Visto el expediente para otorgamiento de la autorización administrativa previa y de construcción de la instalación eléctrica que a continuación se cita:
Solicitante: Gain Agencia de Innovación.
Domicilio social: calle Airas Núñez, s/n, 15702 Santiago de Compostela, A Coruña.
Denominación: LMT, CT y RBT aeródromo de Rozas, ayuntamiento de Castro de Rei, y el anexo del mismo.
Situación: ayuntamiento de Castro de Rei.
Declaración responsable: sí.
Características técnicas:
• Línea subterránea de media tensión a 20 kV, con origen en un apoyo proyectado por BEGASA (expte. 70-2021-AT), tipo C-3000-14, y final en una celda de línea ubicada en el CT proyectado, con una longitud de 315 metros en conductor tipo RHZ1-240 mm.
• Línea subterránea de media tensión a 20 kV, con origen en una celda del CT proyectado y final en un paso aéreo a subterráneo proyectado en la fachada del CT existente (6809) metereológica, con una longitud de 65 metros en conductor RHZ1-240 mm.
• Línea subterránea de media tensión a 20 kV, con origen en una celda del CT proyectado y final en un empalme proyectado en una arqueta, en la cual enlaza con la LMT existente al CT (5416) Intra Rozas, con una longitud de 60 metros en conductor RHZ1-240 mm.
• Línea subterránea de media tensión a 20 kV, con origen en una celda del CT proyectado y final en un empalme proyectado en una arqueta, en la cual enlaza con la LMT existente al CT (13) Rozas aeródromo, con una longitud de 70 metros en conductor RHZ1-240 mm.
• Centro de transformación en edificio prefabricado, con una potencia proyectada de 1.000 kVA y una relación de transformación de 20.000/400-380 V, en el cual se instalan dos celdas de línea, dos de protección y una de interruptor automático.
Finalidad de la instalación: mejora del suministro.
Documentación complementaria:
• Separata para el ayuntamiento Castro de Rei.
• Separata para la compañía disbribuidora (BEGASA).
Esta jefatura territorial, de acuerdo con las competencias que resultan del Decreto 230/2020, de 23 de diciembre, por el que se establece la estructura orgánica de la consellería, y teniendo en cuenta el Decreto 9/2017, de 12 de enero, sobre órganos competentes para autorización de instalaciones eléctricas en la Comunidad Autónoma de Galicia,
RESUELVE:
En relación con la instalación de alta tensión, conceder la autorización administrativa previa y de construcción a dichas instalaciones sin perjuicio de terceros y con independencia de las autorizaciones que sean necesarias para la ejecución de la obra por parte de otros órganos de la Administración, condicionado al cumplimiento de las siguientes condiciones:
Primera. Las instalaciones deberán ajustarse en su ejecución a lo dispuesto en el citado proyecto de ejecución, debiendo realizarse la dirección de obra por técnico competente.
Segunda. La peticionaria asegurará el mantenimiento y vigilancia correcta de las instalaciones durante la construcción y después de su puesta en servicio, a fin de garantizar que en todo momento se mantendrán las condiciones reglamentarias de seguridad.
Tercera. En todo momento deberán cumplirse las normativas y directrices vigentes que sean de aplicación, en particular, cuanto establece la Ley 24/2013, de 26 de diciembre, del sector eléctrico; el Real decreto 223/2008, de 15 de febrero, por el que se aprueba el Reglamento sobre condiciones técnicas y garantías de seguridad en líneas eléctricas de alta tensión y sus instrucciones técnicas complementarias; el Real decreto 337/2014, de 9 de mayo, por el que se aprueba el Reglamento sobre condiciones técnicas y garantías de seguridad en instalaciones eléctricas de alta tensión y sus instrucciones técnicas complementarias.
El plazo de puesta en marcha de las instalaciones que se autorizan será de doce meses, contados a partir de la fecha de la última autorización administrativa necesaria para su ejecución.
Contra esta resolución se podrá interponer recurso de alzada ante el vicepresidente segundo y conselleiro de Economía, Empresa e Innovación en el plazo de un mes, a partir del día siguiente a la notificación o publicación de esta resolución; también se podrá interponer cualquier otro recurso que estime pertinente en su derecho.
Lugo, 14 de septiembre de 2021
Gustavo José Casasola de Cabo
Jefe territorial de Lugo