Mediante la Resolución de 15 de septiembre de 2021, de la Secretaría General de la Igualdad, se establecieron y se convocaron las bases reguladoras para las subvenciones destinadas a la realización de programas de interés general para fines de carácter social, dirigidos a la promoción de la igualdad entre mujeres y hombres y de prevención y lucha contra la violencia de género, con cargo a la asignación tributaria del 0,7 % del impuesto sobre la renta de las personas físicas, gestionado por la Secretaría General de la Igualdad, para el año 2021 (código de procedimiento SI452A), DOG núm. 186, de 27 de septiembre de 2021.
Según el artículo 15.2 de las bases reguladoras y de acuerdo con lo establecido en el artículo 45 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, las resoluciones de estas subvenciones serán objeto de publicación en el Diario Oficial de Galicia, la cual producirá los mismos efectos de la notificación. En esta publicación se especificará la fecha de la convocatoria, la entidad beneficiaria, la cantidad concedida y la finalidad de la subvención otorgada, así como las solicitudes desestimadas, con expresión sucinta de los motivos de la desestimación.
Una vez finalizada la fase de instrucción de las solicitudes recibidas en la Secretaría General de la Igualdad, evaluadas las solicitudes por la comisión de valoración prevista en el artículo 13 de las bases reguladoras, vista la propuesta de resolución formulada por el órgano instructor y teniendo en cuenta las disponibilidades presupuestarias,
RESUELVO:
Primero. Conceder las ayudas destinadas a la realización de programas de interés general para fines de carácter social dirigidos a la promoción de la igualdad entre mujeres y hombres y de prevención y lucha contra la violencia de género, con cargo a la asignación tributaria del 0,7 % del impuesto sobre la renta de las personas físicas que se indican en el anexo I, como consecuencia de la aplicación de los criterios de valoración y prelación previstos en el artículo 14 y según lo establecido en los artículos 5 y 13 de las bases reguladoras, por un importe total de 741.945,64 euros, con cargo a la aplicación presupuestaria 2021.11.02.313 B.481.2, código de proyecto y denominación 2018 00004 Ayudas 0.7 % IRPF, de los presupuestos generales de la Comunidad Autónoma de Galicia para 2021.
Segundo. Excluir y declarar desistidas las solicitudes que se relacionan en el anexo II, con indicación de la causa específica, por no superar el umbral de puntuación establecido en el artículo 13.4 o no cumplir el requisito de enmienda y/o aportación de los documentos preceptivos en el plazo establecido, según lo dispuesto en el artículo 12.1 de las bases reguladoras, o bien por no cumplir alguno de los requisitos establecidos en las referidas bases.
Tercero. De acuerdo con lo establecido en el artículo 17 de las bases reguladoras, una vez notificada la resolución de concesión, la entidad beneficiaria deberá comunicar en el plazo de diez días (10) su aceptación, y comprometerse a ejecutar el programa o actuación subvencionado en el plazo y en las condiciones establecidas en la convocatoria. En el caso de no comunicarlo en el plazo indicado, se entenderá tácitamente aceptada. Se utilizará a tal efecto el anexo V.
Cuarto. Según el artículo 3 de las bases reguladoras, estas subvenciones son compatibles con otras subvenciones, ayudas e ingresos o recursos para la misma finalidad procedentes de cualquier otra Administración o ente público o privado, excepto aquellas de la misma naturaleza que se otorguen por la Administración general del Estado en virtud de sus competencias y sin perjuicio de aquellos gastos que puedan ser imputables a las subvenciones que se concedan en los respectivos ámbitos.
No obstante, estas ayudas son incompatibles para el mismo programa, actuación o actividad con las subvenciones a entidades de iniciativa social sin ánimo de lucro para programas dirigidos a la mujeres en situación de especial vulnerabilidad convocadas anualmente por la Secretaría General de la Igualdad.
Quinto. De conformidad con el artículo 22 de las bases reguladoras, el pago se realizará de una sola vez en concepto de anticipado, que se hará efectivo una vez notificada la resolución de concesión y, en todo caso, en la anualidad 2021.
Sexto. La fecha límite de presentación de la documentación justificativa de la realización del programa subvencionado, de acuerdo con el artículo 23 de las bases reguladoras, es el 15 de febrero de 2023.
