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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 190 Viernes, 1 de octubre de 2021 Pág. 48147

VI. Anuncios

b) Administración local

Ayuntamiento de Ponteceso

ANUNCIO de notificación de la resolución del procedimiento sancionador por infracción en materia de biomasa (expediente 2021/X998/000018).

De conformidad con lo dispuesto en los artículos 44, 46 y 89 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, se notifica a Vaiben-Cons, S.L., con CIF ***6440**, y a Promociones e Inversiones Rivero y Graña, S.L., con CIF ***0080**, la resolución nº 594, de 20.9.2021, del expediente sancionador con el nº 2021/X998/000018, mediante su publicación en el BOE y en el DOG, instruido por infracción grave tipificada en el artículo 15.a) de la Ordenanza municipal no fiscal reguladora de la gestión de la biomasa y distancias de las plantaciones del Ayuntamiento de Ponteceso (publicada en el BOP nº 149, de 7 de agosto de 2018), por incumplimiento de la gestión de la biomasa en la parcela urbana con referencia catastral 9176943NH0887N0001PX, con los criterios establecidos en esta ordenanza, una vez notificada su obligación y la valoración del coste de la misma, cuando exista riesgo inminente de incendio para las viviendas y personas, imponiéndose una sanción por importe de 601 €, en aplicación del artículo 17.1.b) de la ordenanza, ya que intentada la notificación en el último domicilio conocido de los interesados, esta no se ha podido practicar.

Las interesadas podrán examinar el expediente en las oficinas generales del Ayuntamiento de Ponteceso, de 9.00 a 14.00 horas, todos los días laborables, a los efectos de conocer su contenido íntegro.

El órgano competente para la resolución del expediente es la Alcaldía, en virtud de lo dispuesto en el artículo 12 de la citada ordenanza municipal.

Contra la presente resolución, que pone fin a la vía administrativa, se podrá interponer recurso potestativo de reposición, en el plazo de un mes, o directamente recurso contencioso-administrativo ante el juzgado de lo contencioso-administrativo competente, en el plazo de dos meses, a contar a partir del día siguiente a la publicación de esta resolución en el Boletín Oficial del Estado.

Transcurrido dicho plazo, la resolución sancionadora devendrá firme y ejecutiva y el importe de la sanción podrá hacerse efectivo en período voluntario, dentro del plazo establecido en el artículo 62 da Ley 58/2003, de 17 de diciembre, general tributaria. De no efectuarse el ingreso en el plazo legal, se procederá a su exacción por vía ejecutiva y dará comienzo el procedimiento de apremio, regulado en los artículos 70 y siguientes del Real decreto 939/2005, de 29 de julio, por el que se aprueba el Reglamento general de recaudación, con la liquidación de los intereses de demora y recargas que legalmente correspondan.

Ponteceso, 21 de septiembre de 2021

Xosé Lois García Carballido
Alcalde