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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 58 Jueves, 24 de marzo de 2022 Pág. 19444

III. Otras disposiciones

Escuela Gallega de Administración Pública

RESOLUCIÓN de 17 de marzo de 2022 por la que se convocan actividades de formación continua en materia de economía pública.

La política económica vigente, derivada en buena parte de las directrices europeas y de las nuevas circunstancias, implica nuevos retos para las administraciones que requieren de empleados públicos cualificados que puedan hacer frente a las tareas de administración y dirección exigidas por la configuración de la Hacienda pública actual. Además, la evolución de los sistemas y de los conceptos de gobernanza y rendición de cuentas implican determinadas acciones de evaluación y revisión de gasto basadas en nuevos procedimientos.

Por otra parte, la defensa de los intereses de la comunidad autónoma en los ámbitos del sistema de financiación autonómica y captación de fondos estructurales y de inversiones de la UE exige un soporte de información técnica especializada y a medida de cada actuación.

Conforme a los objetivos del Instituto de Economía Pública de Galicia, recogidos en el protocolo de colaboración por el que se establecen los principios rectores y de funcionamiento de dicho instituto, y aprobado el programa de actividades formativas de la Escuela Gallega de Administración Pública para el año 2022 por el Consejo Rector, de conformidad con el artículo 6.2 de la Ley 4/1987, de 27 de mayo,

RESUELVO:

Convocar las actividades formativas que figuran en el anexo II, que deberán desarrollarse según las bases detalladas en el anexo I.

Santiago de Compostela, 17 de marzo de 2022

Sonia Rodríguez-Campos González
Directora de la Escuela Gallega de Administración Pública

ANEXO I

Bases

Primera. Requisitos de los/las participantes

1. Podrá participar en las actividades formativas convocadas en esta resolución el personal al servicio de la Administración general de la Comunidad Autónoma, de las entidades públicas instrumentales, de la Administración institucional, de las entidades locales de Galicia y de administración y servicios (PAS) de las universidades del Sistema universitario de Galicia, que se encuentre en situación de servicio activo (incluido el personal que tenga concedido un permiso por motivos de conciliación de la vida personal, familiar y laboral) y que reúna los requisitos establecidos en esta convocatoria y para cada uno de los casos en el anexo II.

Está exceptuado el personal docente de la Consellería de Cultura, Educación y Universidad; el personal de las escalas de los cuerpos de la policía de Galicia, policía local y bomberos; y el personal del Servicio Gallego de Salud, no entendiendo por tal el personal empleado público de la escala de salud pública y Administración sanitaria creada por la Ley 17/1989, de 23 de octubre, de creación de escalas de personal sanitario al servicio de la Comunidad Autónoma de Galicia.

2. Para las actividades impartidas en una modalidad que incluye teleformación, las personas interesadas deberán disponer de una cuenta de correo electrónico cuya dirección tendrán que indicar en la solicitud y de un equipo informático que cumpla los siguientes requisitos técnicos:

– Un ordenador con conexión a internet.

– Un navegador web actualizado.

Para las actividades impartidas en la modalidad de telepresencia contarán además con un manual de usuario en el enlace <https://egap.xunta.gal/ecloud/index.php/s/ZKijmeiZ5ypS3jd> donde se explica como acceder a la plataforma de telepresencia y se describen los componentes que el equipo necesita para un funcionamiento básico de la plataforma.

Segunda. Desarrollo de las actividades de formación

Los cursos se realizarán con los requerimientos, la duración y las condiciones que para cada uno de ellos se indiquen en la convocatoria. La información relativa al desarrollo de las actividades, así como a sus posibles modificaciones, será actualizada y ampliada en la página web <https://egap.xunta.gal>.

Tercera. Solicitudes

1. El plazo de presentación de solicitudes estará abierto desde el día siguiente al de la publicación de esta resolución en el Diario Oficial de Galicia hasta el 31 de marzo de 2022.

Las solicitudes de participación en las actividades formativas solo podrán realizarse mediante el formulario de matrícula telemática disponible en la dirección <https://egap.xunta.gal/matricula> desde las 8.00 horas de la fecha de inicio del plazo de presentación de solicitudes y hasta las 23.55 horas de la fecha de finalización. Las solicitudes se entenderán presentadas una vez que se complete correctamente el proceso de matriculación.

2. No está permitida la realización de actividades de formación que tengan simultaneidad de horarios en una o varias sesiones de las actividades. Cuando la/el alumna/o tenga conocimiento de que fue seleccionada/o para un curso que tenga coincidencia horaria con otro en el que ya fue seleccionada/o debe renunciar a uno de ellos. En caso de que se compruebe con posterioridad que una persona realizó simultáneamente varias actividades, no se le expedirá certificación de ninguna de ellas, y pasará al final de los listados de todas las actividades formativas que solicite y cuyo plazo de matrícula comience dentro del año siguiente contado desde que se detecte el hecho.

