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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 53 Jueves, 17 de marzo de 2022 Pág. 18144

IV. Oposiciones y concursos

Consejo de Cuentas de Galicia

RESOLUCIÓN de 7 de marzo de 2022 por la que se da publicidad del Acuerdo de la Comisión de Gobierno de 1 de marzo de 2022, de convocatoria pública de puestos vacantes mediante concurso específico de méritos.

La Comisión de Gobierno del Consejo de Cuentas, en su reunión del día 1 de marzo de 2022, adoptó el acuerdo por el que se aprueba la convocatoria pública, mediante concurso específico de méritos, de puestos vacantes en el Consejo de Cuentas de Galicia.

Para su conocimiento general y entrada en vigor, dicho acuerdo prevé su publicación en el Diario Oficial de Galicia.

Dando cumplimiento a dicha previsión y al amparo de las competencias que me corresponden conforme al artículo 10 del Reglamento de régimen interior del Consejo de Cuentas,

RESUELVO:

Disponer la publicación del Acuerdo de 1 de marzo de 2022 por el que se aprueba la convocatoria pública, mediante concurso específico de méritos, de puestos vacantes en el Consejo de Cuentas de Galicia, como anexo a esta resolución.

Santiago de Compostela, 7 de marzo de 2022

José Antonio Redondo López
Consejero mayor del Consejo de Cuentas de Galicia

ANEXO

Acuerdo de la Comisión de Gobierno del Consejo de Cuentas de Galicia
de convocatoria pública, mediante concurso específico de méritos,
de puestos vacantes en el Consejo de Cuentas de Galicia

Con fecha 25 de octubre de 2021 se publicó en el Diario Oficial de Galicia (DOG nº 205) la Resolución de 14 de octubre de 2021 por la que se da publicidad al Acuerdo de 6 de octubre de 2021, del Pleno del Consejo de Cuentas de Galicia, por el que se aprueban las bases comunes para la convocatoria de concursos específicos de méritos en el órgano estatutario.

Con fecha 19 de noviembre de 2021 se publicó en el Diario Oficial de Galicia (DOG núm. 223) la corrección de errores de las citadas bases comunes, una vez advertidos errores en la nomenclatura de los anexos contenidos en ella.

En el marco del proceso de mejora de la gestión de las organizaciones públicas se estima esencial la apuesta por procesos de provisión que vayan más allá de los marcos meramente coyunturales y temporales, con la máxima de garantizar que la persona adecuada ocupe el puesto de trabajo idóneo en el momento preciso.

En este sentido, se estima imprescindible la cobertura con carácter definitivo de los siguientes puestos de trabajo previstos en la relación de puestos de trabajo del Consejo de Cuentas de Galicia, que deben proveerse a través del sistema de concurso específico de méritos, con los requisitos y méritos que figuran en ella, de conformidad con lo dispuesto en las citadas bases comunes.

De conformidad con lo anterior, la Comisión de Gobierno, al amparo de lo dispuesto en el artículo 12 del Reglamento de régimen interior del Consejo de Cuentas de Galicia,

ACUERDA:

Primero. Convocatoria y descripción de los puestos

Convocar concurso específico de méritos para la provisión de 7 puestos de trabajo vacantes en el Consejo de Cuentas, según la descripción prevista en los apartados siguientes, con sujeción a lo dispuesto en las bases comunes aprobadas mediante Acuerdo de 6 de octubre de 2021 y publicadas mediante Resolución de 14 de octubre de 2021 en el DOG nº 205, de 25 de octubre, y de su corrección de errores publicada en el DOG nº 223, de 19 de noviembre, norma que se podrá consultar a través de los accesos web:

https://www.xunta.gal/dog/publicados/2021/20211025/anuncioO10-1510210002_gl.pdf

https://www.xunta.gal/dog/publicados/2021/20211119/anuncioO10-151121-0001_gl.pdf

Asimismo, deberán cumplirse los requisitos y méritos previstos en la relación de puestos de trabajo del Consejo de Cuentas, que se podrá consultar a través del acceso:

RPT.pdf (ccuentasgalicia.es)

Descripción de los puestos de trabajo convocados:

1. Denominación del puesto: auditor/a.

Nivel: 30.

