En cumplimiento de lo dispuesto en la Ley 24/2013, de 26 de diciembre, del sector eléctrico; en el Real decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, por el que se regulan las actividades de transporte, distribución, comercialización, suministro y procedimientos de autorización de instalaciones de energía eléctrica; en la Ley 21/2013, de 9 de diciembre, de evaluación ambiental; en la Ley 1/2021, de 8 de enero, de ordenación del territorio de Galicia; y en el artículo 33 de la Ley 8/2009, de 22 de diciembre, por la que se regula el aprovechamiento eólico en Galicia y se crea el canon eólico y el Fondo de Compensación Ambiental, modificada por la Ley 5/2017, de 19 de octubre, de fomento de la implantación de iniciativas empresariales en Galicia, y por la Ley 9/2021, de 25 de febrero, de simplificación administrativa y de apoyo a la reactivación económica de Galicia, y en las demás normas vigentes de aplicación, se somete a información pública la solicitud relacionada con las instalaciones que se describen a continuación:
• Solicitante: Greenalia Wind Power Campos Vellos, S.L.U.; CIF: B70598693.
• Denominación del proyecto: parque eólico Campos Vellos.
• Ayuntamientos afectados: Boborás y Beariz (Ourense).
• Potencia que se va a instalar: 30 MW.
• Número de aerogeneradores: 6 x 5 MW de potencia nominal unitaria.
• Producción neta anual estimada: 103.303 MWh/año.
• Presupuesto total (ejecución material): 23.285.545,51 €.
• Localización: (coordenadas UTM, huso 29 ETRS89).
Coordenadas que definen la poligonal del parque eólico:
Vértice |
UTM-X |
UTM-Y |
1 |
561.136 |
4.705.342 |
2 |
560.792 |
4.704.298 |
3 |
561.352 |
4.700.751 |
4 |
562.351 |
4.699.359 |
5 |
564.350 |
4.701.267 |
6 |
564.374 |
4.704.340 |
7 |
563.535 |
4.705.048 |
Esta poligonal ocupa un total de 1.589,5 ha.
Las coordenadas previstas en proyecto para los aerogeneradores y para el centro de seccionamiento y control (CSC) son:
UTM-X |
UTM-Y |
|
AE 01 |
563.754 |
4.703.391 |
AE 02 |
563.693 |
4.703.010 |
AE 03 |
563.798 |
4.702.560 |
AE 04 |
562.797 |
4.701.405 |
AE 05 |
563.070 |
4.701.278 |
AE 06 |
562.454 |
4.700.262 |
CSC |
583.780 |
4.703.305 |
Las coordenadas previstas en proyecto para la torre anemométrica son:
Torre |
UTM-X |
UTM-Y |
Torre anemométrica |
563.649 |
4.703.748 |
Características técnicas recogidas en el proyecto:
– 6 aerogeneradores modelo SG 145 de 5 MW de potencia unitaria del fabricante Siemens Gamesa, con una altura de buje de 102,5 m, diámetro de rotor de 145 m, con sus correspondientes centros de transformación, situados en la propia góndola de los aerogeneradores, con potencia unitaria de 5.000 kVA y relación de transformación de 0,69/30 kV.
– Red eléctrica enterrada a 30 kV, de interconexión entre los centros de transformación de los aerogeneradores y el centro de seccionamiento y control (CSC), compuesta por tres circuitos con conductores tipo RHZ1-OL 18/30 kV de sección 240 mm2: el circuito 1 para la interconexión de los aerogeneradores AE 04, AE 05 y AE 06, circuito 2 para los AE 03 y AE 02, el circuito 3 para el AE 01.
– Centro de seccionamiento y control (CSC) del parque, PFU en envolvente de hormigón monobloque, con celdas de entrada y salida de línea a 30 kV, de protección con interruptor automático Inom 1250 A, y de medida de tensión, así como un centro de transformación para SSAA, de 50 kVA R/T: 30/0,4 kV, con las correspondiente protecciones. Equipos de control del parque compuesto por PC y software tipo Scada para la supervisión local y remota de instalaciones y de equipo de medida y facturación.
– Red eléctrica enterrada a 30 kV, de interconexión entre CSC y la subestación colectora prevista anexa la subestación Beariz 400 kV, compuesta por dos ternas con conductores tipo RHZ1-OL 18/30 kV de sección 400 mm2.
El objeto de la información pública será la autorización administrativa previa, la declaración de utilidad pública, en concreto, la necesidad de urgente ocupación que eso implica, la autorización administrativa de construcción, el proyecto sectorial de incidente supramunicipal y el estudio de impacto ambiental de las instalaciones. La declaración de utilidad pública llevará implícita, de acuerdo con el artículo 56 de la Ley 24/2013, de 26 de diciembre, del sector eléctrico, la necesidad de la urgente ocupación a los efectos de la expropiación forzosa de los bienes y derechos afectados necesarios para el establecimiento de estas instalaciones.
Documentación que se expone:
1. El proyecto de ejecución (firmado electrónicamente 9.2.2021).
2. La relación concreta e individualizada de los propietarios de bienes y de derechos afectados (RBDA-octubre 2021).
3. Planos parcelarios (RBDA-octubre 2021).
4. El estudio de impacto ambiental (EIA) (revisión de febrero de 2021).
5. El proyecto sectorial de incidencia supramunicipal (firmado electrónicamente el 9.2.2021).
Lo que se hace público, de conformidad con el artículo 33.10 de la Ley 8/2009, de 22 de diciembre, por la que se regula el aprovechamiento eólico en Galicia y se crea el canon eólico y el Fondo de Compensación Ambiental, para el conocimiento general, así como, en particular, de los propietarios de las fincas que figuran en las relaciones anexas a este acuerdo, y de las personas que, siendo titulares de derechos reales o intereses económicos sobre los bienes afectados, fuesen omitidas, para que puedan examinar la documentación técnica anteriormente relacionada y, en su caso, presentar las alegaciones u observaciones que consideren oportunas dentro del plazo de treinta (30) días, que se contará a partir del día siguiente al de la última publicación de este acuerdo.
Toda la documentación se puede examinar en esta Jefatura Territorial de la Vicepresidencia Segunda y Consellería de Economía, Empresa e Innovación en Ourense, calle Curros Enríquez, nº 1, 32003 Ourense, y en el siguiente enlace web de la consellería:
https://ceei.xunta.gal/transparencia/informacion-publica/en-tramitacion/instalacions-de-xeracion
La documentación sometida a información pública estará también disponible, durante el plazo señalado, en las dependencias de la Jefatura Territorial de Ourense de la Consellería de Medio Ambiente, Territorio y Vivienda.
Ourense, 10 de octubre de 2021
Pablo Fernández Vila
Jefe territorial de Ourense