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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 91 Miércoles, 11 de mayo de 2022 Pág. 28096

VI. Anuncios

a) Administración autonómica

Consellería del Medio Rural

ANUNCIO de 25 de abril de 2022, del Jurado Provincial de Clasificación de Montes Vecinales en Mano Común de Lugo, por el que se publica la resolución del recurso extraordinario de revisión contra el deslinde del monte Baamonde, del ayuntamiento de Begonte (expediente 1_77/6DES_2019).

En la sesión celebrada por el jurado provincial el día 31.3.2022 figura el siguiente acuerdo:

El 14.2.2022 tuvo entrada un recurso extraordinario de revisión, presentado por Francisco Lorenzo Sánchez, contra el acuerdo del jurado de 2.6.2021 por el que se aprueba el deslinde parcial del MVMC de Baamonde con propiedades particulares. En síntesis, manifiesta ser propietario de un terreno denominado Canle, adquirido por compraventa ante notario en 1991 e inscrito en el Registro de la Propiedad de Vilalba a su favor, y que en el procedimiento de deslinde dicho terreno fue incluido indebidamente dentro del perímetro del monte vecinal de Baamonde, por lo que solicita su exclusión del monte.

El 9.3.2022, el Servicio de Montes elaboró un informe sobre el terreno reclamado por el recurrente, con las siguientes indicaciones: el terreno identificado en plano por el interesado estaría constituido por una pequeña parte de la superficie de las parcelas 2 y 3 del polígono 10 del catastro de rústica de Begonte. Estas parcelas tienen como titulares catastrales Ayuntamiento de Begonte y monte vecinal, respectivamente. Asimismo, consultado el Archivo Histórico Provincial de Lugo, el Ayuntamiento de Begonte figuraba como titular histórico de las citadas parcelas.

Además de lo anterior, ninguna de la documental aportada por el interesado hace referencia al inmueble catastral al que corresponde el terreno que dice ser de su propiedad, ni aquella desvirtúa los indicios probatorios de la naturaleza vecinal en mano común de los inmuebles en los que supuestamente se encontraría aquel, y en los que se basó el acuerdo de deslinde contra el que se recurre.

Examinado dicho recurso, el jurado, por unanimidad, acuerda desestimarlo, de conformidad con los fundamentos que se recogen en la correspondiente resolución.

Contra esta resolución, en el plazo de dos meses contados desde el día siguiente a su notificación o publicación en el Diario Oficial de Galicia, podrá interponerse recurso contencioso-administrativo ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo de Lugo, de conformidad con el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, de la jurisdicción contencioso-administrativa.

Lugo, 25 de abril de 2022

Mª Olga Iglesias Fontal
Presidenta del Jurado Provincial de Clasificación de Montes
Vecinales en Mano Común de Lugo