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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 50 Lunes, 14 de marzo de 2022 Pág. 17355

III. Otras disposiciones

Consellería de Cultura, Educación y Universidad

ORDEN de 2 de marzo de 2022 por la que se modifica la autorización del CAD Federación Galega de Fútbol, de A Coruña.

La persona representante de la titularidad del Centro Autorizado de Deportes (CAD) Federación Galega de Fútbol, de A Coruña, solicita la modificación de su autorización, para cambiar la denominación específica del centro y también la denominación de su titularidad.

El rey concedió el título de «Real» a la Federación Galega de Fútbol, según consta en la credencial número 183/2017 de fecha 26 de junio de 2017.

El Decreto 410/2003, de 6 de noviembre, regula los requisitos y el procedimiento para la autorización a centros privados y a centros públicos que no sean de titularidad de la Consellería de Educación y Ordenación Universitaria para impartir enseñanzas de técnicos deportivos en la Comunidad Autónoma de Galicia; norma desarrollada por las órdenes de esta consellería de 12 de abril de 2004 y de 23 de abril de 2004, en las que se determinan el procedimiento de autorización y los requisitos mínimos de los espacios administrativos y docentes genéricos con los que deben contar estos centros.

Por cuanto antecede, a propuesta de la Dirección General de Centros y Recursos Humanos,

DISPONGO:

Artículo 1. Modificación de la autorización

Modificar la autorización del CAD Federación Galega de Fútbol según se señala a continuación:

Denominación genérica: centro autorizado de deportes (CAD).

Denominación específica: Real Federación Galega de Fútbol.

Código del centro: 15032731.

Domicilio: avenida da Pasaxe, nº 69.

Municipio: A Coruña.

Provincia: A Coruña.

Titular: Real Federación Galega de Fútbol.

Artículo 2. Inscripción en el Registro de Centros

Esta orden dará lugar a la correspondiente inscripción en el Registro de Centros de la Comunidad Autónoma de Galicia.

Disposición final primera. Recursos

Contra esta orden, que agota la vía administrativa, las personas interesadas podrán formular recurso potestativo de reposición ante esta consellería, en el plazo de un mes, a contar a partir del día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de Galicia, según lo dispuesto en los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, o bien, directamente, el recurso contencioso-administrativo en el plazo de dos meses desde la misma fecha, ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Galicia, de conformidad con el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contencioso-administrativa.

Disposición final segunda. Entrada en vigor

Esta orden entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de Galicia.

Santiago de Compostela, 2 de marzo de 2022

Román Rodríguez González
Conselleiro de Cultura, Educación y Universidad