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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 62 Miércoles, 30 de marzo de 2022 Pág. 20545

III. Otras disposiciones

Consellería de Política Social

RESOLUCIÓN de 18 de marzo de 2022, de la Dirección General de Mayores y Personas con Discapacidad, por la que se publica la Resolución de 17 de marzo de 2022 de concesión de las ayudas para la continuidad de casas del mayor convocadas en la Orden de 26 de enero de 2022 por la que se regulan las bases que regirán el procedimiento de concesión de ayudas para la puesta en marcha de casas del mayor y para la continuidad de casas del mayor en funcionamiento, para los años 2022 y 2023, y se procede a su convocatoria (códigos de procedimiento BS212A y BS212B).

En el Diario Oficial de Galicia número 29, de 11 de febrero de 2022, se publica la Orden de 26 de enero de 2022 por la que se regulan las bases que regirán el procedimiento de concesión de ayudas para la puesta en marcha de casas del mayor y la continuidad de casas del mayor en funcionamiento, para los años 2022 y 2023, y se procede a su convocatoria (códigos de procedimiento BS212A y BS212B).

De conformidad con el artículo 16 de la citada orden, la resolución de concesión de las subvenciones de cada procedimiento, tras la fiscalización de la propuesta, corresponde a la persona titular de la Dirección General de Mayores y Personas con Discapacidad, que resolverá por delegación de la persona titular de la Consellería de Política Social.

Asimismo, el artículo 17 establece que se publicarán en el Diario Oficial de Galicia, de conformidad con el artículo 45 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, los actos administrativos de requerimiento de enmienda de documentación, así como las correspondientes resoluciones. Esta publicación surtirá los efectos de notificación.

Serán igualmente objeto de publicidad a través del Portal del Bienestar de la Consellería de Política Social y, de forma complementaria, podrá efectuarse la notificación electrónica mediante el Sistema de notificación electrónica de Galicia-Notifica.gal, disponible a través de la sede electrónica de la Xunta de Galicia (https://sede.xunta.gal).

En fecha 17 de marzo de 2022, tras la instrucción del procedimiento, al amparo de lo dispuesto en el artículo 16 de la Orden de 26 de enero de 2022, la persona titular de la Dirección General de Mayores y Personas con Discapacidad dictó la resolución de concesión de las ayudas para la continuidad de casas del mayor en funcionamiento, para los años 2022 y 2023 (código de procedimiento BS212B).

Por lo expuesto,

RESUELVO:

Primero. Ordenar la publicación en el Diario Oficial de Galicia del contenido íntegro de la Resolución de 17 de marzo de 2022, dictada en el procedimiento BS212B, de concesión de ayudas para la continuidad de casas del mayor en funcionamiento, para los años 2022 y 2023, que se adjunta a la presente resolución en el anexo.

Segundo. Comunicar que la Resolución de 17 de marzo de 2022, que finaliza este procedimiento, agota la vía administrativa y contra ella podrá interponerse recurso potestativo de reposición ante el mismo órgano que la dictó, en el plazo de un mes contado a partir del día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de Galicia, o bien interponer directamente recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Galicia, en el plazo de dos meses contados a partir del día siguiente al de la publicación en el Diario Oficial de Galicia.

Tercero. Notificada la resolución, las personas beneficiarias dispondrán de un plazo de 10 días computado a partir del día siguiente de la publicación para su aceptación, transcurrido el cual sin que se produjese manifestación expresa, se entenderá tácitamente aceptada.

Santiago de Compostela, 18 de marzo de 2022

Fernando González Abeijón
Director general de Mayores y Personas con Discapacidad

ANEXO

Resolución de 17 de marzo de 2022 de las ayudas para la continuidad de casas del mayor en funcionamiento (código de procedimiento BS212B), previstas en la Orden de 26 de enero de 2022 por la que se regulan las bases que regirán el procedimiento de concesión de ayudas para la puesta en marcha de casas del mayor y la continuidad de casas del mayor en funcionamiento, para los
años 2022 y 2023, y se procede a su convocatoria
(códigos de procedimiento BS212A y BS212B).

Vista la propuesta de la Subdirección General de Recursos Residenciales y de Atención Diurna de conformidad con lo dispuesto en el artículo 15.5.b) de la Orden de 26 de enero de 2022 por la que se regulan las bases que regirán el procedimiento de concesión de ayudas para la puesta en marcha de casas del mayor y la continuidad de casas del mayor en funcionamiento, para los años 2022 y 2023, y se procede a su convocatoria, relativa al código de procedimiento BS212B, y fiscalizada esta, haciendo uso de lo previsto en el artículo 7.3 de la Ley 9/2007, de 13 de junio, de subvenciones de Galicia, y que, de acuerdo con la propuesta de resolución, todas las solicitudes presentadas al amparo de esta convocatoria son estimadas al establecer un umbral mínimo de 19 puntos para el acceso a las ayudas, por lo que

RESUELVO:

Conceder a las personas físicas y cooperativas de trabajo asociado que se relacionan en el anexo las ayudas convocadas en la citada orden de convocatoria con cargo a la aplicación presupuestaria 13.04.312E.470.