3. Serán excluidas automáticamente aquellas solicitudes que no se ajusten al formulario de solicitud, no tengan cubiertos correctamente los datos precisos para la realización del proceso de selección o sean presentadas fuera de plazo.

4. Las personas que oculten o falseen datos esenciales para la selección serán automáticamente excluidas de las actividades solicitadas y pasarán al final de los listados de todas las actividades formativas que soliciten y cuyo plazo de matrícula comience dentro del año siguiente contado desde que se detecte el hecho.

5. Las personas interesadas en recibir mensajes sobre el proceso de selección deberán facilitar una dirección de correo electrónico y/o un número de teléfono móvil.

6. Las personas que necesiten acreditar circunstancias específicas (como por ejemplo discapacidad o permisos de conciliación de la vida personal, familiar y laboral) de acuerdo con los criterios de selección podrán remitirle a la EGAP la correspondiente documentación complementaria, a la dirección de correo electrónico <iep.egap@xunta.gal>, sin perjuicio de lo previsto en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas (BOE núm. 236, de 2 de octubre). Dicha documentación deberá enviarse por una única de las vías indicadas; en el caso contrario solo serán considerados los datos aportados por correo electrónico. La documentación deberá presentarse dentro del plazo señalado en el punto 1 de esta base.

7. La EGAP adoptará las medidas necesarias para facilitar la presentación de las solicitudes. Las dudas, las dificultades técnicas y las peticiones de información complementaria serán atendidas a través del número de teléfono 981 54 62 54 en horario de atención al público (de 9.00 a 14.00 horas) y de la dirección de correo electrónico <iep.egap@xunta.gal>.

Cuarta. Protección de datos personales y comprobación de datos

1. Los datos personales proporcionados por las personas interesadas para la gestión de las solicitudes de participación en las acciones formativas convocadas a través de esta resolución, así como aquellos otros que se recojan o elaboren con motivo del desarrollo de esta, serán tratados por la EGAP en su condición de responsable del tratamiento, con la finalidad de llevar a cabo a selección del alumnado, la impartición de la formación y la gestión general de esta.

La legitimación para el tratamiento de los datos es el cumplimiento de una misión realizada en interés público conforme a lo dispuesto en el artículo 6.1.e) del Reglamento general de protección de datos (RGPD), en base a lo dispuesto en la Ley 4/1987, de 27 de mayo, de creación de la Escuela Gallega de Administración Pública, y fundamentada en un interés público esencial (artículo 9.2.g) del RGPD). Los datos identificativos de las personas seleccionadas para participar en las acciones formativas mencionadas anteriormente serán publicados conforme a lo detallado en la base sexta de esta resolución. Asimismo, los datos de los alumnos y alumnas relativos a su participación en esta acción formativa podrán ser comunicados a los órganos de la Administración general y del sector público autonómico de Galicia cuando sea estrictamente necesario para el ejercicio de sus competencias.

Las sesiones de los cursos impartidos en la modalidad de telepresencia serán grabadas con la finalidad de ofrecer al alumnado la posibilidad de su visionado posterior como material de estudio, así como para la resolución de posibles reclamaciones. En todo caso, el alumnado, si lo estima oportuno, podrá desactivar su cámara y/o micrófono y participar a través del chat de acuerdo con las indicaciones de la persona docente. Dichas grabaciones se conservarán a disposición del alumnado y profesorado durante el tiempo que dure la acción formativa o, en su caso, hasta que finalice la evaluación del alumnado. La retransmisión de las sesiones formativas, y la grabación de estas, podrá ser accesible únicamente al profesorado y alumnado al que van dirigidas y al personal de la EGAP autorizado.

Se prohíbe expresamente la descarga, la difusión, la distribución o la divulgación de las grabaciones y, particularmente, compartirlas en redes sociales ya que estos usos pueden conculcar el derecho a la protección de datos, el derecho a la propia imagen y los derechos de propiedad intelectual, y podrían generar responsabilidad disciplinaria, administrativa o civil. Las grabaciones no podrán ser usadas para otros fines fuera del ámbito docente.

