Descargar PDF Galego | Castellano| Português

DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 49 Viernes, 11 de marzo de 2022 Pág. 17149

III. Otras disposiciones

Consellería de Empleo e Igualdad

RESOLUCIÓN de 1 de marzo de 2022, de la Secretaría General de la Igualdad, por la que se publican los requerimientos de enmienda de documentación de las solicitudes presentadas al amparo de la Resolución de 23 de diciembre de 2021 por la que se establecen las bases reguladoras que regirán las subvenciones a entidades de iniciativa social sin ánimo de lucro para programas dirigidos a mujeres en situación de especial vulnerabilidad, y se convocan para el año 2022 (código de procedimiento SI427A).

La Secretaría General de la Igualdad convocó para el año 2022, a través de la Resolución de 23 de diciembre de 2021 (DOG núm. 11, de 18 de enero de 2022), subvenciones destinadas a las entidades de iniciativa social sin ánimo de lucro para llevar a cabo programas dirigidos a mujeres en situación de especial vulnerabilidad que respondan a alguno de los siguientes tipos:

a) Programa de recursos integrales específicos para mujeres gestantes o lactantes con hijas o hijos menores de tres años, en situación de especial vulnerabilidad.

b) Programa de recursos integrales de atención personalizada y especializada para mujeres en situación de especial vulnerabilidad.

El plazo y forma de presentación de las solicitudes están regulados en el artículo 7 de la Resolución de 23 de diciembre de 2021 y en el artículo 8 se determina la documentación que se adjuntará al anexo de la solicitud. Una vez revisadas las solicitudes presentadas al amparo de dicha resolución de convocatoria por el órgano encargado de la instrucción de los procedimientos, se identificaron aquellas que no reúnen la documentación necesaria, bien por no haberla presentado, bien por contener errores, o bien por no ser suficiente para la determinación del cumplimiento de los requisitos exigidos para su posterior remisión a la comisión encargada de su valoración.

El artículo 11 de la citada resolución establece, de conformidad con lo previsto en el artículo 20.5 de la Ley 9/2007, de 13 de junio, de subvenciones de Galicia, y en el artículo 68 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, que si la solicitud no está debidamente cumplimentada o no se presenta la documentación exigida, la unidad administrativa encargada de la tramitación del expediente requerirá a la entidad solicitante para que, en el plazo máximo de diez (10) días hábiles, subsane la falta o aporte los documentos preceptivos, con la advertencia de que, de no hacerlo, se considerará que desistió de su solicitud, después de que se dicte resolución en los términos previstos en el artículo 21 de la Ley 39/2015.

Asimismo, también se indica que por tratarse de un procedimiento de concurrencia competitiva, de conformidad con lo establecido en el artículo 45 de la indicada Ley 39/2015, los citados requerimientos de enmienda se harán mediante publicación en el Diario Oficial de Galicia, la cual producirá los efectos de la notificación.

De acuerdo con lo establecido en el artículo 8.bis de la Resolución de 23 de diciembre de 2021, todos los trámites administrativos que las personas interesadas deban realizar tas la presentación de la solicitud deberán ser efectuados electrónicamente accediendo a la Carpeta ciudadana de la persona interesada, disponible en la sede electrónica de la Xunta de Galicia.

Por lo expuesto,

DISPONGO:

1. Ordenar la publicación en el Diario Oficial de Galicia de la relación de solicitudes que no están debidamente cubiertas y/o que no aportan la documentación preceptiva exigida según lo establecido en las bases reguladoras. Esta relación figura como anexo de esta resolución.

2. Hacer indicación expresa a todas las entidades solicitantes recogidas en el anexo de que son requeridas para que, en el plazo máximo de diez (10) días hábiles, contados a partir del día siguiente al de la publicación de esta resolución en el DOG, subsanen la falta o aporten los documentos preceptivos a través de la sede electrónica de la Xunta de Galicia, conforme se establece en esta resolución. De no hacerlo, se tendrán por desistidas en su petición, previa resolución, que será dictada en los términos previstos en el artículo 21 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas.

