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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 212 Jueves, 4 de noviembre de 2021 Pág. 53944

III. Otras disposiciones

Escuela Gallega de Administración Pública

RESOLUCIÓN de 27 de octubre de 2021 por la que se convoca el Curso de inspección de servicios sociales.

Conforme a los fines que le asigna a la Escuela Gallega de Administración Pública la normativa que la regula (Ley 4/1987, de 27 de mayo, de creación de la Escuela Gallega de Administración Pública, modificada por la Ley 10/1989, de 10 de julio),

RESUELVO:

Convocar el Curso de inspección de servicios sociales, de acuerdo con las bases que se indican a continuación:

Primera. Objetivos

El control eficiente del cumplimiento de la normativa vigente en los centros de servicios sociales resulta esencial dada la incidencia y relevancia que el desarrollo de estas actividades tiene en sus usuarios/as, teniendo en cuenta sus condiciones de especial vulnerabilidad y necesaria protección.

La actividad diaria del personal de inspección de servicios sociales relacionada con el control del cumplimiento de la normativa en los centros prestadores de servicios sociales requiere información respecto al valor jurídico de las actas de inspección, el procedimiento administrativo sancionador, los traslados de información al Ministerio Fiscal o a otros organismos, la interpretación de la norma, etc.

Esta actividad pretende dar a conocer y clarificar los diversos aspectos del desarrollo de la actividad inspectora para lo cual el personal docente facilitará la participación activa del alumnado en la exposición de dudas, el fomento del debate y la exposición de casos prácticos.

Segunda. Contenidos

El curso se desarrollará a lo largo de cuatro jornadas. En cada una de las jornadas se impartirán cuatro horas de formación que tratarán los siguientes temas:

1. Actas de inspección. Procedimiento administrativo sancionador.

2. Ley 8/2021, de 2 de junio, por la que se reforma la legislación civil y procesal para el apoyo a las personas con discapacidad en el ejercicio de su capacidad jurídica. Ley orgánica 8/2021, de 4 de junio, de protección integral a la infancia y a la adolescencia frente a la violencia.

3. Aspectos sanitarios de los centros de servicios sociales. Medidas de sujeción física y química. Contenidos mínimos de la prescripción. Abusos.

4. La relación entre ética y derecho.

Tercera. Personas destinatarias

Este curso está dirigido al personal inspector de servicios sociales de la Administración autonómica de la Comunidad Autónoma de Galicia, en situación de servicio activo o asimilada.

De no cubrirse todas las plazas por el personal inspector de servicios sociales, podrá participar otro personal empleado público de la Administración autonómica que acredite documentalmente la realización de tareas vinculadas a la autorización e inspección de servicios sociales.

Cuarta. Desarrollo

Lugar: Escuela Gallega de Administración Pública (EGAP), calle Madrid, 2-4, Santiago de Compostela.

Fechas: los días 15, 16, 22 y 23 de noviembre de 2021.

Horario: de mañana.

Duración: 16 horas lectivas.

Quinta. Número de plazas

Veinte (20).

Sexta. Inscripción

1. La inscripción en esta actividad formativa sólo podrá realizarse por vía telemática accediendo a la dirección https://egap.xunta.gal/matricula. Las solicitudes se entenderán presentadas una vez se complete correctamente el proceso de matriculación.

2. Antes de formalizar su inscripción en esta actividad, todas las personas deberán introducir o actualizar los datos de su área de matrícula, de acuerdo con las personas destinatarias y requisitos de selección establecidos en la bases tercera y octava respectivamente.

3. Las personas que oculten o falseen datos esenciales para la selección serán automáticamente excluidas de la actividad solicitada y pasarán al final de los listados de todas las actividades formativas que soliciten y cuyo plazo de matrícula comience dentro del año siguiente contado desde que se detecte el hecho.

4. Las personas interesadas deberán seleccionar primero el área en la que está integrada esta actividad (Régimen jurídico y actividad financiera de las administraciones públicas) y después seleccionar en «nombre del curso» el Curso de inspección de servicios sociales.

5. El plazo para la inscripción en esta actividad estará abierto desde las 8.00 horas del día siguiente a la publicación de esta resolución en el Diario Oficial de Galicia hasta las 23.55 horas del día 8 de noviembre de 2021.

Podrá obtenerse cualquier otra información, desde las 8.30 horas hasta las 14.30 horas, en los teléfonos 981 54 62 39 y 981 54 62 41.

Séptima. Comprobación de datos

1. Para la tramitación del procedimiento se consultarán los datos de las personas interesadas necesarios para realizar el proceso de selección de esta actividad formativa.

2. En caso de que las personas interesadas se opongan a esta consulta deberán enviar un correo electrónico a novas.egap@xunta.gal con la indicación expresa a este respecto, en el que deberán adjuntar la documentación que acredite la Administración a la que pertenezcan, su situación administrativa y el tipo de personal.