Las personas interesadas podrán solicitar ante la persona responsable del tratamiento el acceso, rectificación, limitación y supresión de sus datos, así como oponerse a su tratamiento por motivos relacionados con su situación particular, a través de la sede electrónica de la Xunta de Galicia o en los lugares y registros establecidos en la normativa reguladora del procedimiento administrativo común, según se recoge en https://www.xunta.gal/exercicio-de-dereitos. Contacto delegado/a de protección de datos e información adicional en https://www.xunta.gal/informacion-general-proteccion-datos

2. Conforme a lo dispuesto en el artículo 28.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, para la tramitación del procedimiento de selección se consultarán automáticamente los datos de las personas solicitantes de esta acción formativa necesarios para realizar el proceso de selección, salvo que la persona interesada se opusiese a eso.

3. En caso de que las personas interesadas se opongan a esta consulta deberán indicarlo expresamente, incluyendo los motivos de oposición relacionados con su situación particular y enviar, además, los documentos a cuya consulta se opone que indiquen su situación administrativa, tipo de personal y antigüedad en la Administración a través de la siguiente dirección electrónica.

4. Excepcionalmente, en caso de que alguna circunstancia imposibilite la obtención de los citados datos, se podrá solicitar a las personas interesadas la presentación de los documentos correspondientes.

5. La EGAP podrá pedir las certificaciones necesarias para realizar la selección de acuerdo con los criterios recogidos en esta convocatoria.

Quinta. Criterios de selección

1. El orden de admisión vendrá determinado por la fecha y hora de presentación de las solicitudes hasta completar el número de plazas.

2. En caso de que no haya un suficiente número de solicitantes que cumplan los requisitos del curso podrá completarse el número de alumnos/as asignado mediante la apertura de un nuevo plazo público en la página web de la EGAP.

Sexta. Publicación de las relaciones del alumnado seleccionado

1. La EGAP publicará en la dirección <https://egap.xunta.gal> una relación de las personas seleccionadas para participar en cada curso, así como un número adecuado de reservas, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 45.1.b) de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas (BOE núm. 236, de 2 de octubre).

El plazo de presentación de alegaciones será de diez días desde su publicación.

Se entenderá que las personas que no figuren en la relación fueron excluidas por alguna de las razones expresadas en las bases de la convocatoria u ocupan un puesto más alejado en el listado de espera.

2. Transcurrido el plazo de alegaciones, la EGAP publicará en la dirección <https://egap.xunta.gal> el listado definitivo de personas admitidas en el curso. Contra este listado se podrá interponer recurso de alzada en el plazo de un mes desde dicha publicación, de acuerdo con lo dispuesto por los artículos 112.1, 121 y 122 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas.

Séptima. Cambios o sustituciones en la selección. La renuncia. La asistencia y el seguimiento de las actividades formativas

1. Los cambios o las sustituciones en la selección:

En ningún caso serán admitidos cambios o sustituciones entre las personas seleccionadas.

2. La renuncia:

a) Las personas seleccionadas solo podrán renunciar a la actividad formativa:

– Por causa de fuerza mayor suficientemente acreditada.

– Por necesidades del servicio debidamente motivadas por parte de los/las responsables de los centros directivos.

– Por razones de conciliación familiar.

– Por otras causas justificadas documentalmente.

b) La renuncia debe ser comunicada por escrito a la EGAP con una antelación de tres días anteriores al inicio de la actividad formativa. En la página web de la Escuela está disponible un modelo de renuncia.

Para ello se podrá utilizar, al margen de lo previsto en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas (BOE núm. 236, de 2 de octubre), la dirección de correo electrónico <iep.egap@xunta.gal>.

Las personas que incumplan lo previsto en las letras a) y b) pasarán al final de los listados de espera de todas las actividades formativas que soliciten y cuyo plazo de matrícula comience dentro del año siguiente contado a partir del día de la finalización de esta actividad.

3. La asistencia y el seguimiento de las actividades formativas:

3.1. Seguimiento de las actividades telepresenciales:

a) Son obligatorias la asistencia a las sesiones de la actividad formativa y la puntualidad.

b) Durante la actividad formativa tendrá lugar un control permanente de asistencia y puntualidad, incluidos controles extraordinarios.

c) Las faltas de asistencia:

1. No pueden superar en ningún caso el 10 % de las horas lectivas telepresenciales. En todo caso, las faltas de asistencia deberán justificarse documentalmente ante las personas responsables de la actividad formativa en un plazo máximo de 10 días contado a partir del día de la finalización de esta actividad. Las personas que incumplan lo dicho anteriormente perderán el derecho al certificado de participación en la actividad formativa.

2. Aquellas personas cuyas faltas de asistencia superen el 50 % de las horas lectivas presenciales pasarán al final de los listados de espera de todas las actividades formativas que soliciten y cuyo plazo de matrícula comience dentro del año siguiente contado a partir del día de la finalización de esta actividad.

