente homologado por el órgano competente en materia de política lingüística de la Xunta de Galicia, de acuerdo con la disposición adicional segunda de la Orden de 16 de julio de 2007 por la que se regulan los certificados oficiales acreditativos de los niveles de conocimiento de la lengua gallega (DOG núm. 146, de 30 de julio).

La dirección que figura en las instancias se considerará la única válida a efectos de notificaciones, y serán responsabilidad exclusiva de la persona candidata tanto los errores en la consignación del mismo como la comunicación de cualquier cambio de dicho domicilio.

Para que tengan validez en este proceso selectivo, los documentos que se presenten deberán estar expedidos en alguna de las lenguas oficiales de la Comunidad Autónoma de Galicia (gallego o castellano); en el caso de documentos expedidos en otras comunidades autónomas, para que tengan validez deberán estar redactados en castellano o traducidos por titulado/a o por el organismo correspondiente. Tratándose de documentos expedidos en un país extranjero, deberán estar debidamente traducidos. Los documentos expedidos en el extranjero deberán ir acompañados de traducción oficial al castellano. La traducción oficial podrá hacerse por traductor jurado, debidamente autorizado o registrado en España; por cualquier representación diplomática o consular de España en el extranjero; por la representación diplomática o consular en España del país del que es ciudadano el solicitante o, en su caso, del de procedencia del documento; o por un traductor oficial en el extranjero cuya firma esté debidamente legalizada. Este párrafo no hace referencia a las publicaciones.

El plazo de presentación de solicitudes será de 10 días hábiles desde el día siguiente al de su publicación oficial.

Las solicitudes para participar en esta convocatoria se presentarán en el registro de la Agencia Gallega de Innovación (Edificio CNTG, calle Airas Nunes, s/n, 15702 Santiago de Compostela). También podrán presentarse en las oficinas previstas en el artículo 16 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas. En este caso será recomendable remitir un correo electrónico antes de la finalización del plazo de presentación de solicitudes a la siguiente dirección: persoal.gain@xunta.gal, advirtiendo de la presentación de la solicitud y, de ser posible, del registro en el que se presentó.

Para cualquier aclaración o información adicional, las personas interesadas podrán dirigirse al Área de Gestión de la Agencia Gallega de Innovación en el número de teléfono 981 54 10 78 o en el correo electrónico persoal.gain@xunta.gal (indíquese en el asunto del correo «proceso HIBA»).

Cuarta. Trámites administrativos posteriores a la presentación de la solicitud

Todos los trámites administrativos que las personas interesadas deban realizar tras la presentación de la solicitud deberán presentarse en el Registro de la Agencia Gallega de Innovación (Edificio CNTG, calle Airas Nunes, s/n, 15702 Santiago de Compostela). También podrán presentarse en las oficinas previstas en el artículo 16 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas. En este caso será recomendable remitir un correo electrónico antes de la finalización del plazo de presentación de solicitudes a la siguiente dirección: persoal.gain@xunta.gal, advirtiendo de la presentación y, de ser posible, el registro en el que se presentó.

Quinta. Baremo de méritos. Acreditación de méritos y desempates

Para establecer el orden de prelación en la puntuación de los/las aspirantes que corresponda a la acreditación de méritos establecida en las presentes bases, se aplicará el siguiente baremo:

5.1. Servicios prestados: hasta un máximo de 5 puntos.

a) Por cada mes de servicios prestados en la ejecución de proyectos internacionales o transnacionales en los últimos 5 años: 0,25 puntos al mes, hasta un máximo de 3 puntos.

b) Por cada mes de servicios prestados en la ejecución de proyectos internacionales o transnacionales en los últimos 5 años, puntuados en el apartado 5.1.a), que estén directamente relacionados con la implementación de estrategias de especialización inteligente se añadirá: 0,10 puntos/mes, hasta un máximo de 2 puntos.

c) Por cada mes de servicios prestados en el extranjero en actividades relacionadas con las políticas y la financiación comunitarias en el ámbito de la I+D+i: 0,25 puntos/mes, hasta un máximo de 2 puntos.

5.2. Formación: hasta un máximo de 5 puntos.

– Por poseer un máster relacionado con el desarrollo económico, la gestión y administración de empresas, la innovación, la gestión y seguimiento de políticas públicas, o cualquier otro equivalente con un contenido similar: 3 puntos.

– Por cada curso directamente relacionado con las funciones propias del puesto al que se opta y organizado e impartido directamente por la Escuela Gallega de Administración Pública, Fegas, Academia Gallega de Seguridad Pública, INAP, escuelas oficiales de formación de las restantes comunidades autónomas, universidades, Inem, Consellería de Empleo e Igualdad, cursos de formación continua del AFCAP, y por la Administración general del Estado, hasta un máximo de 2 puntos:

Cursos de hasta 75 horas: 0,2 puntos.