Grupo: A1.

Cuerpo/escala: general/especial.

Código: CC.F01.01.08.

Requisito imprescindible RPT: experiencia de 5 años en funciones de control interno o externo del sector público.

Méritos específicos RPT: experiencia en planificación y dirección de actuaciones de fiscalización del sector público; redacción de informes de fiscalización del sector público; redacción de dictámenes sobre consultas en materia económico-financiera; evaluación de control interno y detección de riesgos en materias de prevención de la corrupción.

Descripción de funciones del puesto:

a) Planificar los trabajos de fiscalización y de prevención de la corrupción (PCO).

b) Proponer la asignación de los trabajos de fiscalización y PCO a los equipos de trabajo de su área.

c) Dirigir, supervisar y controlar la calidad de los informes que se sometan a los consejeros.

d) Establecer los criterios para elaborar cuestionarios, guías metodológicas y planes PCO.

e) Redactar anteproyectos de informes de fiscalización e informes de evaluación PCO.

f) Redactar informes técnicos y dictámenes.

g) Formar parte de las comisiones técnicas del Consejo de Cuentas.

2. Denominación del puesto: auditor/a.

Nivel: 30.

Grupo: A1.

Cuerpo/escala: general/especial.

Código: CC.F01.01.11.

Requisito imprescindible RPT: experiencia de 5 años en funciones de control interno o externo del sector público.

Méritos específicos RPT: experiencia en planificación y dirección de actuaciones de fiscalización del sector público; redacción de informes de fiscalización del sector público; redacción de dictámenes sobre consultas en materia económico-financiera; evaluación de control interno y detección de riesgos en materias de prevención de la corrupción.

Descripción de funciones del puesto:

a) Planificar los trabajos de fiscalización y de prevención de la corrupción (PCO).

b) Proponer la asignación de los trabajos de fiscalización y PCO a los equipos de trabajo de su área.

c) Dirigir, supervisar y controlar la calidad de los informes que se sometan a los consejeros.

d) Establecer los criterios para elaborar cuestionarios, guías metodológicas y planes PCO.

e) Redactar anteproyectos de informes de fiscalización e informes de evaluación PCO.

f) Redactar informes técnicos y dictámenes.

g) Formar parte de las comisiones técnicas del Consejo de Cuentas.

3. Denominación del puesto: auditor/a.

Nivel: 30.

Grupo: A1.

Cuerpo/escala: general/especial.

Código: CC.F01.01.12.

Requisito imprescindible RPT: experiencia de 5 años en funciones de control interno o externo del sector público.

Méritos específicos RPT: experiencia en planificación y dirección de actuaciones de fiscalización del sector público; redacción de informes de fiscalización del sector público; redacción de dictámenes sobre consultas en materia económico-financiera; evaluación de control interno y detección de riesgos en materias de prevención de la corrupción.

Descripción de funciones del puesto:

a) Planificar los trabajos de fiscalización y de prevención de la corrupción (PCO).

b) Proponer la asignación de los trabajos de fiscalización y PCO a los equipos de trabajo de su área.

c) Dirigir, supervisar y controlar la calidad de los informes que se sometan a los consejeros.

d) Establecer los criterios para elaborar cuestionarios, guías metodológicas y planes PCO.

e) Redactar anteproyectos de informes de fiscalización e informes de evaluación PCO.

f) Redactar informes técnicos y dictámenes.

g) Formar parte de las comisiones técnicas del Consejo de Cuentas.

4. Denominación del puesto: auditor/a.

Nivel: 30.

Grupo: A1.

Cuerpo/escala: general/especial.

Código: CC.F01.01.04.

Requisito imprescindible RPT: experiencia de 5 años en funciones de control interno o externo del sector público.

Méritos específicos RPT: experiencia en planificación y dirección de actuaciones de fiscalización del sector público; redacción de informes de fiscalización del sector público; redacción de dictámenes sobre consultas en materia económico-financiera; evaluación de control interno y detección de riesgos en materias de prevención de la corrupción.

