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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 233 Viernes, 3 de diciembre de 2021 Pág. 59135

IV. Oposiciones y concursos

Consellería de Hacienda y Administración Pública

RESOLUCIÓN de 2 de noviembre de 2021, del tribunal designado para juzgar el proceso selectivo para el ingreso, por el turno de promoción interna, en el cuerpo auxiliar de la Administración general de la Comunidad Autónoma de Galicia, subgrupo C2, convocado por la Orden de 7 de enero de 2020, sobre diversos acuerdos.

En la sesión que tuvo lugar el 20 de octubre de 2021, el tribunal nombrado por la Resolución de la Dirección General de la Función Pública de 21 de septiembre de 2020 (DOG núm. 195, de 25 de septiembre), modificada por las resoluciones de 20 de octubre de 2020 (DOG núm. 218, de 29 de octubre), de 1 de marzo de 2021 (DOG núm. 42, de 3 de marzo) y de 4 de marzo de 2021 (DOG núm. 46, de 9 de marzo), para calificar el proceso selectivo para el ingreso, por el turno de promoción interna, en el cuerpo auxiliar de la Administración general de la Comunidad Autónoma de Galicia, subgrupo C2, convocado por la Orden de la Consellería de Hacienda de 7 enero de 2020 (DOG núm. 21, de 31 de enero),

ACORDÓ:

Primero. Examinada la única alegación presentada al listado de puntuaciones publicado mediante el Acuerdo de este tribunal en 16 de septiembre de 2021 (DOG núm. 187, de 28 de septiembre) y tras realizar la correspondiente comprobación de la hoja de respuestas del aspirante que reclama, en atención a una supuesta discrepancia entre las respuestas contestadas y la puntuación otorgada, procede su desestimación por no corresponderse los hechos alegados con el contenido de la hoja de examen que consta en poder de este tribunal.

Segundo. Declarar exentas de realizar el segundo ejercicio de la fase de oposición del proceso selectivo a todas las personas aspirantes que superaron el primer ejercicio, por haber acreditado el nivel de conocimiento de la lengua gallega requerido en este proceso selectivo ante la Dirección General de Función Pública, al amparo de lo previsto en la base II.1.1.2 de la orden de convocatoria.

Tercero. Declarar finalizada la fase de oposición del proceso selectivo.

De conformidad con lo dispuesto en la base III.13 de la orden de convocatoria, contra este acuerdo se podrá interponer recurso de alzada ante el conselleiro de Hacienda, en los términos previstos en los artículos 121 y 122 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas.

Santiago de Compostela, 2 de noviembre de 2021

Eduardo Suárez Campo
Presidente del tribunal