Cursos de más de 75 horas: 0,3 puntos.

– Por cada curso de conocimientos ofimáticos, hasta un máximo de 1 punto:

Cursos de hasta 75 horas: 0,1 puntos.

Cursos de más de 75 horas: 0,2 puntos.

– Por el conocimiento de otros idiomas europeos, además de los oficiales en el Estado español y el idioma inglés, hasta un máximo de 1 punto:

Igual o menor a B1: 0,2 puntos por cada idioma.

Igual o mayor a B2: 0,3 puntos por cada idioma.

De producirse empate en la puntuación, se acudirá para dirimirlo a la otorgada por los méritos alegados según el orden establecido en este anexo y, de persistir, a favor de la primera letra del primero apellido, según el orden establecido anualmente en la resolución de la Consellería de Presidencia, Administraciones Públicas y Justicia por la que se publica el resultado del sorteo a que se refiere el Reglamento de selección de personal de la Administración de la Comunidad Autónoma de Galicia.

A pesar de lo anterior, en el supuesto de infrarrepresentación del sexo femenino en los términos establecidos en el artículo 49 del Decreto legislativo 2/2015, de 12 de febrero, que aprueba el texto refundido de las disposiciones legales de la Comunidad Autónoma de Galicia en materia de igualdad, el primer criterio de desempate será el de tener la condición de mujer.

Sexta. Tribunal de selección.

El tribunal de selección será nombrado por resolución de la directora de la Agencia Gallega de Innovación y será constituido una vez publicada en la web http://gain.xunta.gal la relación definitiva de aspirantes. Serán de aplicación a este órgano las instrucciones relativas al funcionamiento y actuación de los órganos de selección de 11 de abril de 2007, modificadas por el Acuerdo del Consello de la Xunta de Galicia de 8 de abril de 2010.

El tribunal de selección estará compuesto por un/una presidente/a, un/una secretario/a y un/una vocal.

En relación a la composición paritaria del tribunal de selección se estará a lo dispuesto en el artículo 46 del Decreto legislativo 2/2015, de 12 de febrero, por el que se aprueba el texto refundido de las disposiciones legales de la Comunidad Autónoma de Galicia en materia de igualdad.

El tribunal podrá disponer de la incorporación a sus trabajos de personal asesor, que tendrá voz pero no voto, como apoyo para la correcta evaluación de los/las candidatos/as. Dicho personal se limitará a prestar su colaboración en su especialidad técnica.

Séptima. Desarrollo del proceso de selección

7.1. Expirado el plazo de presentación de solicitudes, se hará pública en la página web de la Agencia Gallega de Innovación (http://gain.xunta.gal/) la relación provisional de personas admitidas y excluidas, así como las causas de su exclusión.

Se podrán formular alegaciones contra el listado provisional en un plazo de cinco días hábiles, contados a partir del siguiente al de su publicación en la página web de la Agencia Gallega de Innovación.

Una vez resueltas las reclamaciones, se dictará resolución por la que se apruebe la lista definitiva de personas admitidas y excluidas.

Esta resolución se hará pública en la página web de la Agencia Gallega de Innovación.

El hecho de figurar en la relación de admitidos/as no prejuzga que se les reconozca a las personas interesadas la posesión de los requisitos exigidos en la presente convocatoria. Cuando de la documentación que se debe presentar en el caso de superar el proceso de selección se desprenda que no poseen alguno de los requisitos, las personas interesadas decaerán en todos los derechos que se puedan derivar de su participación en este procedimiento.

7.2. El proceso constará de dos fases:

Primera fase, valoración de méritos: la puntuación máxima de la fase de méritos será de diez (10) puntos. Se exigirá un mínimo de siete (7) puntos en la fase de valoración de méritos para pasar a la segunda fase del proceso.

Segunda fase, celebración de una entrevista: la puntuación máxima de la entrevista será de un (1) punto.

7.3. Primera fase: el tribunal procederá a una baremación provisional de los méritos alegados por los/las aspirantes, con expresión de la puntuación obtenida en un orden decreciente de mayor a menor puntuación.

Se podrán formular alegaciones contra la baremación del listado provisional en un plazo de cinco días hábiles, contados a partir del siguiente al de su publicación en la página web de la Agencia.

El tribunal de selección, en su caso, y solamente a efectos de aclarar posibles dudas sobre la documentación aportada, podrá requerir la presencia de los/las aspirantes que considere oportuno.

La estimación o desestimación de dichas alegaciones se entenderá implícita en la publicación de la puntuación definitiva de la primera fase del proceso.