3.2. Seguimiento de las actividades de teleformación:

Las personas que no completen el 50 % de las actividades y tareas propuestas por la tutoría pasarán al final de los listados de espera de todas las actividades formativas que soliciten y cuyo plazo de matrícula comience dentro del año siguiente contado a partir del día de la finalización de esta actividad.

Octava. Superación de la actividad formativa

Para poder superar las actividades formativas será necesario cumplir los siguientes requisitos:

a) Para las actividades telepresenciales: la superación de una prueba de evaluación que se realizará al final de ellas.

b) Para las actividades de teleformación:

– La adecuada realización de todas las actividades que el/la tutor/a proponga. Estas deben constar debidamente presentadas en los plazos estipulados en la programación didáctica del curso. La no superación de las actividades obligatorias supondrá la pérdida automática del derecho a participar en el examen final.

– La superación de una prueba de evaluación final.

Al inicio de la actividad formativa se publicará el correspondiente programa en la plataforma de teleformación y se indicarán las pruebas de evaluación previstas, así como las fechas en que estas tendrán lugar. En estas actividades las pruebas de evaluación finales serán en línea. La EGAP informará a través de su página web y también a través de la plataforma de teleformación de las fechas concretas y de las horas de la prueba final.

Novena. Certificados

Para la obtención del certificado de aprovechamiento, el alumnado deberá obtener la evaluación positiva de su profesorado, el cual emitirá un informe declarando apto/a o no apto/a cada alumno/a en función del resultado de la prueba de evaluación.

Décima. Facultades de la EGAP

1. La EGAP resolverá aquellas incidencias que puedan producirse en el desarrollo y en la gestión de las actividades formativas y puede suprimir alguna, ampliar nuevas ediciones de la programación o programar otras actividades diferentes cuando así lo exijan las circunstancias que afecten a su organización o docencia. También le corresponde a la EGAP proveer cuanto sea necesario para la ejecución y cumplimiento de esta resolución.

2. La ejecución material de las actividades queda condicionada a la existencia de crédito presupuestario adecuado y disponible y a la autorización correspondiente del gasto.

3. En el supuesto de que el número de admitidos/as sea inferior al 50 % de las plazas convocadas, la EGAP se reserva el derecho a suspender, cancelar o agrupar varias ediciones de las actividades, caso en el que empleará los medios de notificación a las personas interesadas previstos en la normativa vigente.

4. La EGAP podrá modificar los contenidos, el desarrollo, las fechas y los lugares de las actividades formativas, así como resolver todas las contingencias que puedan surgir. Todas las modificaciones que afecten al desarrollo de las actividades serán anunciadas en la página web de la Escuela.

5. La EGAP garantizará en la totalidad de las actividades derivadas de esta convocatoria la promoción de la igualdad real y efectiva entre mujeres y hombres, la eliminación de cualquier tipo de discriminación y el fomento de los derechos de conciliación.

ANEXO II

Código

Denominación

Plazas

Horas

Calificación

Personal destinatario

Modalidad
Localidad

Fechas y horario

Fecha y hora del examen

IE22002

Retos públicos en materia económica

40

25

Aprovechamiento

Personal al servicio de la Administración general de la Comunidad Autónoma de Galicia, de las entidades públicas instrumentales y de la Administración institucional; de la Administración local de Galicia y personal de administración y servicios (PAS) de las universidades del Sistema universitario de Galicia (UDC, USC y Uvigo).

Teleformación

Del 4.4.2022 al 28.4.2022

El 2.5.2022 a las 16.30 horas

IE22006

Cláusulas sociales en la contratación pública

40

15

Aprovechamiento

Personal al servicio de la Administración general de la Comunidad Autónoma de Galicia, de las entidades públicas instrumentales y de la Administración institucional; de la Administración local de Galicia y personal de administración y servicios (PAS) de las universidades del Sistema universitario de Galicia (UDC, USC y Uvigo).

Telepresencia

Los días 21, 26 y 28 de abril y 3 y 5 de mayo, de 16.30 a 19.30 horas

El 5.5.2022 a las 19.00 horas

IE22007

Ley general tributaria

40

25

Aprovechamiento

Personal al servicio de la Administración general de la Comunidad Autónoma de Galicia, de las entidades públicas instrumentales y de la Administración institucional; de la Administración local de Galicia y personal de administración y servicios (PAS) de las universidades del Sistema universitario de Galicia (UDC, USC y Uvigo).

Teleformación

Del 18.4.2022 al 12.5.2022

El 16.5.2022 a las 18.00 horas