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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 218 Viernes, 12 de noviembre de 2021 Pág. 55855

VI. Anuncios

a) Administración autonómica

Consellería de Hacienda y Administración Pública

RESOLUCIÓN de 4 de noviembre de 2021, de la Secretaría General Técnica y del Patrimonio de la Consellería de Hacienda y Administración Pública, por la que se declara a la Comunidad Autónoma de Galicia heredera abintestato de María Romero Rodríguez.

Antecedentes.

Por Resolución de 13 de noviembre de 2020, se acordó la incoación del procedimiento administrativo para la declaración de la Comunidad Autónoma de Galicia como heredera abintestato de María Romero Rodríguez (ABI/2015/0016).

La citada resolución se publicó en el Boletín Oficial del Estado (suplemento número 325, de 14.12.2020), en el Diario Oficial de Galicia (DOG número 247, de 9.12.2020), en la página web de la Consellería de Hacienda y Administración Pública, y fue expuesta en el tablón de anuncios del Ayuntamiento de Santa Comba (A Coruña), del Ayuntamiento de Val do Dubra (A Coruña) y del Ayuntamiento de Santiago de Compostela, por plazo no inferior a un mes.

Constan en el expediente los correspondientes certificados de defunción y últimas voluntades relativos a la persona causante, en los que se acredita su fallecimiento, el 1 de marzo de 2015 en el municipio de Santiago de Compostela y que no había otorgado testamento registrado ni tenía herederos legítimos preferentes. Asimismo, figura igualmente incorporado certificado de su empadronamiento en el Ayuntamiento de Santiago de Compostela, quedando justificada formalmente su vecindad civil gallega.

No se han recibido alegaciones, documentos u otros elementos de juicio que cuestionen la sucesión a favor de la Administración autonómica, lo que corrobora el informe emitido al efecto por la Policía Autonómica de Galicia y las manifestaciones de terceras personas unidas al expediente.

De las consultas efectuadas ante el Catastro Inmobiliario, en el Índice General Informatizado de Fincas y Derechos del Registro de la Propiedad y en el Registro General de Contratos de Seguros de Cobertura de Fallecimiento, así como de la información recabada de diferentes entidades bancarias y por otras fuentes, se determinó, en principio, que al menos forman parte del caudal hereditario de la persona finada los bienes y derechos que se adjudican en el punto segundo de esta resolución, sin perjuicio de la inclusión en la herencia de aquellos otros que se identifiquen con posterioridad a esta declaración como de titularidad de la persona causante.

La Asesoría Jurídica de la Consellería de Hacienda y Administración Pública emitió informe sobre la adecuación y suficiencia de las actuaciones practicadas para la declaración de la Comunidad Autónoma como heredera abintestato de la persona causante.

Fundamentos jurídicos.

Ley 2/2006, de 14 de junio, de derecho civil de Galicia, artículos 267 y siguientes.

Código civil, artículos 657 y siguientes.

Ley 33/2003, de 3 de noviembre, del patrimonio de las administraciones públicas, artículos 20.6, 20 bis y 20 ter.1.

Ley 5/2011, de 30 de septiembre, del patrimonio de la Comunidad Autónoma de Galicia, artículos 4 y 56.

Decreto 94/1999, de 25 de marzo, sobre régimen administrativo de la sucesión intestada a favor de la Comunidad Autónoma de Galicia.

Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas.

Decreto 11/2021, de 21 de enero, por el que se establece la estructura orgánica de la Consellería de Hacienda y Administración Pública, artículos 4 y 7.

Según lo anterior,

RESUELVO:

Primero. Declarar a la Comunidad Autónoma de Galicia única y universal heredera abintestato de María Romero Rodríguez, con DNI 33178120E, entendiéndose legalmente aceptada la herencia a beneficio de inventario.