Descripción de funciones del puesto:

a) Planificar los trabajos de fiscalización y de prevención de la corrupción (PCO).

b) Proponer la asignación de los trabajos de fiscalización y PCO a los equipos de trabajo de su área.

c) Dirigir, supervisar y controlar la calidad de los informes que se sometan a los consejeros.

d) Establecer los criterios para elaborar cuestionarios, guías metodológicas y planes PCO.

e) Redactar anteproyectos de informes de fiscalización e informes de evaluación PCO.

f) Redactar informes técnicos y dictámenes.

g) Formar parte de las comisiones técnicas del Consejo de Cuentas.

5. Denominación del puesto: auditor/a-técnico/a.

Nivel: 28.

Grupo: A1/A2.

Cuerpo/escala: general/especial.

Código: CC.F01.04.01.

Requisito imprescindible RPT: experiencia de 3 años en funciones de control interno o externo del sector público.

Méritos específicos RPT: experiencia en desarrollo de actuaciones de fiscalización del sector público; redacción de documentos de fiscalización del sector público; desarrollo de actuaciones de evaluación de control interno y detección de riesgos en materia de prevención de la corrupción.

Descripción de funciones del puesto:

a) Dirigir los equipos de trabajo.

b) Elaborar programas de trabajo.

c) Llevar a cabo las verificaciones fiscalizadoras que considere oportunas.

d) Redactar los borradores de los informes de fiscalización y de los informes de evaluación PCO.

e) Desarrollar los modelos de cuestionarios, guías y planes de prevención.

f) Prestar apoyo en la redacción de informes técnicos y dictámenes.

6. Denominación del puesto: auditor/a-técnico/a.

Nivel: 28.

Grupo: A1/A2.

Cuerpo/escala: general/especial.

Código: CC.F01.04.02.

Requisito imprescindible RPT: experiencia de 3 años en funciones de control interno o externo del sector público.

Méritos específicos RPT: experiencia en desarrollo de actuaciones de fiscalización del sector público; redacción de documentos de fiscalización del sector público; desarrollo de actuaciones de evaluación de control interno y detección de riesgos en materia de prevención de la corrupción.

Descripción de funciones del puesto:

a) Dirigir los equipos de trabajo.

b) Elaborar programas de trabajo.

c) Llevar a cabo las verificaciones fiscalizadoras que considere oportunas.

d) Redactar los borradores de los informes de fiscalización y de los informes de evaluación PCO.

e) Desarrollar los modelos de cuestionarios, guías y planes de prevención.

f) Prestar apoyo en la redacción de informes técnicos y dictámenes.

7. Denominación del puesto: técnico/a de gestión.

Nivel: 25.

Grupo: A2/C1.

Cuerpo/escala: general/especial.

Código: CC.F01.06.01.

Requisito imprescindible RPT: experiencia de 1 año en funciones de control interno o externo del sector público.

Méritos específicos RPT: experiencia en revisión de cuentas y estados financieros; realización de pruebas de auditorías; técnicas informáticas y documentales de apoyo a la fiscalización del sector público; desarrollo de actuaciones de evaluación de control interno y detección de riesgos en prevención de la corrupción.

Descripción de funciones del puesto:

a) Analizar y revisar las cuentas y los estados financieros en los aspectos encomendados.

b) Analizar el control interno y las recomendaciones de los planes de prevención de la corrupción.

c) Realizar la explotación de ficheros y documentación.

d) Acompañar, impulsar y promocionar los planes PCO.

e) Redactar memorando sobre las áreas revisadas.

Segundo. Requisitos y condiciones de participación

Serán los previstos en la base primera de las bases comunes para la convocatoria de concursos específicos en el Consejo de Cuentas de Galicia aprobadas mediante Acuerdo del Consejo de Cuentas de Galicia de 6 de octubre de 2021 y publicadas mediante Resolución de 14 de octubre de 2021 en el DOG nº 205, de 25 de octubre.

Podrán participar los/las funcionarios/as de carrera de cuerpos de Administración general o de Administración especial con una antigüedad mínima de tres años, excepto los suspensos en firme durante el tiempo de duración de esta.