Las actuaciones correspondientes a los programas subvencionados se justificarán a través de cuenta justificativa con aportación de justificantes de gasto o a través de la cuenta justificativa con aportación del informe de auditoría, y con la documentación justificativa prevista en las bases reguladoras y según lo establecido en el artículo 23, además del anexo VI.
El período de referencia para el desarrollo del programa y para la imputación de los gastos subvencionables es el año 2022.
Séptimo. Las entidades beneficiarias deberán cumplir, en todo caso, con los requisitos y obligaciones exigidos en los artículos 10 y 11 de la Ley 9/2007, de 13 de junio, de subvenciones de Galicia, así como con las condiciones y obligaciones establecidas en el artículo 21 de las bases reguladoras y demás que resulten exigibles según la normativa de aplicación y, en particular, las siguientes:
a) Ejecutar el proyecto, realizar la actividad o adoptar el comportamiento que fundamenta la concesión de la subvención y cumplir su objetivo.
b) Justificar ante el órgano concedente el cumplimiento de la finalidad de la subvención, la realización de la actividad o la adopción del comportamiento que fundamentó su concesión y su coste real, de acuerdo con lo establecido en el artículo 23.
c) Destinar los fondos percibidos al objeto concreto para el cuál fueron concedidos y realizar las actuaciones que integran el proyecto subvencionado, según lo estipulado en el artículo 41 del Decreto 11/2009, de 8 de enero.
d) Comunicarle al órgano concedente la obtención de subvenciones, ayudas, ingresos o recursos que financien las actividades subvencionadas. Esta comunicación deberá efectuarse tan pronto como se conozca y, en todo caso, con anterioridad a la justificación de la aplicación dada a los fondos percibidos.
e) Consentir expresamente la inclusión de los datos relevantes de la subvención en los registros públicos que proceda, conforme con la disposición adicional del Decreto 132/2006, de 27 de julio, por el que se regulan los registros públicos creados en los artículos 44 y 45 de la Ley 7/2005, de 29 de diciembre, de los presupuestos generales de la comunidad autónoma para el ejercicio 2006, y con el artículo 16 de la Ley 9/2007, de 13 de junio, de subvenciones de Galicia.
f) Conservar los documentos justificativos originales de la aplicación de los fondos recibidos, incluidos los documentos electrónicos, en tanto puedan ser objeto de las actuaciones de comprobación y control.
g) Someterse a las actuaciones de comprobación que deba efectuar el órgano concedente y a las de control financiero que corresponden a la Intervención General de la Comunidad Autónoma en relación con la subvención concedida, a las previstas en la legislación del Tribunal de Cuentas y del Consejo de Cuentas y aportar cuanta información les sea requerida en el ejercicio de las actuaciones anteriores.
h) Incorporar de forma visible en el material de difusión de los programas o inversiones subvencionados su financiación por parte de la Xunta de Galicia, de manera que se cumpla la obligación de dar publicidad a los programas/inversiones subvencionados con cargo a esta convocatoria, en los términos establecidos en el artículo 15.3 de la Ley 9/2007, de 13 de junio, y en el artículo 20 del Decreto 11/2009, de 8 de enero.
i) Haber suscrito una póliza de seguros de accidentes y de enfermedad y de responsabilidad civil a favor del personal voluntario que participe en los programas subvencionados conforme con lo previsto en los artículos 7.g) y 11.i) de la Ley 10/2011, de 28 de noviembre, de acción voluntaria.
j) Cumplir con la obligación de suministro de información en los términos establecidos en el artículo 4 de la Ley 1/2016, de 18 de enero, de transparencia y buen gobierno.
k) Cualquier otra obligación impuesta a las beneficiarias en la normativa estatal o autonómica aplicable, así como en esta resolución.
Octavo. Esta resolución agota la vía administrativa y contra ella podrá interponerse recurso potestativo de reposición ante la Secretaria General de la Igualdad, en el plazo de un mes, a contar desde el día siguiente al de esta publicación, o bien directamente recurso contencioso-administrativo ante el Tribunal Superior de Justicia de Galicia, en el plazo de dos meses contados a partir del día siguiente al de esta publicación, de acuerdo con lo establecido en los artículos 10 y 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contencioso-administrativa.
