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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 242 Lunes, 20 de diciembre de 2021 Pág. 62353

III. Otras disposiciones

Consellería de Infraestructuras y Movilidad

DECRETO 168/2021, de 2 de diciembre, por el que se declara, en concreto, la utilidad pública y se dispone la urgente ocupación de los bienes y derechos afectados por el proyecto de construcción Fomento de la movilidad sostenible, senda en la OU-105, tramo A Ponte Sevilla (punto kilométrico 0+000-0+850), en la OU-536, tramo Rabaza (punto kilométrico 0+790-2+320) y en la avenida de Ponferrada (punto kilométrico 0+000-1+140), de clave OU/16/271.06, en el ayuntamiento de Ourense.

Antecedentes:

Primero. Con fecha 7 de mayo de 2021 se publicó en el Diario Oficial de Galicia (núm. 86) el Anuncio de 23 de abril de 2021 por el que se somete al trámite de información pública el proyecto de construcción: Fomento de la movilidad sostenible. Senda en la OU-105 tramo A Ponte Sevilla (p.k. 0+000-0+850), en la OU-536 tramo Rabaza (p.k. 0+790-2+320) y en la avenida de Ponferrada (p.k. 0+000-1+140), de clave OU/16/271.06, así como la relación individual de bienes, derechos y propietarios afectados por el proyecto referenciado.

Segundo. Tras el análisis de los informes, alegaciones y certificados presentados, el 18 de noviembre de 2021 se aprueba el expediente de información pública y el proyecto de construcción: Fomento de la movilidad sostenible. Senda en la OU-105 tramo A Ponte Sevilla (p.k. 0+000-0+850), en la OU-536 tramo Rabaza (p.k. 0+790-2+320) y en la avenida de Ponferrada (p.k. 0+000-1+140), de clave OU/16/271.06.

El objeto del presente proyecto es la creación de diversos itinerarios peatonales y ciclistas en los márgenes de las carreteras OU-105 y OU-536, así como en la avenida de Ponferrada, todas ellas en el ayuntamiento de Ourense.

La competencia para la ejecución de la expropiación forzosa, en el ámbito de las carreteras no incorporadas a la red del Estado, con itinerarios que se desarrollen íntegramente en su territorio, corresponde a la Comunidad Autónoma de Galicia, al amparo del apartado dos del artículo 28 del Estatuto de autonomía de Galicia, aprobado por la Ley orgánica 1/1981, de 6 de abril.

Corresponde al Consello de la Xunta de Galicia, como órgano equivalente al Consejo de Ministros, en el ámbito de la Administración autonómica, el reconocimiento concreto de la utilidad pública y la declaración de la urgente ocupación de los bienes afectados por la expropiación a que da lugar la realización de la obra, según lo previsto en los artículos 10 y 52 de la Ley de 16 de diciembre de 1954, de expropiación forzosa.

En su virtud, a propuesta de la conselleira de Infraestructuras y Movilidad y previa deliberación del Consello de la Xunta de Galicia, en su reunión del día dos de diciembre de dos mil veintiuno,

DISPONGO:

Artículo único. Declarar, en concreto, la utilidad pública y la necesidad de urgente ocupación a los efectos de expropiación forzosa, de los bienes y derechos que se concretan en el expediente administrativo instruido, así como en cualquiera de las modificaciones que sea necesario realizar para la ejecución del proyecto de construcción: Fomento de la movilidad sostenible. Senda en la OU-105 tramo: A Ponte Sevilla (p.k. 0+000-0+850), en la OU-536 tramo: Rabaza (p.k. 0+790-2+320) y en la avenida de Ponferrada (p.k. 0+000-1+140), de clave OU/16/271.06.

Santiago de Compostela, dos de diciembre de dos mil veintiuno

Alberto Núñez Feijóo
Presidente

Ethel Mª Vázquez Mourelle
Conselleira de Infraestructuras y Movilidad