Segundo. Adjudicar a la Administración autonómica los siguientes bienes y derechos de la herencia identificados:

a) Bienes inmuebles:

– Vivienda en la calle Alexandre Bóveda nº 15, bloque 15, planta primera, puerta D, de Santiago de Compostela, polígono de Vite, con una superficie útil de 74,42 m2. Linda: frente, descanso de la escalera; derecha, calle Alexandre Bóveda; izquierda, piso letra A de la misma planta; y fondo, espacio libre entre los bloques 9 y 10. No constan cargas ni gravámenes.

Referencia catastral: 7789103NH3478H0004RM.

Valor catastral: 30.583,31 euros.

Inscripción registral: Registro de la Propiedad de Santiago de Compostela nº 2, finca nº 11134.

– Monte Parominas, parcela nº 517 de la zona de concentración parcelaria de San Mamede de Bazar, municipio de Santa Comba, de 18.680 m2. Linda: norte, parcela nº 518; sur, camino; este, parcela sobrante nº 516, y oeste, camino. No constan cargas ni gravámenes.

Referencia catastral: 15078A507005170000PZ.

Valor catastral: 283,63 euros.

Inscripción registral: Registro de la Propiedade de Negreira, finca nº 28037.

– Monte y prado Aveira de Mina, parcela nº 682 de la zona de concentración parcelaria de San Mamede de Bazar, municipio de Santa Comba, de 7.690 m2. Linda: norte, parcela nº 681; sur, parcela nº 684; este, parcela nº 683, y oeste, camino. No constan cargas ni gravámenes.

Referencia catastral: 15078A507006820000PU.

Valor catastral: 77,75 euros.

Inscripción registral: Registro de la Propiedad de Negreira, finca nº 34694.

– Monte y terreno no cultivado Cima da Chousa de Antón, parcela nº 705 de la zona de concentración parcelaria de San Mamede de Bazar, municipio de Santa Comba, de 17.100 m2. Linda: norte, parcela nº 706; sur, parcela nº 704; este, parcela nº 707, y oeste, camino. No constan cargas ni gravámenes.

Referencia catastral: 15078A507007050000PJ.

Valor catastral: 259,61 euros.

Inscripción registral: Registro de la Propiedad de Negreira, finca nº 34736.

– Labradío Agra das Bouzas, parcela nº 734 de la zona de concentración parcelaria de San Mamede de Bazar, municipio de Santa Comba, de 2.320 m2. Linda: norte, parcela nº 733; sur, parcela nº 735; este, límite de la parroquia de Vilamaior, y oeste, camino. No constan cargas ni gravámenes.

Referencia catastral: 15078A507007340000PD.

Valor catastral: 199,61 euros.

Inscripción registral: Registro de la Propiedade de Negreira, finca nº 34798.

b) Contratos y otros efectos bancarios:

– Banco Santander, cuenta: 0075 8916 5507 0056 3606.

– Banco Sabadell, cuenta: 0046 0001 2500 0180 5420.

Tercero. Publicar la presente resolución en el Boletín Oficial del Estado, en el Diario Oficial de Galicia y en la página web de la Consellería de Hacienda y Administración Pública, área temática de Patrimonio, Anuncios, que se puede consultar en el siguiente enlace: http://www.conselleriadefacenda.es/areas-tematicas/patrimonio/anuncios

Una copia de esta resolución será remitida para su exposición pública, por plazo no inferior a un mes, en el tablón de anuncios de los ayuntamientos de Santa Comba, Val do Dubra y Santiago de Compostela.

Esta resolución podrá ser recurrida por infracción de las normas sobre competencia y procedimiento mediante recurso de alzada, en el plazo de un mes, ante el conselleiro de Hacienda y Administración Pública, de conformidad con los artículos 112.1, 114 y 121 y siguientes de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas.

Los que se consideren perjudicados en cuanto a su mejor derecho a la herencia o en otros derechos de carácter civil por esta declaración o por la adjudicación de bienes a favor de la Comunidad Autónoma de Galicia que se contiene en esta resolución, podrán ejercer las acciones pertinentes ante el órgano de la jurisdicción civil correspondiente.

Santiago de Compostela, 4 de noviembre de 2021

Jorge Atán Castro
Secretario general técnico y del Patrimonio
de la Consellería de Hacienda y Administración Pública