Disposición final
Esta resolución entrará en vigor el mismo día de su publicación en el Diario Oficial de Galicia.
Santiago de Compostela, 31 de diciembre de 2021
Susana López Abella
Secretaria general de la Igualdad
ANEXO I
Concesiones
Número de expediente |
Nombre de la entidad |
NIF |
Denominación del programa |
Importe solicitado |
Valoración total |
Importe de la ayuda |
SI452A-2021-00000023-00 |
Cáritas diocesana de Santiago de Compostela (Agrupación de las cáritas diocesanas de Galicia) |
R1500053B |
Programa de educación para la salud y el apoyo a la mujer-Avelaiña |
75.000,00 |
98,5 |
51.247,29 |
SI452A-2021-00000016-00 |
Cruz Roja Española |
Q2866001G |
Empoderamiento a mujeres en situaciones de dificultad social |
97.156,66 |
93 |
48.385,77 |
SI452A-2021-00000050-00 |
Federación de asociacións de persoas xordas de Galicia (FAXPG) |
G15068091 |
Puertas abiertas a las mujeres sordas del rural gallego |
74.803,79 |
90 |
46.824,94 |
SI452A-2021-00000020-00 |
Fundación Acción contra el Hambre |
G81164105 |
Vives Emplea Saludable: Competencias para el empleo para mujeres en riesgo de exclusión |
22.706,95 |
87 |
22.706,95 |
SI452A-2021-00000009-00 |
Fundación Anar |
G80453731 |
Teléfono/chat Anar contra la violencia de género de la Comunidad Autónoma de Galicia |
29.970,85 |
85,5 |
29.970,85 |
SI452A-2021-00000046-00 |
Confederación galega de persoas con discapacidade (Cogami) |
G32115941 |
Activa-Das. Claves para el empoderamiento de las mujeres con discapacidad |
75.000,00 |
84,5 |
29.308,94 |
SI452A-2021-00000024-00 |
ACCEM |
G79963237 |
Atención integral a mujeres víctimas de trata sexual y/o personas prostituidas |
75.009,89 |
82,5 |
28.615,24 |
SI452A-2021-00000041-00 |
Ecos do Sur |
G15354483 |
Olimpia IV |
73.771,10 |
80,5 |
27.921,54 |
SI452A-2021-00000035-00 |
Cáritas diocesana de Lugo |
R2701016D |
Programa dirigido a promover la salud integral de las mujeres |
75.000,00 |
79 |
27.401,26 |
SI452A-2021-00000008-00 |
Fundación Érguete-Integración |
G36861078 |
Acércate a la red |
16.960,00 |
77,5 |
16.960,00 |
SI452A-2021-00000010-00 |
Asociación española contra el cáncer |
G28197564 |
Atención integral a la mujer con cáncer |
75.000,00 |
77,5 |
26.880,98 |
SI452A-2021-00000013-00 |
Asociación de axuda ao enfermo mental A Mariña |
G27262799 |
Velando por mi salud integral III |
20.000,00 |
76 |
20.000,00 |
SI452A-2021-00000033-00 |
Médicos del mundo |
G79408852 |
Tratamiento de la salud integral de las mujeres en situación de prostitución con especial atención a las consecuencias de la pandemia COVID-19 |
74.985,33 |
76 |
26.360,70 |
SI452A-2021-00000032-00 |
Fundación Ronsel |
G15752660 |
Gerentas: empoderamiento de la mujer a través de la promoción del autoempleo |
65.288,63 |
75,5 |
26.187,28 |
SI452A-2021-00000002-00 |
Asociación mujeres en igualdad provincia de Lugo (Bumei) |
G27441153 |
Te entiendo, coge mi mano IV! |
75.000,00 |
71 |
18.469,84 |
SI452A-2021-00000017-00 |
Fundación secretariado gitano |
G83117374 |
Calí, por la igualdad de las mujeres gitanas |
74.900,60 |
71 |
18.469,84 |
SI452A-2021-00000034-00 |
Radio ECCA. Fundación canaria |
G35103431 |
Mujer avanza |
68.829,31 |
70,5 |
18.339,77 |
SI452A-2021-00000021-00 |
Fundación amigos de Galicia |
G15859911 |
La voz de la igualdad |