Para participar en las convocatorias de los concursos específicos deberán cumplirse los requisitos previstos en el artículo 91.2 de la Ley 2/2015, de 29 de abril, del empleo público de Galicia. A los/las funcionarios/as que accedieran al cuerpo o escala por promoción interna o en virtud de un procedimiento de integración y permanecieran en el puesto de trabajo que desempeñaban se les computará el tiempo de servicios prestados en este puesto en el cuerpo de procedencia a los efectos de lo dispuesto en este apartado.

Tercero. Solicitudes de participación y plazo de presentación

1. Las solicitudes de participación se presentarán obligatoriamente a través de la sede electrónica del Consejo de Cuentas (https://consejodecuentasgalicia.sedelectronica.gal/) en el correspondiente trámite habilitado según el nivel del puesto que se solicite:

– ADM050104-Solicitud de participación en la provisión de puestos nivel 30 de personal funcionario por concurso especifico.

– ADM050104-Solicitud de participación en la provisión de puestos nivel 28 de personal funcionario por concurso especifico.

– ADM050104-Solicitud de participación en la provisión de puestos nivel 25 de personal funcionario por concurso especifico.

En el caso de concursar a puestos de diferente nivel, deberá presentarse una solicitud por cada tipología de los puestos descrita en el párrafo anterior.

De acuerdo con el apartado 6 de la base tercera de la convocatoria, con la solicitud deberá acompañarse la siguiente documentación:

a) Anexo II. Certificado de grado, trabajo desarrollado, antigüedad y subgrupos.

b) Anexo III. Certificado de funciones/tareas a efectos de comprobación de la experiencia.

c) Documentación acreditativa de los cursos impartidos o recibidos.

d) Documentación acreditativa del conocimiento de la lengua gallega.

e) Memoria (sobre 1).

f) Exposición sobre la trayectoria profesional (sobre 2) e identificación personal (sobre 3).

En todo caso, la acreditación de los méritos deberá hacerse conforme a lo dispuesto en las bases sexta y séptima de las bases comunes para la covocatoria de concursos específicos de méritos, aprobadas mediante el Acuerdo del Consejo de Cuentas de Galicia de 6 de octubre de 2021 y publicadas mediante la Resolución de 14 de octubre de 2021 en el DOG nº 205, de 25 de octubre.

2. La utilización de los citados anexos es obligatoria; a tal efecto, están disponibles en la sede electrónica del Consejo de Cuentas y se presentarán exclusivamente a través de la referida sede electrónica, de conformidad con lo previsto en los artículos 14.2 y 66.6 de la Ley 39/2015, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas.

El plazo de presentación de solicitudes será de veinte días hábiles, que se contarán desde el día siguiente a la publicación de la presente convocatoria en el Diario Oficial de Galicia.

3. En la instancia se harán constar, por orden de preferencia, las vacantes para las que reúnan los requisitos exigidos para su desempeño.

4. Los/las funcionarios/as con alguna discapacidad podrán pedir en su solicitud la adaptación del puesto o puestos de trabajo solicitados. La solicitud deberá adjuntar un informe expedido por el órgano competente en la materia, que acredite la procedencia de la adaptación y la compatibilidad con el desempeño de las funciones que tenga atribuido el puesto o puestos solicitados (artículo 10 del Real decreto 2271/2004, de 3 de diciembre).

5. En el supuesto de estar interesados/as en los puestos que se anuncian en la convocatoria dos funcionarios/as, podrán condicionar su petición por razones de convivencia familiar al hecho de que ambos/as obtengan destino en este concurso, entendiéndose en caso contrario anuladas las peticiones efectuadas por ambos/as. Los/las concursantes que se acojan a esta petición condicional deberán hacerlo constar en su solicitud y adjuntar una fotocopia de la petición del/de la otro/a.

6. La solicitud deberá acompañarse de la documentación que se indica a continuación, debiendo acreditarse conforme a lo dispuesto en las bases sexta y séptima de las bases comunes para la convocatoria de concursos especificos de méritos.

a) Anexo II. Certificado de grado, trabajo desarrollado, antigüedad y subgrupos.

b) Anexo III. Certificado de funciones/tareas para los efectos de comprobación de la experiencia.

c) Documentación acreditativa de los cursos impartidos o recibidos.

d) Documentación acreditativa del conocimiento de la lengua gallega.

e) Memoria (sobre 1). La memoria tendrá unha extensión de:

– Puestos: auditor nivel 30.

