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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 57 Miércoles, 23 de marzo de 2022 Pág. 19164

III. Otras disposiciones

Consellería de Cultura, Educación y Universidad

ORDEN de 8 de marzo de 2022 por la que se modifica la autorización del centro privado Daniel Castelao, de Vigo.

La persona representante de la titularidad del centro privado (CPR) Daniel Castelao, de Vigo, solicita la autorización para impartir el ciclo formativo de grado medio (CM) Sistemas Microinformáticos y Redes, en la modalidad presencial.

Después de la tramitación del expediente de acuerdo con lo establecido en el Decreto 133/1995, de 10 de mayo, de autorización de centros docentes privados para impartir enseñanzas de régimen general no universitarias, y con la Orden de 20 de septiembre de 1995 que lo desarrolla, a propuesta de la Dirección General de Centros y Recursos Humanos,

DISPONGO:

Artículo 1. Modificación de la autorización

Autorizar el CM Sistemas Microinformáticos y Redes en la modalidad presencial, en el centro privado que se señala a continuación:

Denominación genérica: centro privado (CPR).

Denominación específica: Daniel Castelao.

Código del centro: 36011853.

Domicilio: García Barbón, 50, bajo, local 1.

Localidad: Vigo.

Municipio: Vigo.

Provincia: Pontevedra

Titular: Cebem FP, S.L.

Composición resultante:

a) Modalidad presencial:

• FPB Electricidad y Electrónica (2 unidades, 20 alumnos/as cada una).

• FPB Servicios Administrativos (2 unidades, 20 alumnos/as cada una).

• 1 CM Gestión Administrativa (2 unidades, 30 alumnos/as cada una).

• 1 CM Instalaciones Eléctricas y Automáticas (2 unidades, 30 alumnos/as cada una).

• 1 CM Sistemas Microinformáticos y Redes (2 unidades, 30 alumnos/as cada una).

• 1 CS Administración y Finanzas (2 unidades, 30 alumnos/as cada una).

• 1 CS Comercio Internacional (2 unidades, 30 alumnos/as cada una).

• 1 CS Administración de Sistemas Informáticos en Red (2 unidades, 30 alumnos/as cada una).

• 1 CS Desarrollo de Aplicaciones Multiplataforma (2 unidades, 30 alumnos/as cada una).

• 1 CS Desarrollo de Aplicaciones Web (2 unidades, 30 alumnos/as cada una).

b) Modalidad semipresencial y/o a distancia:

• 1 CS Desarrollo de Aplicaciones Web.

Artículo 2. Inicio de la actividad

Para la puesta en funcionamiento de las enseñanzas que se autorizan, la Jefatura Territorial de la Consellería de Cultura, Educación y Universidad de Pontevedra, después del informe del Servicio Territorial de Inspección Educativa, aprobará expresamente la relación de personal que impartirá docencia, así como el equipamiento.

Artículo 3. Inscripción en el Registro de Centros

Esta orden dará lugar a la correspondiente inscripción en el Registro de Centros de la Comunidad Autónoma de Galicia.

Artículo 4. Modificación de la autorización

El centro queda obligado al cumplimiento de la normativa vigente y a solicitar la oportuna revisión cuando tengan que modificarse cualquiera de los datos que se señalan en esta orden.

Disposición final primera. Recursos

Contra esta orden, que agota la vía administrativa, las personas interesadas podrán formular recurso potestativo de reposición ante esta consellería, en el plazo de un mes, contado a partir del día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de Galicia, según lo dispuesto en los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, o bien, directamente, recurso contencioso-administrativo en el plazo de dos meses desde la misma fecha, ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Galicia, de conformidad con el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contencioso-administrativa.

Disposición final segunda. Entrada en vigor

Esta orden entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de Galicia.

Santiago de Compostela, 8 de marzo de 2022

Román Rodríguez González
Conselleiro de Cultura, Educación y Universidad