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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 32 Miércoles, 16 de febrero de 2022 Pág. 11554

III. Otras disposiciones

Agencia Turismo de Galicia

EXTRACTO de la Resolución de 9 de febrero de 2022 por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión, en régimen de concurrencia no competitiva, de las subvenciones a ayuntamientos de hasta 10.000 habitantes para actuaciones de mejora de las infraestructuras turísticas, y se anuncia su convocatoria para el año 2022 (código de procedimiento TU503D).

BDNS (Identif.): 610131.

De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b) y 20.8.a) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, general de subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo se puede consultar en la Base de datos nacional de subvenciones (http://pap.minhap.gob.es/bdnstrans/index).

Primero. Personas beneficiarias

Podrán ser beneficiarias de las subvenciones, sin perjuicio de reunir los requisitos establecidos en estas bases, los ayuntamientos de Galicia de hasta 10.000 habitantes, según las cifras de población acordes con lo establecido en el Real decreto 1147/2020, de 15 de diciembre, por el que se declaran oficiales las cifras de población resultantes de la revisión del padrón municipal referidas a 1 de enero de 2020.

Segundo. Objeto y régimen

Las subvenciones reguladas por estas bases tienen por objeto el fomento de la recuperación, de la accesibilidad y de la señalización de los recursos turísticos en ayuntamientos de hasta 10.000 habitantes hacia la consolidación de la oferta turística en las zonas rurales a través de la puesta en valor de su riqueza histórica, cultural, patrimonial y paisajística.

Tercero. Bases reguladoras

Resolución de 9 de febrero de 2022 por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión, en régimen de concurrencia no competitiva, de las subvenciones a ayuntamientos de hasta 10.000 habitantes para actuaciones de mejora de las infraestructuras turísticas, y se anuncia su convocatoria para el año 2022 (código de procedimiento TU503D).

Cuarto. Importe

Las subvenciones objeto de esta resolución se imputarán a la aplicación presupuestaria 05 A2 761A 760.1, proyecto 2015 00006, por un crédito de 1.000.000 €, de los presupuestos de la Comunidad Autónoma de Galicia para 2022, sin perjuicio de ulteriores variaciones producidas a consecuencia de la existencia de una mayor disponibilidad presupuestaria, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 30.2 del Reglamento de la Ley 9/2007, de subvenciones de Galicia, aprobado por el Decreto 11/2009, de 8 de enero, lo que podrá dar lugar a la posibilidad de atender nuevas solicitudes que podrán implicar las subvenciones oportunas.

Quinto. Plazo de presentación de solicitudes

El plazo de presentación de solicitudes será de un mes contado a partir del día siguiente al de la publicación de esta resolución en el Diario Oficial de Galicia. Se entenderá como último día del plazo el correspondiente al mismo ordinal del día de la publicación.

Si el último día de plazo es inhábil, se entenderá prorrogado al primero día hábil siguiente y, si en el mes del vencimiento no hay día equivalente al inicial del cómputo, se entenderá que el plazo expira el último del mes.

Sexto. Plazo de justificación de la subvención

A entrega de la documentación justificativa tendrá de plazo hasta el 31 de octubre de 2022.

Santiago de Compostela, 9 de febrero de 2022

Mª Nava Castro Domínguez
Directora de la Agencia Turismo de Galicia