3. En caso de duda, dificultades técnicas o necesidad de más información durante el proceso de subsanación de documentación de las solicitudes, podrán dirigirse a la Secretaría General de la Igualdad a través de la cuenta de correo promocion.igualdade@xunta.gal

Santiago de Compostela, 1 de marzo de 2022

Susana López Abella
Secretaria general de la Igualdad

ANEXO

Nº de expediente

Entidad

Documentación que se requiere

SI427A-2022-00000004-00

Asociación Red Madre Ourense

1. Anexos IV: el presupuesto imputado al programa no está calculado en función del porcentaje de la jornada de trabajo dedicada al programa.

SI427A-2022-00000006-00

Asociación Xuvenil Integrados

1. Aclaración sobre la cuantía solicitada, ya que no consta en el anexo I.
2. Anexo III: la temporalización del programa y de las actuaciones que lo componen exceden el período subvencionable de esta convocatoria.
3. Anexo IV: los datos personales del presidente de la entidad no son correctos, el período de dedicación al programa excede el período subvencionable de esta convocatoria y la denominación del puesto de trabajo no coincide con lo indicado en el anexo III.

SI427A-2022-00000007-00

Fundación

Érguete-Integración

1. Anexo II: el presentado está sin firmar.
2. Anexo IV (docente ocupacional jardinería): está sin firmar por la presidenta de la entidad.
3. Anexo IV (técnica inserción/agente igualdad): está sin firmar tanto por la presidenta de la entidad como por la propia profesional.
4. Anexo IV (técnica inserción/docente): está sin firmar tanto por la presidenta de la entidad como por la propia profesional.

SI427A-2022-00000008-00

Asociación O Son do Pobo

1. Anexo III: la temporalización del programa excede el período subvencionable de esta convocatoria. En el servicio c) se incluyen actuaciones que no son propias de un servicio de asesoramiento jurídico. Indican que van a participar en el programa dos profesionales pero después presentan fichas individualizadas (anexos IV) de tres profesionales.
2. Anexos IV: está actuando como representante una persona distinta a la que ostenta la representación de la entidad, el período de dedicación al programa excede el período subvencionable de esta convocatoria y, respecto del técnico de formación, no marcaron si pertenece a la junta directiva de la entidad.

SI427A-2022-00000009-00

Asociación Pro Salud Mental A Creba

1. Aclaración sobre el/los ayuntamiento/s donde se lleva a cabo el programa (deben relacionar el/los ayuntamiento/s en el/los que se llevan a cabo las atenciones, no los ayuntamientos de origen de las usuarias).

SI427A-2022-00000011-00

Asociación Labregas

1. Aclaración sobre el número de profesionales adscritos/as al programa, ya que en el anexo III indican que son tres técnicas de integración social pero presentaron cuatro anexos IV.
2. Anexo IV correspondiente a «servicios»: no consta el nombre

del/de la profesional y el objeto del contrato está incompleto, no consta que tipo de asesoramiento va a realizar.

SI427A-2022-00000012-00

Asociación de Ayuda a la Vida (Ayuvi)

1. Aclaración sobre los servicios que componen el programa y el personal adscrito a él: indíquese, para cada uno de los servicios, si el personal que lo va a realizar es voluntario y si el servicio es una derivación a otras entidades o recursos públicos.

SI427A-2022-00000013-00

Fundación Amigó

1. Anexo IV correspondiente a la psicóloga Melanea: el presupuesto imputado al programa no es correcto (imputan más importe que el coste total).

SI427A-2022-00000014-00

Asociación Alume Saúde Mental

1. Anexos IV: en todos los anexos presentados los presupuestos no son correctos, ya que el presupuesto imputado al programa es igual al presupuesto total pero las profesionales no dedican el 100 % de su jornada de trabajo al programa. Además, en los anexos correspondientes a la psicóloga/directora y a la trabajadora social, incluyen la tarea c) cuando el programa no cuenta con este servicio (es una derivación y como tal se encuadraría en el servicio a).

SI427A-2022-00000017-00

Asociación Amicos

1. Anexo III: la temporalización del programa y de cada una de las actuaciones que lo componen están fuera del período subvencionable de esta convocatoria.
2. Anexo IV: el período de dedicación al programa está fuera del período subvencionable de esta convocatoria.