20 páginas por una sola cara y a doble espacio, letra Arial 11, en la que se evidencie el conocimiento del puesto al que se concursa.

– Puestos: auditor-técnico y técnico de gestión.

15 páginas por una sola cara y a doble espacio, letra Arial 11, en la que se evidencie el conocimiento del puesto al que se concursa.

La valoración de los criterios que figuran en las bases comunes se realizará de conformidad con la siguiente ponderación:

– Conocimiento del puesto de conformidad con las funciones propias de su contenido: hasta 4 puntos.

– Propuesta organizativa del trabajo a desarrollar: hasta 1 punto.

– Claridad/corrección expositiva: hasta 1 punto.

f) Relatorio sobre la trayectoria profesional (sobre 2) e identificación personal (sobre 3) en los términos indicados en la base cuarta de las bases comunes.

7. Si la solicitud y los anexos normalizados no reúnen los requisitos señalados en el apartado anterior, se requerirá a la persona interesada para que, en un plazo de diez días, subsane el requisito formal con indicación de que, si así no lo hiciera, se le tendrá por desistida de su petición. Sólo serán subsanables, de conformidad con el requerimiento que se haga al respecto, los defectos formales en los que incurran los solicitantes en la cumplimentación de los modelos anexos normalizados que se publican con la presente convocatoria.

8. Finalizado el plazo de presentación de solicitudes, sólo será posible la presentación de aquella documentación que los/las interesados/as acrediten haber solicitado pero, aun figurando en poder de la Administración, no hubiera podido ser expedida en plazo.

9. Las solicitudes vincularán a los/las solicitantes una vez finalizado el plazo de presentación sin que puedan ser objeto de modificación. Se aceptarán renuncias a la participación hasta la firma de la resolución de adjudicación. La renuncia del adjudicatario de un puesto supondrá la adjudicación al siguiente de mayor puntuación.

10. La documentación requerida que no sea posible entregar de modo electrónico deberá presentarse en el registro general del Consejo de Cuentas de Galicia, o en los demás lugares previstos en el artículo 16, relativo a registros, de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, dirigido a la Secretaría General del Consejo de Cuentas de Galicia.

11. Todo el proceso correspondiente a los concursos específicos podrá consultarse a través del portal web institucional del Consejo de Cuentas (http://www.consellodecontas.es).

Cuarto. Baremo de méritos y Comisión de Valoración del concurso específico

La valoración del concurso específico se realizará conforme a las fases y al baremo de méritos previsto en las bases comunes para la convocatoria de concursos específicos de méritos aprobadas por el Consejo de Cuentas el 6 de octubre de 2021. La propuesta de adjudicación de los puestos será realizada por la Comisión de Valoración de conformidad con lo previsto en la base común novena.

La Comisión de Valoración será nombrada por la Comisión de Gobierno del Consejo de Cuentas y tendrá la siguiente composición: un/una presidente/a titular y suplente, tres vocales titulares y tres suplentes, y un/una secretario/a titular y otro/a suplente.

El nombramiento de los funcionarios/as será objeto de publicación en el DOG y en la página web del Consejo de Cuentas.

Quinto. Desarrollo del proceso

El desarrollo del proceso se efectuará de conformidad con lo dispuesto en las bases comunes para la convocatoria de concursos específicos de méritos aprobadas el 6 de octubre de 2021 por el Consejo de Cuentas de Galicia, en particular de la base sexta a la base decimotercera.

Sexto. Recursos

Contra esta resolución, que no agota la vía administrativa, se podrá interponer recurso de alzada ante el Pleno del Consejo en el plazo de un mes contado desde el día siguiente al de su notificación, según establecen los artículos 121 y 122 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas. Contra la resolución del recurso de alzada, que agota la vía administrativa, se podrá interponer recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Galicia en el plazo de dos meses desde el día siguiente al de su notificación, de conformidad con lo establecido en los artículos 10.1.ap.c) y 46.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contencioso-administrativa.

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