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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 210 Martes, 2 de noviembre de 2021 Pág. 53359

III. Otras disposiciones

Escuela Gallega de Administración Pública

RESOLUCIÓN de 26 de octubre de 2021 por la que se convoca el curso Actuación y funcionamiento de la Administración local por medios electrónicos para personal del Ayuntamiento de Pontevedra.

De acuerdo con el Convenio de colaboración suscrito entre la Escuela Gallega de Administración Pública (en adelante, EGAP) y el Ayuntamiento de Pontevedra para la organización del curso Actuación y funcionamiento de la Administración local por medios electrónicos,

RESUELVO:

Convocar el curso que figura en el anexo II, que deberá desarrollarse según las bases detalladas en el anexo I.

Santiago de Compostela, 26 de octubre de 2021

Sonia Rodríguez-Campos González
Directora de la Escuela Gallega de Administración Pública

ANEXO I

Primera. Requisitos del personal participante

Podrá participar en la acción formativa convocada en esta resolución el personal directivo, personal funcionario o laboral de la Administración local con habilitación de carácter nacional, personal de la escala de Administración general y personal de la escala Administración especial del Ayuntamiento de Pontevedra con un puesto de trabajo que tenga relación con la materia impartida, que se encuentre en situación de servicio activo (incluido permiso por maternidad o del progenitor distinto de la madre biológica por nacimiento, adopción o acogimiento o excedencia por el cuidado de un/una hijo/a o familiar) y que reúna los requisitos establecidos en esta convocatoria y para cada uno de los casos en el anexo II.

Segunda. Desarrollo de las actividades de formación

La actividad formativa se realizará con los requerimientos, la duración y las condiciones que para estas actividades se indiquen en la convocatoria. La información relativa al desarrollo de la actividad, así como a sus posibles modificaciones, será actualizada y ampliada en la página web <https://egap.xunta.gal>

Tercera. Solicitudes y plazos

1. El plazo de presentación de solicitudes será desde el día siguiente al de la publicación de esta resolución en el Diario Oficial de Galicia y hasta el 8 de noviembre de 2021.

2. Las solicitudes de participación en las actividades formativas solo podrán realizarse mediante el formulario de matrícula telemática disponible en la dirección <https://egap.xunta.gal/matricula> desde las 8.00 horas de la fecha de inicio del plazo de presentación de solicitudes y hasta las 23.55 horas de la fecha de finalización. Las solicitudes se entenderán presentadas una vez que se complete correctamente el proceso de matriculación.

3. Serán excluidas automáticamente aquellas solicitudes que no se ajusten al formulario de solicitud, no tengan cubiertos correctamente los datos precisos para la realización del proceso de selección o sean presentadas fuera de plazo.

4. Las personas que oculten o falseen datos esenciales para la selección serán automáticamente excluidas de las actividades solicitadas y pasarán al final de las listas de todas las actividades formativas que soliciten y cuyo plazo de matrícula comience dentro del año siguiente contado desde que se detecte el hecho.

5. Las personas interesadas en recibir mensajes sobre el proceso de selección deberán facilitar una dirección de correo electrónico y/o un número de teléfono móvil y al tratarse de una actividad impartida en la modalidad de telepresencia deberán disponer de un equipo informático que cumpla los siguientes requisitos técnicos:

– Un ordenador con conexión a internet.

– Un navegador web actualizado.

Para las actividades impartidas en la modalidad de telepresencia contarán además con un manual de usuario en la página web de la EGAP en el siguiente enlace <https://egap.xunta.gal/formulariosrecursos> donde se indicará cómo acceder a esta plataforma de telepresencia y los componentes que el equipo necesita para un funcionamiento básico de la plataforma.

6. En la actividad impartida en la modalidad de telepresencia la presentación de la solicitud para participar en esta comportará el consentimiento de la persona interesada para la grabación de las sesiones en la plataforma de telepresencia. Esta grabación tendrá por único fin el de poder ser empleadas por el alumnado del curso como recurso formativo y para la resolución de posibles reclamaciones.

Únicamente podrá acceder a las sesiones el personal docente y el alumnado del curso así como personal de la EGAP autorizado con los fines previstos por la normativa vigente en materia de protección de datos.

Las grabaciones serán borradas una vez que finalice el curso con las únicas excepciones que estén previstas en la normativa vigente en materia de protección de datos.

7. Las personas que necesiten acreditar circunstancias específicas (discapacidad, permiso de maternidad, etc.) de acuerdo con los criterios de selección podrán remitirle a la EGAP la correspondiente documentación complementaria, junto con una copia del formulario de la matrícula, a la dirección de correo electrónico <xestion.egap@xunta.gal>, sin perjuicio de lo previsto en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas (BOE número 236, de 2 de octubre). Dicha documentación deberá enviarse por una única de las vías indicadas; en caso contrario, solo serán considerados los datos recibidos por correo electrónico. La documentación deberá presentarse dentro del plazo señalado en el apartado 1 de esta base.

