En cumplimiento de lo dispuesto en la Ley 8/2009, de 22 de diciembre, por la que se regula el aprovechamiento eólico en Galicia y se crean el canon eólico y el Fondo de Compensación Ambiental, modificada por la Ley 5/2017, de 19 de octubre, de fomento de la implantación de iniciativas empresariales en Galicia, y por la Ley 9/2021, de 25 de febrero, de simplificación administrativa y de apoyo a la reactivación económica de Galicia; en la Ley 24/2013, de 26 de diciembre, del sector eléctrico, y en el Real decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, por el que se regulan las actividades de transporte, distribución, comercialización, suministro y procedimientos de autorización de instalaciones de energía eléctrica; en la Ley 21/2013, de 9 de diciembre, de evaluación ambiental; en la Ley 1/2021, de 8 de enero, de ordenación del territorio de Galicia, y demás normas vigentes de aplicación, se somete a información pública la solicitud relacionada con la instalación que se describe a continuación:
Solicitante/promotora: Norvento, S.L.U. (CIF B-27210285).
Domicilio social: c/ Ramón María Aller Ulloa, nº 23, 27003 Lugo.
Denominación del proyecto: parque eólico Bretoña.
Situación: ayuntamientos de Riotorto, A Pastoriza y Mondoñedo (Lugo).
Áreas de desarrollo eólico (ADE): Carracedo.
Potencia instalada: 3 MW.
Número de aerogeneradores que se van a instalar: 1
Producción neta anual estimada: 13.277 MW h/año.
Presupuesto total (ejecución material): 2.180.841,30 €.
Coordenadas perimétricas de la poligonal del parque eólico:
Vértice |
ETRS89 H29 |
|
UTM-X |
UTM-Y |
|
1 |
636.175,27 |
4.803.836,52 |
2 |
635.335,28 |
4.802.676,51 |
3 |
637.065,29 |
4.802.416,53 |
4 |
637.065,29 |
4.802.769,03 |
5 |
636.835,12 |
4.802.769,03 |
6 |
636.425,28 |
4.802.976,52 |
Coordenadas de emplazamiento del aerogenerador:
Aerogenerador |
ETRS89 H29 |
|
UTM-X |
UTM-Y |
|
BR01 |
636.789 |
4.802.640 |
Coordenadas de la envolvente de la subestación existente del parque eólico Carracedo:
Subestación |
ETRS89 H29 |
|
UTM-X |
UTM-Y |
|
1 |
635.713,38 |
4.802.795,92 |
2 |
635.753,02 |
4.802.813,43 |
3 |
635.775,99 |
4.802.801,16 |
4 |
635.778,01 |
4.802.796,59 |
5 |
635.773,82 |
4.802.766,87 |
6 |
635.737,76 |
4.802.750,94 |
7 |
635.729,11 |
4.802.760,30 |
Características técnicas principales de las instalaciones:
– 1 aerogenerador de 3.000 kW de potencia nominal unitaria, de 82 m de altura de buje, 136 m de diámetro de rotor y 150 m de punta de pala.
– 1 centro de transformación de 4.000 kVA de potencia nominal unitaria y relación de transformación 0,65/30 kV, instalado en el interior de la góndola del aerogenerador, con su correspondiente equipamiento de seccionamiento, maniobra y protección.
– Red de media tensión subterránea para evacuación de energía a 30 kV, de interconexión entre el centro de transformación del aerogenerador 0,65/30 kV y la subestación transformadora existente 30/132 kV, compuesta por 1 circuito con conductor tipo RHZ1-OL 18/30 kV 1×95 K Al+H16.
– Ampliación de la subestación transformadora del parque eólico Carracedo 30/132 kV, para evacuación de la energía producida en el parque eólico, consistente en la ampliación de las celdas normalizadas de distribución primaria para protección del PE Bretoña, modificaciones en los ajustes de protecciones e instalación de nuevos equipos de medida fiscal.
– Obra civil consistente en caminos de acceso al aerogenerador, cimentaciones, plataforma del aerogenerador y zanjas de cableado.
Órgano competente: el órgano competente para autorizar el proyecto de la referida instalación eléctrica es la Dirección General de Planificación Energética y Recursos Naturales.
Procedimiento de evaluación ambiental: el proyecto de la referida instalación eléctrica está sujeto a la evaluación de impacto ambiental ordinaria, según lo establecido en el artículo 7.1.a) de la Ley 21/2013, de 9 de diciembre, de evaluación ambiental.
Objeto de la información pública:
– Proyecto de ejecución (de diciembre de 2020) de las instalaciones a efectos de su autorización administrativa previa y de construcción, y declaración de utilidad pública, en concreto, que llevará implícita, de acuerdo con el artículo 56.1 de la Ley 24/2013, de 26 de diciembre, del sector eléctrico, la necesidad de urgente ocupación, a efectos del artículo 52 de la Ley de 16 de diciembre de 1954, de expropiación forzosa.
– Relación concreta e individualizada de los bienes y derechos afectados y planos de parcelario (septiembre de 2021).
– Estudio de impacto ambiental (de julio de 2021) y estudio del impacto sobre el patrimonio cultural (julio de 2020).
– Proyecto sectorial de incidencia supramunicipal (de interés autonómico, de diciembre de 2020).
Lo que se hace público, de conformidad con el artículo 33 de la Ley 8/2009, de 22 de diciembre, por la que se regula el aprovechamiento eólico en Galicia y se crea el canon eólico y el Fondo de Compensación Ambiental y demás normas anteriormente citadas, para conocimiento general, así como, en particular, de los/las propietarios/as de las fincas que figuran en la relación anexa a este acuerdo, y de las personas que, siendo titulares de derechos reales o intereses económicos sobre los bienes afectados, fuesen omitidas, para que puedan examinar la documentación técnica anteriormente relacionada y, en su caso, presentar las alegaciones u observaciones que estimen oportunas dentro del plazo de treinta (30) días, que se contarán a partir del día siguiente al de la última publicación de este acuerdo.
La documentación estará a disposición de las personas interesadas en formato electrónico, en las dependencias de la Sección de Energía de la Jefatura Territorial de Lugo de la Vicepresidencia Segunda y Consellería de Economía, Empresa e Innovación (ronda de la Muralla, núm. 70, bajo 2º, 27071 Lugo, de 9.00 a 14.00 horas, de lunes a viernes, con cita previa en el correo electrónico enerxia.lugo@xunta.gal o en los teléfonos 982 29 46 54 y 982 88 90 87, así como en los ayuntamientos de Riotorto, A Pastoriza y Mondoñedo (Lugo).
Además, se podrá consultar en el portal web de la Vicepresidencia Segunda y Consellería de Economía, Empresa e Innovación a través del siguiente enlace:
https://ceei.xunta.gal/transparencia/parque-eolico/bretona
El estudio de impacto ambiental estará también disponible, durante el mismo plazo, en la Jefatura Territorial de Lugo de la Consellería de Medio Ambiente, Territorio y Vivienda.
Lugo, 30 de septiembre de 2021
Gustavo José Casasola de Cabo
Jefe territorial de Lugo