Descargar PDF Galego | Castellano| Português

DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 81 Jueves, 28 de abril de 2022 Pág. 25753

III. Otras disposiciones

Instituto Gallego de la Vivienda y Suelo

RESOLUCIÓN de 19 de abril de 2022 por la que se hace público el Acuerdo del Consello de la Xunta de Galicia, de 8 de abril de 2022, por el que se modifica el Acuerdo del Consello de la Xunta de Galicia de 22 de julio de 2021 en el que se fijan los precios máximos de venta y renta de las viviendas protegidas de protección autonómica en primera o posteriores transmisiones.

El Consello de la Xunta de Galicia, en su reunión de 22 de julio de 2021, adoptó el acuerdo por el que se fijan los precios máximos de venta y renta de las viviendas protegidas de protección autonómica en primera o posteriores transmisiones. Conforme al citado acuerdo, dichos precios máximos entraron en vigor al día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de Galicia, esto es, el 11 de agosto de 2021.

A la vista de las dudas surgidas en la aplicación del acuerdo, se hace necesario modificarlo para aclarar los precios máximos de renta en segundos y ulteriores contratos de alquiler de las viviendas de protección oficial de promoción privada y de protección autonómica de planes anteriores, así como corregir su acuerdo segundo, relativo a su aplicación.

A la vista de lo anterior, se propone la adopción del siguiente

ACUERDO:

Primero. Modificar el punto 4 del acuerdo primero del Acuerdo del Consello de la Xunta de Galicia de 22 de julio de 2021, por el que se fijan los precios máximos de venta y renta de las viviendas protegidas de protección autonómica en primera o posteriores transmisiones, que queda redactado en los siguientes términos:

4. Precios máximos de renta en segundos y ulteriores contratos de alquiler de las viviendas de protección oficial de promoción privada y de protección autonómica de planes anteriores.

Para calcular el precio máximo de renta en segundos y ulteriores contratos de alquiler de las viviendas de protección oficial de promoción privada y de protección autonómica de planes anteriores se tomará como referencia el que correspondería a las viviendas del mismo tipo que se califiquen como protegidas provisionalmente en la misma zona territorial en la fecha del alquiler. La renta máxima inicial será la resultante de aplicar al precio de referencia establecido en el párrafo anterior los siguientes porcentajes:

– El 3,15 %, para el caso de viviendas de promoción para venta y las destinadas a alquiler a 25 años, calificadas con cargo a planes anteriores al 2009-2012.

– El 4 %, para el caso de viviendas de promoción para venta y las destinadas a alquiler a 25 años calificadas con cargo al plan 2009-2012 y las calificadas provisionalmente hasta la entrada en vigor del presente acuerdo.

– El 4,5 %, para el caso de viviendas destinadas a alquiler a 10 años o a 15 años.

A los efectos de fijar las equivalencias entre las diferentes denominaciones de las viviendas en los distintos planes de vivienda, se estará a lo establecido en el número 2 de la disposición adicional tercera del Decreto 402/2009, de 22 de octubre, respecto a las viviendas de protección oficial de promoción privada y de protección autonómica de planes anteriores al 2009-2012.

No obstante, podrán mantenerse los importes que se venían percibiendo con anterioridad a la fecha de efectos del Acuerdo del Consello de la Xunta de Galicia de 22 de julio de 2021, en el supuesto que de la aplicación de los nuevos precios a las renovaciones y a los nuevos contratos de alquiler de viviendas resultara una minoración de estos.

Segundo. Modificar el acuerdo según el Acuerdo del Consello de la Xunta de Galicia de 22 de julio de 2021, por el que se fijan los precios máximos de venta y renta de las viviendas protegidas de protección autonómica en primera o posteriores transmisiones, que queda redactado en los siguientes términos:

Los precios establecidos en los puntos 1, 2 y 3 del primer acuerdo serán de aplicación a las VPA calificadas provisionalmente desde el 11 de agosto de 2021.

Santiago de Compostela, 19 de abril de 2022

Heriberto García Porto
Director general del Instituto Gallego de la Vivienda y Suelo