8. La EGAP adoptará las medidas necesarias para facilitar la presentación de las solicitudes. Las dudas, las dificultades técnicas y las peticiones de información complementaria serán atendidas a través de los números de teléfono 981 54 62 57 y 981 54 63 35 y de la dirección de correo electrónico <xestion.egap@xunta.gal> en horario de atención al público (de 9.00 a 14.00 horas).

Cuarta. Comprobación de datos

1. Para la tramitación del procedimiento se consultarán automáticamente los datos de las personas interesadas necesarios para realizar el proceso de selección de las actividades formativas.

2. En caso de que las personas interesadas se opongan a esta consulta deberán indicarlo expresamente y enviar los documentos que indiquen su situación administrativa, tipo de personal y antigüedad en la Administración.

3. Excepcionalmente, en caso de que alguna circunstancia imposibilitara la obtención de los citados datos, se podrá solicitar a las personas interesadas la presentación de los documentos correspondientes.

4. La presentación de la solicitud comportará la autorización de la persona solicitante al órgano gestor para pedir las certificaciones necesarias para realizar la selección de acuerdo con los criterios de la EGAP.

Quinta. Criterios de selección

Los criterios que serán empleados son los señalados con carácter general en la Resolución de la EGAP de 4 de enero de 2008 (DOG número 7, de 10 de enero).

A efectos de lo previsto en el punto segundo de la citada resolución, el baremo que se empleará para la selección se establece sobre una base de 100 puntos, de los que el 60 % estará vinculado al número de horas de formación recibidas en los dos últimos años y el 40 % restante a la antigüedad en la Administración.

Los empates se desharán de acuerdo con el resultado del sorteo al que se refiere el artículo 9 del Reglamento de selección de personal de la Administración de la Comunidad Autónoma de Galicia, aprobado por el Decreto 95/1991, de 20 de marzo (DOG número 58, de 25 de marzo). Para el año 2021, según la Resolución de la Consellería de Hacienda y Administración Pública de 29 de enero (DOG número 24, de 5 de febrero), se comenzará por la letra Y.

Sexta. Publicación de las relaciones del alumnado seleccionado

1. La EGAP publicará en la dirección <https://egap.xunta.gal> una relación de las personas seleccionadas para participar en dicho curso, así como un número adecuado de reservas de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 45.1.b) de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas (BOE número 236, de 2 de octubre).

El plazo de presentación de alegaciones será de diez días desde su publicación de acuerdo con el artículo 68.1 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas.

Se entenderá que las personas que no figuren en la relación fueron excluidas por alguna de las razones expresadas en las bases de la convocatoria u ocupan un puesto más alejado en el listado de espera.

2. Transcurrido el plazo de alegaciones, la EGAP publicará en la dirección <https://egap.xunta.gal> el listado definitivo de personas admitidas en el curso. Contra este listado se podrá interponer recurso de alzada en el plazo de un mes desde dicha publicación, de acuerdo con lo dispuesto por los artículos 112.1, 121 y 122 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas.

Séptima. Cambios o sustituciones en la selección. La renuncia. La asistencia y el seguimiento de la actividades formativas

1. Los cambios o las sustituciones en la selección:

En ningún caso serán admitidos cambios o sustituciones entre las personas seleccionadas.

2. La renuncia:

a) Las personas seleccionadas solo podrán renunciar a la actividad formativa:

– Por causa de fuerza mayor suficientemente acreditada.

– Por necesidades del servicio debidamente motivadas por parte de los/las responsables de los centros directivos.

– Por razones de conciliación familiar.

– Por otras causas justificadas documentalmente.

b) La renuncia debe ser comunicada por escrito a la EGAP con una antelación de tres días anteriores al inicio de la actividad formativa. En la página web de la escuela está disponible un modelo de renuncia.

Para esto se podrá utilizar, además de lo previsto en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas (BOE número 236, de 2 de octubre), la dirección de correo electrónico <xestion.egap@xunta.gal>.

Las personas que incumplan lo previsto en los apartados a) y b) pasarán al final de los listados de espera de todas las actividades formativas que soliciten y cuyo plazo de matrícula comience dentro del año siguiente contado a partir del día de la finalización de esta actividad.

3. La asistencia y el seguimiento de las actividades de telepresencia.

a) Es obligatoria la asistencia a las sesiones de la actividad formativa y la puntualidad.

b) Durante la actividad formativa tendrá lugar un control permanente de asistencia y puntualidad, incluidos controles extraordinarios.

c) Las faltas de asistencia:

1. No pueden superar en ningún caso el 10 % de las horas lectivas presenciales. En todo caso, las faltas de asistencia deberán justificarse documentalmente ante las personas responsables de la actividad formativa en un plazo máximo de 10 días contados a partir del día de la finalización de esta actividad. Las personas que incumplan lo dicho anteriormente perderán el derecho al certificado de participación en la actividad formativa.

