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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 199 Viernes, 15 de octubre de 2021 Pág. 50505

IV. Oposiciones y concursos

Consellería de Hacienda y Administración Pública

RESOLUCIÓN de 6 de octubre de 2021, del tribunal designado para calificar el proceso selectivo selectivo extraordinario de consolidación para el ingreso en la categoría 003 del grupo V (ordenanza y otras) de personal laboral fijo de la Xunta de Galicia.

El tribunal nombrado por Resolución de 14 de septiembre de 2020, de la Dirección General de la Función Pública, designado para calificar el proceso selectivo extraordinario de consolidación para el ingreso en la categoría 003 del grupo V (ordenanza y otras) de personal laboral fijo de la Xunta de Galicia, convocado por la Orden de 5 de marzo de 2019 (DOG núm. 49, de 11 de marzo),

ACORDÓ:

Primero. Revisadas las reclamaciones presentadas contra el primer ejercicio de este proceso selectivo, al amparo de lo previsto en la base II.1.2.7 de la convocatoria, en sesiones que tuvieron lugar los días 20, 21 y 24 de septiembre y 1 de octubre de 2021 acordó:

– En el turno de mañana (cuestionario C), anular las preguntas 11, 45, 53 y 54 y sustituirlas por las preguntas de reserva 61, 63, 64 y 65, respectivamente. Desestimar las restantes reclamaciones presentadas.

– En el turno de tarde (cuestionario A), anular las preguntas 32 y 57 y sustituirlas por las preguntas de reserva 63 y 64, respectivamente. Desestimar las restantes reclamaciones presentadas.

Segundo. De conformidad con lo dispuesto en la base II.1.1.1 de la convocatoria, el primer ejercicio de la fase de oposición se calificará de 0 a 30 puntos y para superarlo será necesario obtener un mínimo de quince (15) puntos. Corresponderá al tribunal determinar el nivel exigido para conseguir esta puntuación mínima. A estos efectos, los criterios de corrección, valoración y superación, acordados por este tribunal el 24 de junio de 2021 y publicados en el portal web de la Xunta de Galicia, funcionpublica.xunta.gal, establecían que superarán el primer ejercicio las personas aspirantes que logren un mínimo de treinta (30) respuestas correctas (una vez hechas las deducciones por respuestas incorrectas, que descontarán cada una de ellas un cuarto de una pregunta correcta). Se asignará la valoración de quince (15) puntos a las personas aspirantes que obtengan una nota equivalente a la nota de corte fijada. El resto de las personas declaradas aptas tendrá una calificación distribuida entre los quince (15) y los treinta (30) puntos, proporcional al número de respuestas correctas. Del mismo modo, se asignará la puntuación proporcional que corresponda a las personas aspirantes declaradas no aptas.

Tercero. Una vez hecha la corrección de los exámenes en la sesión de 4 de octubre de 2021 de acuerdo con los criterios anteriores, alcanzaron la puntuación mínima de 15 puntos un total de 27 aspirantes, fijándose en 30 el número de respuestas correctas para conseguir dicha puntuación. Una vez hechas las deducciones según lo establecido en la base II.1.1.1 de la convocatoria, se acordó publicar en el portal web corporativo funcionpublica.xunta.gal los resultados obtenidos por las personas aspirantes que se presentaron al primer ejercicio.

Quinto. De acuerdo con lo dispuesto en la base II.1.2.8 de la convocatoria, los aspirantes podrán presentar las alegaciones que consideren oportunas con relación a las puntuaciones, en el plazo de diez (10) días hábiles contados desde el siguiente al de publicación de esta resolución en el Diario Oficial de Galicia.

Sexto. De conformidad con lo dispuesto en la base II.1.1.2 de la convocatoria, las personas aspirantes que superaron el primer ejercicio dispondrán de un plazo de diez (10) días hábiles a contar desde el siguiente al de la publicación de esta resolución en el Diario Oficial de Galicia, para presentar la documentación justificativa de estar en posesión del Celga 2 o el equivalente debidamente homologado por el órgano competente en materia de política lingüística de la Xunta de Galicia, de acuerdo con la disposición adicional segunda de la Orden de 16 de julio de 2007 por la que se regulan los certificados oficiales acreditativos de los niveles de conocimiento de la lengua gallega (DOG núm. 146, de 30 de julio), modificada por la Orden de 10 de febrero de 2014 (DOG núm. 34, de 19 de febrero).

Séptimo. De acuerdo con lo dispuesto en la base III.13 de la orden de convocatoria, contra este acuerdo se podrá interponer recurso de alzada ante el conselleiro de Hacienda y Administración Pública en los términos previstos en los artículos 121 y 122 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas.

Santiago de Compostela, 6 de octubre de 2021

Javier Suárez Salvado
Presidente del tribunal