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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 67 Miércoles, 6 de abril de 2022 Pág. 22060

III. Otras disposiciones

Consellería de Infraestructuras y Movilidad

DECRETO 43/2022, de 24 de marzo, por el que se aprueba el cambio de titularidad, a favor del Ayuntamiento de A Coruña, de la totalidad de la carretera AC-415 y de la totalidad de un tramo de la carretera AC-211 que discurre por el ayuntamiento, junto con su dominio público asociado.

A tenor de lo previsto en el artículo 9.4 da Ley 8/2013, de 28 de junio, de carreteras de Galicia, los cambios de titularidad de las carreteras o tramos de ellas, cuando no se trate de travesías urbanas o tramos de ellas que estén incluidos en el inventario de travesías de su Administración titular, deberán ser aprobados por decreto de la Xunta de Galicia, a propuesta de la consellería competente en materia de carreteras y previo acuerdo entre las administraciones afectadas.

Por otra parte, la citada Ley de carreteras dispone, en su artículo 9.7, que los cambios de titularidad podrán incluir carreteras, tramos de las mismas, elementos funcionales y/o espacios de la zona de dominio público adyacente.

El Ayuntamiento de A Coruña solicitó el cambio de titularidad de la totalidad de la carretera autonómica AC-415 y de la totalidad de un tramo de la carretera AC-211 que discurre por su término municipal.

La carretera AC-415 discurre en su totalidad (2,42 km) por el ayuntamiento de A Coruña.

La carretera AC-211 tiene, en dos tramos no contiguos, una longitud total de 0,84 km, discurriendo por el municipio de A Coruña el segundo tramo, entre el p.k. 3+350 y el p.k. 3+510, con una longitud de 160 metros.

La carretera AC-415 en su totalidad y el tramo de la AC-211 entre el p.k. 3+350 y el p.k. 3+510 están categorizados funcionalmente por el Catálogo de la Red autonómica de carreteras de Galicia (Raega) como red local. Discurren en su totalidad por suelo clasificado como urbano por el instrumento de planeamiento urbanístico vigente en el Ayuntamiento de A Coruña. Se trata de tramos con un marcado carácter local y urbano, sin funcionalidad dentro de la Raega.

La Agencia Gallega de Infraestructuras, vistos los informes emitidos por los servicios competentes, formuló la propuesta favorable a la transferencia de titularidad de los tramos que se definen en el artículo 1.

De conformidad con lo anteriormente expuesto, a propuesta de la conselleira de Infraestructuras y Movilidad, previa deliberación del Consello de la Xunta de Galicia, en su reunión del día veinticuatro de marzo de dos mil veintidós,

DISPONGO:

Artículo 1

– Aprobar el cambio de titularidad a favor del Ayuntamiento de A Coruña, junto con su DPV asociado de:

– La totalidad de la carretera:

Clave

Denominación

PKi

Coordenadas UTM (ETRS89)

PKf

Coordenadas
UTM (ETRS89)

AC-415

A Coruña (ronda de Outeiro)-Meicende (lím. ayuntamiento)

0+000

X= 546.965

Y= 4.800.833

2+420

X= 544.957

Y= 4.799.568

– La totalidad del tramo de la carretera que discurre por el municipio:

Clave

Tramo

PKi

Coordenadas UTM (ETRS89)

PKf

Coordenadas
UTM (ETRS89)

AC-211

Lím. ayuntamiento con Culleredo-A Pasaxe (N-VI)

3+350

X= 550.023

Y= 4.797.527

3+510

X= 549.927

Y= 4.797.651

Artículo 2

Modificar, en aplicación del artículo 10.6.a) de la LCG, el Catálogo de la Red autonómica de carreteras de Galicia, aprobado por el Decreto 100/2021, de 24 de junio, en el sentido de reflejar estos cambios de titularidad, suprimiendo la carretera AC-415 del catálogo y corrigiendo la nomenclatura de la carretera AC-211.

El documento del catálogo y sus modificaciones posteriores podrán consultarse en la página web de la Consellería de Infraestructuras y Movilidad:

https://infraestruturasemobilidade.xunta.gal/tema/c/CIV_Infraestruturas_Estradas

Artículo 3

En aplicación de los apartados 4 y 6 del artículo 10 de la Ley 8/2013, de 28 de junio, de carreteras de Galicia, el Ayuntamiento de A Coruña deberá modificar su catálogo de carreteras para incluir los cambios de titularidad a los que se refiere este decreto.

Artículo 4

De acuerdo con lo establecido en el artículo 9.6 de la Ley 8/2013, de 28 de junio, de carreteras de Galicia, el cambio de titularidad será efectivo el día siguiente al de la publicación de este decreto en el Diario Oficial de Galicia.

La entrega de los bienes se formalizará en el plazo de los dos meses siguientes a esta publicación mediante la firma de la correspondiente acta de entrega.

Esta acta de entrega y sus planos podrán consultarse en la página web de la Consellería de Infraestructuras y Movilidad:

https://infraestruturasemobilidade.xunta.gal/estradas/rede-autonomica/raega

Artículo 5

Corresponden al Ayuntamiento de A Coruña, a partir de la formalización de la entrega, todas las actividades de gestión, mantenimiento, conservación y explotación, así como el ejercicio de las funciones de disciplina viaria y cualquier otra que pudiese corresponderle como nueva Administración titular de las carreteras.

Disposición final

Este decreto producirá efectos desde el día siguiente a su publicación en el Diario Oficial de Galicia.

Pontevedra, veinticuatro de marzo de dos mil veintidós

Alberto Núñez Feijóo
Presidente

Ethel Mª Vázquez Mourelle
Conselleira de Infraestructuras y Movilidade