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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 42 Miércoles, 2 de marzo de 2022 Pág. 15015

VI. Anuncios

a) Administración autonómica

Vicepresidencia segunda y Consellería de Economía, Empresa e Innovación

RESOLUCIÓN de 8 de febrero de 2022, de la Jefatura Territorial de Lugo, por la que se concede la autorización la administrativa previa y de construcción de una instalación eléctrica en el ayuntamiento de Sarria (expediente IN407A 2021-93AT).

Visto el expediente para el otorgamiento de la autorización administrativa previa y de construcción de una instalación eléctrica que a continuación se cita:

Solicitante: UFD Distribución Electricidad, S.A.

Domicilio social: calle A Batundeira, nº 2, Velle, Ourense.

Denominación: retranqueo LMT lugar de Oural (Sarria).

Situación: ayuntamiento de Sarria.

Características técnicas:

• LMT aérea a 20 kV con origen en el apoyo existente D74 de la LMTA SAR804 y final en el apoyo existente D74-5, en la cual se instalan cuatro apoyos nuevos de celosía, 344 metros de conductor nuevo tipo LA-110 y se retensan 242 metros de conductor existente.

• Instalación de un interruptor telecontrolado en el apoyo proyectado D74-2N en sustitución del existente con matrícula 27HR64.

Finalidad de la instalación: retranqueo de instalaciones por ejecución de túnel.

Presupuesto: 29.957,59 €.

Documentación complementaria:

• Separata para el Ayuntamiento de Sarria.

• Separata para el administrador de Infraestructuras Ferroviarias (ADIF).

Esta jefatura territorial, de acuerdo con las competencias que resultan del Decreto 230/2020, de 23 de diciembre, por el que se establece la estructura orgánica de la consellería, y teniendo en cuenta el Decreto 9/2017, de 12 de enero, sobre órganos competentes para autorización de instalaciones eléctricas en la Comunidad Autónoma de Galicia, resuelve:

En relación con la instalación de alta tensión, conceder la autorización administrativa previa y de construcción a dichas instalaciones sin perjuicio de terceros y con independencia de las autorizaciones que sean necesarias para la ejecución de la obra por parte de otros órganos de la Administración, condicionado al cumplimiento de las siguientes condiciones:

Primera. Las instalaciones deberán ajustarse en su ejecución a lo dispuesto en el citado proyecto de ejecución, debiendo realizarse la dirección de obra por técnico competente.

Segunda. La peticionaria asegurará el mantenimiento y vigilancia correcta de las instalaciones durante la construcción y después de su puesta en servicio, a fin de garantizar que en todo momento se mantendrán las condiciones reglamentarias de seguridad.

Tercera. En todo momento deberán cumplirse las normativas y directrices vigentes que sean de aplicación, en particular, cuanto establece la Ley 24/2013, de 26 de diciembre, del sector eléctrico, el Real decreto 223/2008, de 15 de febrero, por el que se aprueban el Reglamento sobre condiciones técnicas y garantías de seguridad en líneas eléctricas da alta tensión y sus instrucciones técnicas complementarias, y el Real decreto 337/2014, de 9 de mayo, por el que se aprueban el Reglamento sobre condiciones técnicas y garantías de seguridad en instalaciones eléctricas de alta tensión y sus instrucciones técnicas complementarias.

El plazo de puesta en marcha de las instalaciones que se autorizan será de doce meses, contados a partir de la fecha de la última autorización administrativa necesaria para su ejecución.

Contra esta resolución se podrá interponer recurso de alzada ante el vicepresidente segundo y conselleiro de Economía, Empresa e Innovación en el plazo de un mes, a partir del día siguiente al de la notificación o publicación de esta resolución; también se podrá interponer cualquier otro recurso que estime pertinente en su derecho.

Lugo, 8 de febrero de 2022

Gustavo José Casasola de Cabo
Jefe territorial de Lugo