SI427A-2022-00000019-00

Asociación Aliad Ultreia

1. Anexo IV correspondiente al sociólogo: no está firmado por el profesional.

SI427A-2022-00000020-00

Asociación Andaina Pro Saúde Mental

1. Anexo IV correspondiente a la formadora Silvia: no se puede validar la firma electrónica de la profesional.

SI427A-2022-00000023-00

Asociación

Limisi-Asociación para a Promoción das Persoas con Diversidade Funcional

1. Acreditación de que la entidad está inscrita en el Área de Igualdad del Registro Único de Entidades Prestadoras de Servicios Sociales (RUEPSS).
2. Anexo II: los datos personales de la persona secretaria de la entidad no son correctos, ya que en su lugar figuran los de la presidenta.
3. Aclaración sobre el/los ayuntamiento/s donde se lleva a cabo el programa (deben indicar en qué ayuntamiento o ayuntamientos se lleva a cabo la atención, no los ayuntamientos de origen de las usuarias).
4. Anexo IV: el presupuesto imputado al programa no es correcto (imputan más importe que el coste total).

SI427A-2022-00000025-00

Asociación Nós Mesmas

1. Anexo IV correspondiente a la psicóloga: no está cubierta la fecha de inicio de la dedicación al programa.

SI427A-2022-00000026-00

Federación Escolas Familiares Agrarias Galicia-EFA Galicia

1. Anexo II.
2. Certificación acreditativa de las asociaciones y federaciones integradas: la presentada no es válida porque la persona que certifica no es la persona secretaria de la entidad y tampoco está firmada por ella con el visto bueno de la persona que firma la solicitud.
3. Anexo III: los datos de la persona representante no se corresponden con la persona que ostenta la representación legal de la entidad que está firmando el anexo.
4. Aclaración sobre el número de profesionales adscritos/as al programa, ya que en el anexo III indican que son tres, pero después presentan solamente dos anexos IV.
5. Anexo IV correspondiente a la profesional Belén: los datos de la persona representante no se corresponden con la persona que ostenta la representación legal de la entidad y está sin firmar por la profesional y por la persona representante.
6. Anexo IV correspondiente a la profesional Rocío: los datos de la persona representante no se corresponden con la persona que ostenta la representación legal de la entidad.

SI427A-2022-00000027-00

Federación de Asociacións de Familiares e Enfermos Mentais de

Galicia-Feafes Galicia

1. Certificación acreditativa de las asociaciones y federaciones integradas: la presentada no es válida porque no consta el NIF de las asociaciones integradas.
2. Anexos IV correspondientes a las profesionales Delfina y Rocío: las fechas de dedicación al programa están fuera del período subvencionable de esta convocatoria.
3. Anexo IV correspondiente al abogado: no marcaron si es miembro de la junta directiva de la entidad.

SI427A-2022-00000029-00

Auxilia Delegación Lugo

1. Aclaración sobre el/los ayuntamiento/s donde se lleva a cabo el programa (deben indicar en que ayuntamiento o ayuntamientos se lleva a cabo la atención, no los ayuntamientos de origen de las usuarias).

SI427A-2022-00000030-00

Cáritas Diocesana de Ourense

1. Aclaración sobre la ayuda declarada del procedimiento BS623D: deberán indicar a qué gastos del programa se destina y el período subvencionado por esta ayuda.
2. Anexo IV correspondiente a la monitora Soledad: el presupuesto imputado al programa no es correcto, ya que no está calculado en base al porcentaje de su jornada que se indica.

SI427A-2022-00000031-00

Asociación de Movilidad Humana para la Colaboración y el Desarrollo

1. Acreditación de la representatividad que ostenta la persona que firma la solicitud, ya que esta no es la representante legal que consta en el RUEPSS.
2. Anexo III: presentaron dos anexos y los datos relativos al número de profesionales y al número de mujeres participantes no son coincidentes en ambos anexos, por lo que deberán presentar un nuevo anexo III con los datos definitivos a tener en cuenta para la subvención. Por otra parte, en este nuevo anexo deberán relacionar cada uno de los ayuntamientos donde se van a llevar a cabo las atenciones a las usuarias (no los ayuntamientos de origen de las usuarias).
3. Anexos IV correspondientes al orientador laboral, a la psicóloga y al abogado: deberán indicar las fechas concretas de inicio y fin de su dedicación al programa (día, mes y año). Además, en el anexo IV correspondiente al abogado no se puede validar la firma electrónica de este profesional. Por otra parte, nadie tiene asignada la tarea a).