3. Excepcionalmente, en caso de que alguna circunstancia imposibilite la obtención de los citados datos, se podrá solicitar a las personas interesadas la presentación de los documentos correspondientes.

4. La presentación de la solicitud comportará la autorización de la persona solicitante al órgano gestor para pedir las certificaciones necesarias para realizar la selección de acuerdo con los criterios de la EGAP.

Octava. Criterios de selección

El orden de admisión vendrá determinado por la preferencia establecida en la base tercera de esta resolución.

Teniendo en cuenta esta preferencia, el orden de admisión vendrá determinado por la fecha y hora de presentación de las solicitudes.

Novena. Publicación de los listados del alumnado seleccionado

La EGAP publicará en la dirección <https://egap.xunta.gal> una relación de las personas seleccionadas, así como un número adecuado de reservas, en caso de que el número de solicitudes recibidas fuese superior al número de plazas, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 45.1.b) de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas (BOE núm. 236, de 2 de octubre).

Se entenderá que las personas que no figuren en ninguna de las relaciones fueron excluidas por alguna de las razones expresadas en las bases de la convocatoria, ocupan un puesto más alejado en el listado de espera o están excluidas de acuerdo con lo dispuesto en el ordinal segundo, punto 6º, de la Resolución de 4 de enero de 2008 por la que se actualizan los criterios de participación en las actividades formativas de la Escuela Gallega de Administración Pública (DOG núm. 7, de 10 de enero).

Décima. Cambios o sustituciones en la selección, renuncia y asistencia

1. En ningún caso serán admitidos cambios o sustituciones entre las personas seleccionadas.

2. Renuncia:

a) Las personas seleccionadas sólo podrán renunciar a la actividad formativa:

• Por causa de fuerza mayor suficientemente acreditada.

• Por necesidades del servicio debidamente motivadas por parte de las personas responsables de los centros directivos.

• Por razones de conciliación familiar.

• Por otras causas justificadas documentalmente.

b) La renuncia deberá ser comunicada enviando un correo electrónico a novas.egap@xunta.gal, con una antelación mínima de tres días anteriores al inicio de esta actividad formativa, sin perjuicio de lo previsto en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas (BOE de 2 de octubre). En la página web de la Escuela estará disponible un modelo de renuncia.

c) Las personas que incumplan lo previsto en las letras a) y b) pasarán al final de los listados de espera de todas las actividades formativas que soliciten y cuyo plazo de matrícula comience dentro del año siguiente contado a partir del día de la finalización de esta actividad.

3. Asistencia y puntualidad:

a) Serán obligatorias la asistencia a las sesiones de la actividad formativa y la puntualidad.

b) Durante la actividad formativa se realizarán controles de asistencia y puntualidad.

c) Las faltas de asistencia:

1º. No pueden superar en ningún caso el 10 % de las horas lectivas presenciales. En todo caso, las faltas de asistencia deberán justificarse documentalmente ante las personas responsables de la actividad formativa en un plazo máximo de 10 días contados a partir del día de la finalización de esta actividad. Las personas que incumplan lo especificado anteriormente perderán el derecho al certificado de asistencia de esta actividad formativa.

2º. Aquellas personas cuyas faltas de asistencia superen el 50 % de las horas lectivas pasarán al final de los listados de espera de todas las actividades formativas que soliciten y cuyo plazo de matrícula comience dentro del año siguiente contado a partir del día de la finalización de estas actividades.

Decimoprimera. Certificado de asistencia oficial

Al final de esta actividad se emitirá un certificado electrónico de asistencia, descargable desde el área de matrícula (https://egap.xunta.gal/matricula/), a aquellas personas inscritas que hubiesen participado asiduamente y siempre que su asistencia hubiese sido igual o superior al 90 % de las horas lectivas programadas. Este documento estará firmado electrónicamente por la EGAP e incluirá, de forma expresa, el contenido, la carga lectiva, la fecha y el lugar de realización de la actividad, así como un código de verificación electrónica (CVE) para contrastar su autenticidad.

Decimosegunda. Facultades de la EGAP

1. La EGAP se reserva la facultad de interpretar y de resolver las incidencias que puedan surgir en el desarrollo de esta actividad, así como la facultad de cancelarla si el escaso número de solicitudes no justificase su realización, en cuyo caso se emplearán los medios de notificación a las personas interesadas previstos en la normativa vigente.

2. La EGAP garantizará en la acción derivada de esta convocatoria la promoción de la igualdad real y efectiva entre mujeres y hombres, la eliminación de cualquier tipo de discriminación y el fomento de los derechos de conciliación.

Santiago de Compostela, 27 de octubre de 2021

Sonia Rodríguez-Campos González
Directora de la Escuela Gallega de Administración Pública