No siendo posible la práctica de la comunicación a la que se refiere el apartado 2 del artículo 22 de la Ley 3/2007, de 9 de abril, de prevención y defensa contra los incendios forestales, a los titulares de las parcelas que se relacionan a continuación, por causas no imputables a esta Administración, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 44 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, se hace pública la comunicación de gestión de la biomasa.
Ref catastral |
Data notif./ publicación |
Parroquia |
Lugar pol./parcela |
ha afectadas execución subsidiaria |
Liquidación provisional trabajos gestión biomasa |
Fecha constatación incumplimiento |
Persona responsable |
27032A063000210000PT |
17.9.2021 |
Esporiz (San Miguel) |
63/21 |
0,1177 |
198,78 |
2.11.2021 |
Isabel Santalla Gómez |
De conformidad con lo establecido en el artículo 22 de la Ley 3/2007, de 9 de abril, de prevención y defensa contra incendios forestales, los titulares de las parcelas detalladas disponen de un plazo máximo de quince días naturales para proceder a la gestión de la biomasa y retirada de especies arbóreas prohibidas.
Monterroso, 8 de noviembre de 2021
Rocío Seijas Vázquez
Alcaldesa presidenta