SI427A-2022-00000032-00

Asociación Penitenciaria Concepción Arenal

1. Anexos IV: en los presentados no se puede validar la firma electrónica de la representante legal de la entidad.

SI427A-2022-00000033-00

Asociación Diagnosticados

de Cancro de

Mama-Adicam

1. Anexo IV correspondiente a la trabajadora social: la dedicación al programa excede el período subvencionable de esta convocatoria.

SI427A-2022-00000034-00

Asociación Síndrome de Down Teima de Ferrol

1. Anexo IV correspondiente a la psicóloga: la dedicación al programa excede el período subvencionable de esta convocatoria.

SI427A-2022-00000035-00

Asociación de Familiares y Enfermos Mentales Morea

1. Acreditación de que la entidad está inscrita en el Área de Igualdad del Registro Único de Entidades Prestadoras de Servicios Sociales (RUEPSS).

SI427A-2022-00000036-00

Federación Provincial de Mulleres Rurais de Ourense-Femuro

1. Anexo IV correspondiente a la psicóloga Olalla: no está cubierta la fecha de finalización de su dedicación al programa.

SI427A-2022-00000037-00

Congregación Siervas de la Pasión

1. Anexo III: la temporalización del programa y de las actuaciones que lo componen exceden el período subvencionable de esta convocatoria.
2. Anexos IV correspondientes a la integradora social y a la trabajadora social Olalla: el período de dedicación al programa excede el período subvencionable de esta convocatoria.

SI427A-2022-00000039-00

ONG Mestura

1. Anexos IV correspondientes al personal externo: no están cubiertos los datos personales de las/los profesionales ni los datos de los puestos de trabajo (denominación, tipo de vinculación y fechas de inicio y fin de la dedicación al programa).

SI427A-2022-00000042-00

Asociación Vive Vilariño

1. Anexo II: en el presentado no se puede validar la firma electrónica de la secretaria de la entidad.
2. Anexos IV: en los presentados no constan los presupuestos y nadie tiene asignada la tarea a).

SI427A-2022-00000043-00

Fundación Ronsel

1. Anexo III: la temporalización del programa y de las actuaciones que lo componen exceden el período subvencionable de esta convocatoria. Además, relacionan a ocho profesionales, pero después presentan fichas individualizadas (anexos IV) de 12 profesionales y en el caso del director de proyectos no indican la titulación de este profesional.
2. Anexos IV: el período de dedicación al programa excede el período subvencionable de esta convocatoria (deben tener en cuenta que esto puede afectar a los presupuestos, por lo que, en su caso, deberán reajustarlos en el sentido de calcularlos para el período subvencionable). Por otro lado, el presupuesto imputado al programa del director de proyectos y de la economista (networking) no son correctos.

SI427A-2022-00000044-00

Asociación Centinelas

1. Anexos IV correspondientes a la monitora y al profesional Helder: no tienen cubierta la asignación de tareas.

SI427A-2022-00000045-00

Asociación Valores Galicia

1. Anexo IV: el presupuesto no está desglosado (no está cubierta la base imponible ni el IVA) y no se puede validar la firma electrónica de la profesional.

SI427A-2022-00000046-00

Asociación Galega para a Axuda dos Enfermos con Demencia Tipo Alzhéimer-Agadea

1. Aclaración sobre las profesionales adscritas al programa, ya que en el anexo III relacionan a una trabajadora social pero después no presentan ficha individualizada (anexo IV) de esta profesional y en su lugar presentan ficha de una terapeuta ocupacional.

SI427A-2022-00000047-00

Asociación de Familiares de Enfermos de Alzheimer de Chantada

1. Aclaración sobre las actuaciones concretas que se van a llevar a cabo en los servicios e) y f).

SI427A-2022-00000048-00

Asociación Patronato Concepción Arenal

1. Anexo III: la temporalización del programa y de las actuaciones que lo componen exceden el período subvencionable de esta convocatoria. Además, la descripción del servicio b) es idéntica a la del servicio a), por lo que deberán revisar este aspecto.
2. Anexos IV: en todos el período de dedicación al programa excede el período subvencionable de esta convocatoria (deben tener en cuenta que esto puede afectar a los presupuestos, por lo que, en su caso, deberán reajustarlos en el sentido de calcularlos para el período subvencionable).
3. Anexos IV correspondientes a la mediadora/graduada social y a la mediadora/trabajadora social: tienen asignada la tarea b) y que no le corresponde por titulación.
4. Anexo IV correspondiente a la abogada: el presupuesto está mal calculado.
5. En la memoria adjunta indican que las profesionales que forman parte de la junta directiva van a realizar trabajos de coordinación, gestión y administración. Les recordamos que estas tareas auxiliares son gastos indirectos del programa, por lo que estos gastos van a ser descontados de los costes directos de personal.