2. Aquellas personas cuyas faltas de asistencia superen el 50 % de las horas lectivas presenciales, pasarán al final de los listados de espera de todas las actividades formativas que soliciten y cuyo plazo de matrícula comience dentro del año siguiente contado a partir del día de la finalización de esta actividad.

Octava. Superación de la actividad formativa

Para poder superar la actividad es necesario cumplir una serie de requisitos obligatorios en su totalidad:

– La asistencia a un mínimo del 90 % de la duración de la actividad.

– La superación de las pruebas de evaluación que a los efectos se establezcan. Para superar las pruebas de evaluación, los/las alumnos/as deberán responder de forma correcta a un 50 % de las preguntas de la prueba. Las respuestas incorrectas no descontarán aciertos. Las fechas, el horario y el lugar de realización de la prueba final será el indicado en el anexo II.

Novena. Certificados

Para la obtención del certificado de aprovechamiento el alumnado deberá obtener la evaluación positiva de su profesorado, el cual emitirá un informe en que declare apto/a o no apto/a cada alumno/a en función del resultado de la prueba de evaluación.

Décima. Facultades de la EGAP y del Ayuntamiento de Pontevedra

1. La EGAP y el Ayuntamiento de Pontevedra podrán modificar el desarrollo, las fechas y los lugares de la actividad formativa, así como resolver todas las contingencias que puedan surgir.

2. En el supuesto de que el número de admitidos/as sea inferior al 50 % de las plazas convocadas, la EGAP y el Ayuntamiento de Pontevedra se reservan el derecho a suspender o cancelar la actividad, caso en el que se emplearán los medios de notificación a las personas interesadas previstos en la normativa vigente.

3. La EGAP y el Ayuntamiento de Pontevedra garantizarán en la totalidad de las actividades derivadas de esta convocatoria la promoción de la igualdad real y efectiva entre mujeres y hombres, la eliminación de cualquier tipo de discriminación y el fomento de los derechos de conciliación.

ANEXO II

Código: CV21089.

Actuación y funcionamiento de la Administración local por medios electrónicos.

1. Objetivos.

Formar al personal del Ayuntamiento de Pontevedra en las principales novedades introducidas por el Real decreto 203/2021, de 30 de marzo, de actuación y funcionamiento del sector público. Formar a este personal en materia de Administración electrónica, transparencia y protección de datos, actualizando y perfeccionando sus conocimientos para su aplicación en sus puestos de trabajo.

2. Destinatarios/as.

El curso va dirigido al personal directivo, personal funcionario o laboral de la Administración local con habilitación de carácter nacional, personal de la escala de Administración general y personal de la escala de Administración especial del Ayuntamiento de Pontevedra con un puesto de trabajo que tenga relación con la materia impartida.

3. Desarrollo.

Modalidad: telepresencia.

Duración: 24 horas.

Ediciones: una.

Fechas: de 15 de noviembre al 1 de diciembre de 2021.

Prueba final en línea: el día 1 de diciembre a las 19.00 horas.

Plazas: 70.

4. Contenido.

– Análisis de las principales novedades introducidas por el Real decreto 203/2021, de 30 de marzo, de actuación y funcionamiento del sector público.

– Instrumentos de administración electrónica I (PAGe, Carpeta ciudadana, SIR, SIA, DIR3,...). Herramientas disponibles para las entidades locales en el centro de transferencia de tecnología.

– Las oficinas de asistencia en materia de registros. Apoderamientos y representación. Las copias y el Registro de funcionarios habilitados.

– Sistemas de identificación y firma electrónicas. Identificación y firma electrónica de la ciudadanía, de las administraciones públicas y del personal empleado público. Actuación administrativa automatizada.

– Instrumentos de administración electrónica II (Intercambio de datos entre AA.PP., Plataforma de intermediación de datos). Herramientas disponibles para las entidades locales en el centro de transferencia de tecnología.

– Esquema Nacional de Interoperabilidad, Esquema Nacional de Seguridad.

– Transparencia y buen gobierno: el acceso de la ciudadanía a la información en las entidades locales. Supuestos conflictivos.

– Protección de datos y administración electrónica: principales puntos de conflicto.

5. Valoración.

A efectos de lo establecido en la Resolución del INAP de 26 de octubre de 1994 (BOE número 267, de 8 de noviembre, y corrección, BOE número 311, de 29 de diciembre), por la que se establecen los criterios de reconocimiento y valoración de los cursos de la Administración local en cumplimiento de lo establecido en la Orden del Ministerio para las administraciones públicas de 10 de agosto de 1994, a este curso se le otorgará una puntuación de 0,40 puntos.

A efectos de lo establecido en el Decreto 49/2009, de 26 de febrero (DOG número 52, de 16 de marzo, corrección, DOG número 77, de 22 de abril) sobre el ejercicio de las competencias de la Comunidad Autónoma de Galicia respeto de los/las funcionarios/as con habilitación de carácter estatal, a este curso se le otorgará una puntuación de 0,30 puntos.