En fecha veintisiete de diciembre de dos mil veintiuno el alcalde dictó Decreto número 3382/2021, que acuerda lo siguiente:
«Vista la aprobación de la oferta de empleo público para el año 2021 aprobado por Decreto de la Alcaldía 1793/2021, de 22 de julio (DOG nº 164, de 26 de agosto).
Advertido un error en el informe del negociado de Nóminas donde se describen las plazas vacantes, pues falta la descripción de una vacante de un agente de Policía Local por la jubilación del titular en fecha 1 de octubre de 2020.
Visto que, al encontrarnos dentro del ejercicio 2021, se puede modificar la OEP 2021 para así poder cubrir todas las vacantes existentes en el plazo improrrogable de tres años a contar desde la publicación del anuncio en el Diario Oficial de Galicia.
Visto todo lo anterior, y dentro de las competencias que me corresponden al amparo del artículo 21 de la Ley 7/1985,
RESUELVO:
Primero. Modificar la oferta de empleo público de este ayuntamiento para el año 2021, que pasa a contar con los siguientes puestos de trabajo:
Personal funcionario:
Funcionarios de carrera; escala de administración especial, subescala servicios especiales.
Grupo |
Clasificación |
Núm. vacantes |
Denominación |
Sistema de acceso |
C1 |
Personal funcionario |
1 |
Policia Local |
Oposición libre |
Funcionarios de carrera; escala de administración general, subescala subalternos.
Grupo |
Clasificación |
Núm. vacantes |
Denominación |
Sistema de acceso |
E |
Personal funcionario |
1 |
Ordenanza |
Oposición libre |
Personal laboral:
Personal laboral fijo; escala de la administración especial, subescala de servicios especiales.
Grupo |
Clasificación |
Núm. vacantes |
Denominación |
Sistema de acceso |
V |
Personal laboral fijo |
1 |
Asistente domicilios (peón) |
Oposición libre |
Segundo. Publicar esta modificación de la oferta de empleo público en el tablón de anuncios de la Corporación, así como en la sede electrónica de este ayuntamiento y en el Diario Oficial de Galicia.
Tercero. Convocar las plazas ofertadas en ejecución de la presente oferta de empleo público dentro del plazo improrrogable de tres años a contar desde su fecha de publicación, debiendo acreditarse en ese momento la existencia de consignación presupuestaria adecuada y suficiente.
Cuarto. Dar cuenta de este decreto en la próxima Mesa General de Negociación y en el próximo Pleno a celebrar».
Noia, 28 de diciembre de 2021
José Santiago Freire Abeijón
Alcalde