SI427A-2022-00000050-00

Federación Aspace Galicia

1. Aclaración sobre las ayudas declaradas: deberán indicar a qué gastos del programa se destina y cuál es el período subvencionado por tales ayudas.

SI427A-2022-00000051-00

Federación de Agrupación de Asociacións de Veciños do Rural e Periferia do Concello de Ourense Miño

1. Certificación acreditativa de las asociaciones y federaciones integradas: la presentada no es válida porque no consta el NIF de las asociaciones integradas.
2. Anexo IV correspondiente a la técnica en mediación: el presupuesto no es correcto.

SI427A-2022-00000052-00

Asociación Mujeres en Igualdad Provincial de Lugo

1. Anexo IV correspondiente a la monitora Raquel: el presupuesto imputado al programa no es correcto, ya que no está calculado en función del porcentaje de su jornada de trabajo dedicada al programa.

SI427A-2022-00000053-00

Asociación Escola Rural de Saúde da Limia

1. Anexos IV: en todos los anexos presentados no se puede validar la firma electrónica de la representante legal de la entidad.
2. Anexo IV correspondiente a la psicóloga: no indican el porcentaje de su jornada de trabajo dedicada al programa.

SI427A-2022-00000058-00

Asociación Pavegal

1. Anexos IV: en todos los anexos presentados no están cumplimentados los datos de la entidad, de la persona que actúa en representación, de los/las profesionales y tampoco están cubiertas las tareas asignadas a cada uno/una de ellos/ellas.
2. El puesto de «coordinador/a-tareas auxiliares» no es un puesto que responda a las categorías establecidas en el artículo 5.5 de las bases reguladoras, por lo que deberán aclarar y especificar las funciones concretas que va a desempeñar en el desarrollo del programa a efectos de determinar si este gasto es subvencionable.

SI427A-2022-00000059-00

Asociación Albores Saúde Mental

1. Anexos IV correspondientes a la trabajadora social y a la psicóloga: no están firmados por la representante legal de la entidad.
2. Anexo IV correspondiente a la psicóloga: el presupuesto imputado al programa no es correcto, ya que no está calculado en función del porcentaje de su jornada de trabajo dedicada al programa.

SI427A-2022-00000060-00

Asociación de Viúvas María Andrea

1. El anexo III presentado está en blanco, no contiene datos.
2. Anexos IV: en los presentados no se puede validar la firma electrónica de la representante legal de la entidad.

SI427A-2022-00000062-00

Unión de Asociaciones de Mujeres Autónomas y Emprendedoras-UATAE Mujer

1. Certificación acreditativa de las asociaciones y federaciones integradas: la presentada no es válida porque no consta el NIF de las asociaciones integradas.
2. Aclaración sobre los puestos de trabajo imputados al programa, ya que la denominación de los puestos en cada uno de los anexos IV no se corresponde con la denominación de los puestos relacionados en el anexo III.

SI427A-2022-00000063-00

Asociación Veciñal

As Termas

1. Aclaración sobre la cuantía solicitada, ya que no consta ni en el anexo I ni en el anexo II.
2. Anexo II: el presentado está sin cumplimentar y sin firmar por la persona secretaria de la entidad.
3. Anexos IV: solo presentaron uno y está sin cumplimentar y sin firmar.

SI427A-2022-00000064-00

Asociación pola Igualdade e a Coeducación-Apico

1. Aclaración sobre el número y perfil de los puestos de trabajo imputados al programa, ya que en el anexo III relacionan a dos formadores/as y a una abogada, pero después presentan anexos IV de tres formadores/as y ninguna abogada.

