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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 189 Jueves, 30 de septiembre de 2021 Pág. 47904

VI. Anuncios

b) Administración local

Ayuntamiento de Verín

ANUNCIO de aprobación definitiva del Plan especial de infraestructuras y dotaciones del Complejo Balneario-Asistencial de Caldeliñas.

Previa la correspondiente tramitación administrativa, de acuerdo con las disposiciones legales aplicables, el Pleno del Ayuntamiento de Verín, en sesión ordinaria de fecha 9 de septiembre de 2021, adoptó el siguiente acuerdo:

Primero. Aprobar definitivamente el Plan especial de infraestructuras y dotaciones del Complejo Balneario-Asistencial de Caldeliñas según la última versión del documento técnico redactado por la empresa Otima, S.L., y presentado en este ayuntamiento con fecha 17 de junio de 2021.

Segundo. Publicar el citado instrumento de planeamiento, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 82 de la Ley 2/2016, de 10 de febrero, del suelo de Galicia, y concordantes del Decreto 143/2016, de 22 de septiembre, que aprueba el reglamento de la citada ley, de modo que alcance la necesaria eficacia jurídica con su entrada en vigor.

Proceder, asimismo, a la notificación individualizada a los titulares catastrales de los terrenos afectados, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 186.4 del Decreto 143/2016, de 22 de septiembre.

De acuerdo con lo dispuesto en el artículo 82.2 de la Ley 2/2016, de 10 de febrero, del suelo de Galicia, se indica que las medidas adoptadas para el seguimiento de los efectos en el medio ambiente de la aplicación del citado plan especial se incluyen en la memoria justificativa del documento técnico aprobado definitivamente, que se puede consultar íntegramente en la siguiente dirección electrónica de la página web del Ayuntamiento de Verín:

http://www.verin.gal/

Según lo dispuesto en el artículo 82.3 de la Ley 2/2016, de 10 de febrero, del suelo de Galicia, el documento que contenga la normativa y las ordenanzas se publicará en el Boletín Oficial de la provincia de Ourense.

En todo caso, la eficacia del acto de aprobación definitiva y la entrada en vigor del plan aprobado quedan condicionadas a la inscripción del planeamiento en el Registro de Planeamiento Urbanístico de Galicia, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 88 de la Ley 2/2016, de 10 de febrero, del suelo de Galicia.

Contra este acuerdo, que aprueba una disposición administrativa de carácter general, se podrá interponer recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Galicia, en el plazo de dos meses, a contar desde el día siguiente al de su publicación, de conformidad con los artículos 10 y 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, de la jurisdicción contencioso-administrativa. Todo ello sin perjuicio de que pueda interponer calquier otro recurso que pudiese estimar más conveniente a su derecho.

Verín, 24 de septiembre de 2021

Gerardo Seoane Fidalgo
Alcalde