7.4. Segunda fase: consistirá en una entrevista personal no eliminatoria para valorar el grado de adecuación de los/las aspirantes.

La entrevista se celebrará en inglés y gallego y versará sobre el curriculum vitae de la persona candidata, las funciones a desempeñar en el puesto de trabajo y sus conocimientos sobre las políticas y programas comunitarios relacionados con la I+D+i, especialmente su conocimiento de los mecanismos de implementación de las estrategias de especialización inteligente RIS3 y de los Digital Innovation Hubs (DIH).

Para realizar la entrevista se dispondrá de un tiempo máximo de quince (15) minutos. La entrevista se calificará de 0 a 1 puntos.

El tribunal de selección publicará en la web de la Agencia Gallega de Innovación (http://gain.xunta.gal) los nombres de las personas convocadas, el lugar y la fecha y hora de realización de la entrevista. En esta fase se valorarán las cuestiones relativas a la experiencia de las personas candidatas, sus conocimientos, formación y participación en proyectos.

Las personas convocadas a esta fase deberán presentarse en el lugar indicado con el original del DNI, permiso de conducir o, en su defecto, pasaporte.

Una vez realizadas las entrevistas, el tribunal publicará en la web http://gain.xunta.gal el listado con la puntuación provisional de los/las aspirantes.

Se podrán formular alegaciones contra la puntuación provisional de la segunda fase en un plazo de tres (3) días hábiles, contados a partir del siguiente al de su publicación.

Transcurrido el plazo de alegaciones, el tribunal procederá a la puntuación global definitiva, que será elevada a la Dirección de la Agencia Gallega de Innovación para que dicte resolución con las puntuaciones globales definitivas de los/las aspirantes por el mismo medio que el listado provisional, con expresión de la puntuación obtenida en un orden decreciente.

7.5. El/la primer/a aspirante de la lista definitiva publicada será la persona seleccionada para la cobertura de la plaza objeto de esta convocatoria, y deberá presentar en el plazo de cinco (5) días hábiles desde que se haga pública la lista la siguiente documentación:

− Tarjeta sanitaria y/o número de afiliación a la Seguridad Social.

− Certificado médico oficial o informe de salud en los cuales se acrediten los aspectos señalados en el apartado 2.7 de las bases.

− Declaración, bajo su responsabilidad, de no haber sido separado/a del servicio de ninguna Administración pública en virtud de expediente disciplinario ni encontrarse inhabilitado/a por sentencia firme para el ejercicio de funciones públicas a efectos de acreditar los aspectos señalados en el apartado 2.8 de las bases.

7.6. Si la persona seleccionada no presenta la documentación indicada en el apartado anterior en el plazo establecido, o presenta su renuncia a su contratación para el puesto para el cual fue seleccionado/a (caso en que se hará mediante solicitud expresa al respecto en el mismo plazo señalado en el apartado anterior), resultará, en cualquiera caso, automáticamente seleccionado/a el/la siguiente aspirante según el orden de prelación de la lista, que deberá presentar, en un nuevo plazo de cinco días hábiles desde que finalice el anterior, la documentación citada en el apartado 7.5. Se procederá de esta forma hasta que un/una candidato/a presente en plazo y válidamente su documentación.

7.7. Una vez seleccionada la persona candidata y presentada su documentación según lo establecido en los apartados anteriores, comprobado el cumplimiento de los requisitos exigidos, se procederá a la formalización de la contratación objeto de la convocatoria.

Octava. Norma final

8.1. Todas las resoluciones del proceso de selección se publicarán en la página web de la Agencia Gallega de Innovación en el apartado de procesos selectivos.

8.2. Esta convocatoria, sus bases y cuantos actos administrativos se deriven de ella o de la actuación del tribunal, con el carácter de definitivos o que siendo de trámite decidan sobre el fondo del asunto, podrán ser impugnados por las personas interesadas en el plazo y en la forma establecidos por la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común.

ANEXO II

Modelo de solicitud

DATOS PERSONALES

Primer apellido

Segundo apellido

Nombre

DNI

Fecha de nacimiento

Domicilio, calle y nº

Provincia

Localidad

Teléfono

Correo electrónico

EN CASO DE PRESTAR SERVICIOS EN LA ADMINISTRACIÓN PÚBLICA:

Vínculo jurídico

Categoría profesional

Situación administrativa

Destino actual

Dependencia

Localidad

SOLICITO: ser admitido/a en la convocatoria para proveer el puesto de titulado/a superior –gestor de proyectos– anunciada por la Resolución ............................................................................, al considerar que reúno los requisitos exigidos.

(Lugar, fecha y firma)

Agencia Gallega de Innovación

Edificio CNTG, calle Airas Nunes, s/n

15702 Santiago de Compostela