SI427A-2022-00000065-00

Asociación Antonio Noche

1. Anexo II: en el presentado indican que se trata de un programa de recursos integrales específicos para mujeres gestantes o lactantes en situación de especial vulnerabilidad, pero este no es el colectivo al que está dirigido el programa.
2. Anexo III: presentaron dos anexos III en los que los datos relativos al número de profesionales y al número de mujeres participantes no son coincidentes, por lo que deberán presentar un nuevo anexo III con los datos definitivos a tener en cuenta para la subvención. En este nuevo anexo, además, deberán relacionar los ayuntamientos en los que se llevan a cabo las actuaciones del programa, no los ayuntamientos de origen de las usuarias.
3. Anexos IV correspondientes al personal propio del programa: en la columna «Presupuesto total (retribuciones íntegras + cotizaciones sociales a cargo de la entidad)» no indican el dato que se exige, sino la denominación del puesto de trabajo.
4. Anexo IV correspondiente a la abogada: no indican si es miembro de la junta directiva de la entidad, el presupuesto total no es correcto y no está firmada por la profesional.
5. Anexos IV correspondientes a la monitora y a la docente de corte/confección: no están firmados por las profesionales.

SI427A-2022-00000067-00

Fundación Hogar Santa Lucía

1. Anexo II: el presentado está sin firmar.
2. Aclaración sobre el colectivo o colectivos al que va dirigido el programa de acuerdo con lo establecido en la disposición adicional única de la convocatoria.

SI427A-2022-00000069-00

Fundación Meniños

1. Aclaración sobre las ayudas declaradas en el anexo I: deberán indicar a qué gastos del programa se destina y el período subvencionado por dichas ayudas.
2. Aclaración sobre la temporalización del programa, ya que en el anexo III indican que se inicia a 1 de enero de 2022 pero ninguno/ninguna profesional está adscrito/a al programa desde esa fecha.

SI427A-2022-00000070-00

Asociación Rede de Mulleres Veciñais contra os Malos Tratos de Vigo

1. Anexo III: en el presentado no está consignado el dato de la denominación del programa ni el procedimiento de selección de las usuarias.
2. Anexo IV: el presupuesto total no es correcto (la suma de la base imponible y del IVA no tiene como resultado esa cuantía) y el dato del objeto del contrato tampoco es correcto.

SI427A-2022-00000071-00

Asociación Ambar

1. Anexos IV: en todos aquellos que están firmados electrónicamente la verificación de la firma da el siguiente error: « La firma contiene datos incorrectos, no reconocidos, dañados o sospechosos».
2. Anexo IV correspondiente al servizo de asesoramiento jurídico: no están cubiertos los datos del punto 2 (puesto de trabajo, tipo de vinculación y fechas de inicio y fin de la dedicación al programa).

SI427A-2022-00000072-00

Asociación Dignidad Galicia

1. Aclaración sobre el/los colectivo/s de mujeres a que va dirigido el programa de acuerdo con lo establecido en la disposición adicional única de la convocatoria (deben especificar o relacionar el/los colectivo/s).
2. Anexos IV: en los presentados no se puede validar la firma electrónica de la representante legal.

SI427A-2022-00000073-00

Asociación Arandeira

1. Anexo III: la temporalización del programa está fuera del período subvencionable de esta convocatoria. Además, deberán especificar el/los colectivo/s de mujeres a que va dirigido el programa de acuerdo con lo establecido en la disposición adicional única de la convocatoria.
2. Anexo IV correspondiente a la técnica/educadora: no consta el NIF de la profesional y la fecha de inicio de su dedicación al programa está fuera del período subvencionable de esta convocatoria.

SI427A-2022-00000075-00

Asociación de Mulleres en Igualdade de Vigo

1. Anexo III: la fecha de inicio del programa está fuera del período subvencionable de esta convocatoria.

SI427A-2022-00000076-00

Asociación Síndrome de Down da Coruña

1. Aclaración sobre la ayuda declarada del procedimiento BS623D: deberán indicar a qué gastos del programa se destina y el período subvencionado por esta ayuda.
2. Anexos IV: en todos no marcan si son miembros de la junta directiva de la entidad.
3. Anexo IV correspondiente a la logopeda: la fecha de inicio de dedicación al programa está fuera del período subvencionable de esta convocatoria.

SI427A-2022-00000077-00

Asociación de Mulleres con Discapacidade

Galicia-Acadar

1. Aclaración sobre la cuantía solicitada, ya que no consta en el anexo I.
2. Aclaración sobre el/los ayuntamiento/s donde se lleva a cabo el programa (deben indicar en qué ayuntamiento o ayuntamientos se lleva a cabo la atención, no los ayuntamientos de origen de las usuarias).