Estas ayudas se amparan en el régimen de minimis establecido en el Reglamento (UE) núm. 1407/2013 de la Comisión, de 18 de diciembre, relativo a la aplicación de los artículos 107 y 108 del Tratado de funcionamiento de la Unión Europea a las ayudas de minimis (DOUE L 352, de 24 de diciembre). Esta circunstancia se hará constar expresamente en la resolución de concesión. Por lo tanto, de recibir la persona física o jurídica otras ayudas bajo el régimen de minimis, se deberá garantizar que no se supera el límite de 200.000 euros durante cualquier período de tres ejercicios fiscales.

Las ayudas concedidas se condicionarán al cumplimiento de todas las obligaciones establecidas en el artículo 22 de la Orden de 26 de enero de 2022.

La justificación de la subvención se realizará de acuerdo con lo establecido en el artículo 20 de la orden de convocatoria.

El pago de la subvención se realizará de acuerdo con lo establecido en el artículo 21 de la Orden de 26 de enero de 2022.

Esta resolución, que finaliza el procedimiento, agota la vía administrativa y contra ella podrá interponerse recurso potestativo de reposición ante el mismo órgano que la dictó, en el plazo de un mes contado a partir del día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de Galicia, o bien interponer directamente recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Galicia, en el plazo de dos meses contados a partir del día siguiente al de la publicación en el Diario Oficial de Galicia.

Santiago de Compostela, 17 de marzo de 2022. La conselleira de Política Social. P.D. (Artículo 16 de la Orden de 26.1.2022; Diario Oficial de Galicia núm. 29, de 11 de febrero). Fernando González Abeijón, director general de Mayores y Personas con Discapacidad.

ANEXO

Ayudas concedidas

Expediente

Solicitante

NIF

Puntuación

Servicio

desplazamiento

Prima

desarrollo

2022

Ayudas

desplazamiento

2022

Total

2022

Prima

desarrollo

2023

Ayudas

desplazamiento

2023

Total

2023

Total orden convocatoria de ayudas

BS212B/2022/2

Beatriz Prieto Lorenzo

***0533**

25

24.200 €

6.050 €

30.250 €

24.200 €

6.050 €

30.250 €

60.500 €

BS212B/2022/7

Purificación Cuquejo Castro

***6894**

25

24.200 €

6.050 €

30.250 €

24.200 €

6.050 €

30.250 €

60.500 €

BS212B/2022/17

Mª Amelia Fernández Blanco

***1748**

25

24.200 €

6.050 €

30.250 €

24.200 €

6.050 €

30.250 €

60.500 €

BS212B/2022/1

Rosilda Rocha de los Santos

***2284**

23

24.200 €

6.050 €

30.250 €

24.200 €

6.050 €

30.250 €

60.500 €

BS212B/2022/3

Mª Isabel Carballo Mascareñas

***9668**

23

24.200 €

6.050 €

30.250 €

24.200 €

6.050 €

30.250 €

60.500 €

BS212B/2022/5

Marta González Pérez

***4833**

23

24.200 €

6.050 €

30.250 €

24.200 €

6.050 €

30.250 €

60.500 €

BS212B/2022/6

Mª Olga Aira Saco

***2625**

23

24.200 €

6.050 €

30.250 €

24.200 €

6.050 €

30.250 €

60.500 €

BS212B/2022/8

Julita Amalia Martínez Zerpa

***6131**

23

24.200 €

6.050 €

30.250 €

24.200 €

6.050 €

30.250 €

60.500 €

BS212B/2022/9

Mª Elena Martínez López

***2014**

23

24.200 €

6.050 €

30.250 €

24.200 €

6.050 €

30.250 €

60.500 €

BS212B/2022/10

Jennifer Patricia Bernárdez Iglesias

***7389**

23

24.200 €

6.050 €

30.250 €

24.200 €

6.050 €

30.250 €

60.500 €

BS212B/2022/12

Isabel Méndez Fernández

***7355**

23

24.200 €

6.050 €

30.250 €

24.200 €

6.050 €

30.250 €

60.500 €

BS212B/2022/14

Mª Esther Sánchez Barco

***8407**

23

24.200 €

6.050 €

30.250 €

24.200 €

6.050 €

30.250 €

60.500 €

BS212B/2022/15

Mª Montserrat Nieves Rodríguez

***7867**

23

No

24.200 €

-

30.250 €

24.200 €

-

24.200 €

48.400 €

BS212B/2022/16

Ioana Irina Popa

***0071**

23

24.200 €

6.050 €

30.250 €

24.200 €

6.050 €

30.250 €

60.500 €

BS212B/2022/18

Marina Loureiro Salado

***3986**

23

24.200 €

6.050 €

30.250 €

24.200 €

6.050 €

30.250 €

60.500 €

BS212B/2022/11

Sorema Sociedad Cooperativa Gallega

***8701**

21

24.200 €

6.050 €

30.250 €

24.200 €

6.050 €

30.250 €

60.500 €

BS212B/2022/13

Selene Domínguez Areal

***0991**

21

24.200 €

6.050 €

30.250 €

24.200 €

6.050 €

30.250 €

60.500 €

BS212B/2022/4

Natali Asorey Zorraquino

***8498**

19

24.200 €

6.050 €

30.250 €

24.200 €

6.050 €

30.250 €

60.500 €