26.811,21 |
69,5 |
18.079,63 |
SI452A-2021-00000007-00 |
Instituto galego de xestión para o terceiro sector |
G15784978 |
Programa de prevención para el desarrollo integral de la sexualidad de la mujer |
52.586,20 |
69 |
17.949,56 |
SI452A-2021-00000011-00 |
Red Araña. Red española de entidades por el empleo |
G58579806 |
Mujer TIC |
39.556,00 |
68,5 |
17.819,49 |
SI452A-2021-00000044-00 |
Fundación Solidaridad Amaranta |
G84913946 |
Actuaciones para la prevención de VIH y otras ITS en mujeres que ejercen la prostitución |
21.105,87 |
68 |
17.689,42 |
SI452A-2021-00000005-00 |
Agrupación de entidades rurais Terra e Xente-CDR O Viso |
G32122376 |
Ellas-Empoderamiento, Liberdad, Autoestima, Solidaridad |
75.000,00 |
67 |
17.429,28 |
SI452A-2021-00000054-00 |
ValoReSC Innovation |
G70377585 |
Vivienda activa y preventiva, dentro del programa integral "La tribu de Malala, un espacio de ayuda y crecimiento, con propósito y acción para mujeres vulnerables” |
17.088,00 |
67 |
17.088,00 |
SI452A-2021-00000025-00 |
Federación de asociacións de mulleres rurais de Galicia (Fademur) |
G70101647 |
RedMur |
66.968,31 |
66,5 |
17.299,21 |
SI452A-2021-00000037-00 |
Fundación amigó |
G81454969 |
Prevención y atención de la violencia contra la mujer en el ámbito familiar-Proyecto Conviviendo |
75.000,00 |
65,5 |
17.039,07 |
SI452A-2021-00000026-00 |
ONG Mestura para la integración social de las personas inmigrantes y emigrantes |
G15940414 |
Programa Saimi (Salud Integral a las Mujeres Inmigrantes) Edición III |
16.306,92 |
65 |
16.306,92 |
SI452A-2021-00000031-00 |
Fundación Juan Soñador |
G24452435 |
Itinerarios de empoderamiento para las mujeres migrantes de especial vulnerabilidad |
75.000,00 |
65 |
16.909,00 |
SI452A-2021-00000001-00 |
Asociación Alar Galicia-Proxectos de inserción |
G15775901 |
Proyecto Súmate |
69.000,00 |
63 |
10.925,82 |
SI452A-2021-00000029-00 |
Down Vigo. Asociación para a síndrome de Down |
G36697324 |
Formación universitaria para mujeres con síndrome de Down y diversidad intelectual para la mejora de su capacitación y empleabilidad |
25.000,00 |
62 |
10.752,39 |
SI452A-2021-00000015-00 |
Asociación de mulleres rurais de Galicia |
G70453584 |
Plantar ideas para recoger desarrollo |
27.900,00 |
60,5 |
10.492,25 |
SI452A-2021-00000055-00 |
Asociación Antonio Noche |
G15210388 |
Escuela de empleo Ellas |
75.000,00 |
60,5 |
10.492,25 |
SI452A-2021-00000014-00 |
Apetamcor |
G32026056 |
Programa Áncora |
86.267,49 |
60 |
10.405,54 |
SI452A-2021-00000018-00 |
Asociación diagnosticados de cancro de mama (Adicam) |
G36380301 |
Por vosotros vale la pena! Programa de salud integral para mujeres en situación de vulnerabilidad y con cáncer de mama o ginecológico |
21.405,61 |
60 |
10.405,54 |
SI452A-2021-00000049-00 |
Viraventos |
G70136429 |
Proyecto Juegoteca-Espacio de conciliación, proyecto para la conciliación de mujeres en situación o en riesgo de exclusión social, con hijos e hijas de 0 a 12 años residentes en la ciudad de A Coruña y en su entorno |
15.998,28 |
60 |
10.405,54 |
SI452A-2021-00000059-00 |
ONG de desarrollo FIET |
G86114741 |
Asistencia integral a mujeres víctimas o posibles víctimas de trata de seres humano y explotación sexual, con o sin hijos/as menores a su cargo |
74.794,56 |
60 |
10.405,54 |