SI427A-2022-00000078-00

Faraxa pola Abolición da Prostitución

1. Anexo IV correspondiente a la abogada: no están cubiertos los datos del puesto de trabajo (denominación, tipo de vinculación, fechas de inicio y fin de la dedicación al programa).
2. El importe imputado al programa de la persona vinculada con la entidad (abogada) supera el límite del 10 % establecido en el último párrafo del artículo 6.1 de las bases reguladoras.

SI427A-2022-00000080-00

Valoresc Innovation

1. Aclaración sobre el/los ayuntamiento/s donde se lleva a cabo el programa (deben indicar en qué ayuntamiento o ayuntamientos se lleva a cabo la atención, no los ayuntamientos de origen de las usuarias).
2. Anexos IV en los cuales las/los profesionales firmaron electrónicamente (Ana, Miguel Ángel, Óscar y Aldara): no se puede validar la firma electrónica.

SI427A-2022-00000081-00

Asociación Diversidades

1. Aclaración sobre el número de profesionales adscritos/as al programa, ya que en el anexo III indican que está adscrita una asesora jurídica, pero después no presentan ficha individualizada de esta profesional. Además, presentaron fichas que no están firmadas ni por las profesionales ni por la representante legal, por lo que deberán revisar este aspecto.

SI427A-2022-00000082-00

Asociación Gallega de Afectados por

VIH/Sida-AGAVIH

1. Acreditación de que la entidad está inscrita en el Área de Igualdad del Registro Único de Entidades Prestadoras de Servicios Sociales (RUEPSS).
2. Anexos IV correspondientes a la abogada y a la psicóloga: no están cubiertos los datos del puesto de trabajo (denominación, tipo de vinculación y fechas de inicio y fin de su dedicación al programa).
3. El puesto de «técnico de administración» no es un puesto que responda a las categorías establecidas en el artículo 5.5 de las bases reguladoras, por lo que deberán aclarar y especificar las funciones concretas que va a desempeñar en el desarrollo del programa a efectos de determinar si este gasto es subvencionable.

SI427A-2022-00000083-00

ONGD Senvalos

1. Anexos IV del personal adscrito al programa.

SI427A-2022-00000084-00

Cáritas Diocesana

Tui-Vigo

1. Aclaración sobre el/los colectivo/s de mujeres a que va dirigido el programa de acuerdo con lo establecido en la disposición adicional única de la convocatoria (deben especificar o relacionar el/los colectivo/s).

SI427A-2022-00000087-00

Asociación Mirabal

1. Aclaración sobre el/los ayuntamiento/s donde se lleva a cabo el programa, ya que los indicados en el anexo III no coinciden con los que figuran en la memoria complementaria.
2. La tipología de los gastos contemplados para la especialista en violencia de género e igualdad (gatos de desplazamiento y dietas) no están recogidos en el artículo 6 de las bases reguladoras, por lo que no se van a tener en cuenta para el cálculo del gasto subvencionable.

SI427A-2022-00000088-00

Asociación Española Contra el Cáncer

1. Acreditación de la representatividad que ostenta la persona que firma la solicitud, ya que esta no es la representante legal que consta en el RUEPSS.
2. Acreditación de que la entidad tiene domicilio social o delegación en Galicia.
3. Anexo II: en el presentado no constan los datos de la persona secretaria.
4. Aclaración sobre el/los ayuntamiento/s en los que se desarrolla el programa (deben relacionar los ayuntamientos en los que se llevan a cabo las actuaciones del programa, no los ayuntamientos de residencia de las usuarias).
5. Anexos IV del personal adscrito al programa.

SI427A-2022-00000089-00

Ecos do Sur

1. Anexo II: la persona que está certificando es la presidenta de la entidad, no la persona secretaria.
2. Aclaración sobre el número de profesionales adscritos/as al programa, ya que en el anexo III indican que son dos técnicas de intervención social y dos mediadoras interculturales pero después solamente presentan fichas de una profesional por cada uno de estos puestos.
3. Anexo IV correspondiente a la orientadora laboral María Teresa: la fecha de finalización de su dedicación al programa está fuera del período subvencionable de esta convocatoria.

SI427A-2022-00000090-00

Fundación para la Pesca y el

Marisqueo-Fundamar

1. Certificación acreditativa de las asociaciones y federaciones integradas: la presentada no es válida porque no está conformada por la persona que firma la solicitud.
2. Anexo IV: el presupuesto imputado al programa no es correcto, ya que no está calculado en función del porcentaje de su jornada de trabajo dedicada al programa.

SI427A-2022-00000091-00

Fundación Amigos de Galicia

1. Anexos IV correspondientes al orientador laboral, a la trabajadora social y al psicólogo: el presupuesto imputado al programa no es correcto, ya que es superior al presupuesto total y no está calculado en función del porcentaje de su jornada laboral dedicada al programa.
2. Anexo IV correspondiente al asesor jurídico: el presupuesto no es correcto (la suma de la base imponible y del IVA no tiene como resultado 4.862 euros) y no marcan si pertenece a la junta directiva de la entidad.

SI427A-2022-00000092-00

Asociación Xarela Formación-Animación

1. Aclaración sobre el/los colectivo/s de mujeres a que va dirigido el programa de acuerdo con lo establecido en la disposición adicional única de la convocatoria (deben especificar o relacionar el/los colectivo/s).
2. Anexo IV correspondiente al orientador: el presupuesto imputado al programa no es correcto, ya que no está calculado en función del porcentaje de su jornada de trabajo dedicada al programa.

SI427A-2022-00000093-00

Asociación de Inmigrantes e Retornados Rioplatenses

1. Acreditación de que la entidad está inscrita en el Área de Igualdad del Registro Único de Entidades Prestadoras de Servicios Sociales (RUEPSS).
2. Anexo II.
3. Anexo III.
4. Anexo/s IV del personal imputado al programa.

SI427A-2022-00000094-00

Asociación a Favor de las Personas con Discapacidad Intelectual de la Provincia de Pontevedra-Aspanaex

1. Acreditación de que la entidad está inscrita en el Área de Igualdad del Registro Único de Entidades Prestadoras de Servicios Sociales (RUEPSS).
2. Aclaración sobre la temporalización del programa, ya que las fechas indicadas en el anexo III no coinciden con las fechas de adscripción al programa de la profesional.
3. Anexo IV: el presupuesto imputado al programa no es correcto, ya que no está calculado en función del porcentaje de su jornada de trabajo dedicada al programa.

SI427A-2022-00000096-00

Asociación Tempus

1. Anexo III.
2. Anexos IV del personal imputado al programa.

SI427A-2022-00000097-00

Asociación de Ayuda y Atención al Preso de A Coruña

1. Anexo II.
2. Anexo III.
3. Anexos IV del personal imputado al programa.

SI427A-2022-00000098-00

Arelas-Asociación de Familias de Menores Trans

1. Aclaración sobre la cuantía solicitada.
2. Anexo II.
3. Anexo IV correspondiente a la psicóloga/sexóloga: los datos personales están incompletos, la fecha de la finalización de su dedicación al programa no es correcta (no está dentro del período subvencionable de esta convocatoria), no está firmada por la profesional y no se puede validar la firma electrónica de la representante legal.
4. Anexo IV correspondiente al asesor jurídico: la fecha de la finalización de su dedicación al programa no es correcta (no está dentro del período subvencionable de esta convocatoria), el presupuesto tampoco es correcto (la suma de la base imponible y del IVA no tiene como resultado 8.600 euros) y no se puede validar la firma electrónica de la representante legal.
5. Anexo IV correspondiente a la trabajadora social: la fecha de la finalización de su dedicación al programa no es correcta (no está dentro del período subvencionable de esta convocatoria), no se pueden validar las firmas electrónicas, el presupuesto imputado al programa excede del límite del 10 % establecido en el último párrafo del artículo 6.1 de las bases reguladoras y tiene asignada la tarea d) cuando este servicio no está contemplado en el anexo III.
6. Dado que una de las profesionales está vinculada con la entidad (es miembro de la junta directiva), deberán solicitar la autorización del órgano concedente para poder llevar a cabo esta contratación, indicando los motivos que la justifican y si se realiza de acuerdo con las condiciones normales del mercado (artículo 27.7.d) de la Ley 9/2007, de subvenciones de Galicia).