En cumplimiento de lo dispuesto en la Ley 24/2013, de 26 de diciembre, del sector eléctrico; en la Ley 8/2009, de 22 de diciembre, por la que se regula el aprovechamiento eólico en Galicia y se crean el canon eólico y el Fondo de Compensación Ambiental, modificada por la Ley 5/2017, de 19 de octubre, de fomento de la implantación de iniciativas empresariales en Galicia, y por la Ley 9/2021, de 25 de febrero, de simplificación administrativa y de apoyo a la reactivación económica de Galicia; en el Real decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, por el que se regulan las actividades de transporte, distribución, comercialización, suministro y procedimientos de autorización de instalaciones de energía eléctrica; en la Ley 21/2013, de 9 de diciembre, de evaluación ambiental; en la Ley 1/2021, de 8 de enero, de ordenación del territorio de Galicia, y demás normas vigentes de aplicación, se somete a información pública la solicitud relacionada con la instalación que se describe a continuación:
Solicitante: Green Capital Power, S.L.
Denominación del proyecto: parque eólico Alborín.
Ayuntamientos afectados: Rodeiro (Pontevedra).
Potencia a instalar: 13,5 MW.
Número de aerogeneradores a instalar: 3.
Producción neta anual estimada: 40.966 (MWh/año).
Presupuesto total (ejecución material): 10.095.493,59 €.
Coordenadas de la poligonal de delimitación:
Vértices |
X UTM (H29 ETRS89) |
Y UTM (H29 ETRS89) |
P1 |
584.808,61 |
4.723.497,47 |
P2 |
584.723,75 |
4.723.373,78 |
P3 |
585.066,43 |
4.723.145,31 |
P4 |
585.149,63 |
4.723.270,12 |
P5 |
585.875,08 |
4.722.786,49 |
P6 |
586.510,00 |
4.723.030,00 |
P7 |
585.600,00 |
4.725.650,00 |
P8 |
584.150,00 |
4.726.750,00 |
P9 |
583.350,00 |
4.725.550,00 |
P10 |
584.600,00 |
4.724.400,00 |
P11 |
584.342,25 |
4.723.808,38 |
Coordenadas de los aerogeneradores:
Aerogenerador |
X UTM (H29 ETRS89) |
Y UTM (H29 ETRS89) |
AL1 |
584.322,00 |
4.725.713,00 |
AL2 |
584.640,00 |
4.725.412,00 |
AL3 |
585.018,00 |
4.723.453,00 |
Coordenadas del centro de seccionamiento:
Centro seccionamiento |
X UTM (H29 ETRS89) |
Y UTM (H29 ETRS89) |
CS |
584.580,47 |
4.725.664,90 |
Envolvente |
X UTM (H29 ETRS89) |
Y UTM (H29 ETRS89) |
P1 |
584.621,06 |
4.725.654,20 |
P2 |
584.597,83 |
4.725.637,97 |
P3 |
584.585,55 |
4.725.629,75 |
P4 |
584.585,36 |
4.725.629,62 |
P5 |
584.582,77 |
4.725.634,74 |
P6 |
584.581,00 |
4.725.638,26 |
P7 |
584.579,29 |
4.725.641,66 |
P8 |
584.577,56 |
4.725.645,12 |
P9 |
584.576,08 |
4.725.648,04 |
P10 |
584.574,32 |
4.725.651,53 |
P11 |
584.572,50 |
4.725.655,15 |
P12 |
584.571,20 |
4.725.657,86 |
P13 |
584.569,63 |
4.725.661,23 |
P14 |
584.567,97 |
4.725.665,00 |
P15 |
584.566,86 |
4.725.667,71 |
P16 |
584.565,39 |
4.725.671,36 |
P17 |
584.563,70 |
4.725.675,89 |
P18 |
584.562,89 |
4.725.678,23 |
P19 |
584.562,08 |
4.725.680,64 |
P20 |
584.561,16 |
4.725.683,44 |
P21 |
584.560,29 |
4.725.686,28 |
P22 |
584.559,39 |
4.725.689,23 |
P23 |
584.558,52 |
4.725.692,10 |
P24 |
584.557,70 |
4.725.694,78 |
P25 |
584.565,02 |
4.725.697,98 |
P26 |
584.610,94 |
4.725.717,62 |
P27 |
584.650,50 |
4.725.674,77 |
P28 |
584.628,51 |
4.725.659,40 |
Coordenadas de la torre de medición:
Torre de medición |
X UTM (H29 ETRS89) |
Y UTM (H29 ETRS89) |
TM |
584.111,00 |
4.726.008,00 |
Características técnicas recogidas en el proyecto:
– Tres (3) aerogeneradores tipo Siemens Gamesa SG145 o similar de hasta 4,5 MW de potencia nominal unitaria, 127,5 m de altura de buje y 145 m de diámetro de rotor.
– Tres (3) centros de transformación con relación 0,69/30 kV y potencia de 5.650 KVA, instalados unitariamente en el interior de la góndola de cada aerogenerador y con sus correspondientes celdas metálicas de seccionamento, maniobra y protección.
– Red de media tensión soterrada, dotada de dos circuítos con cables de aluminio XLPE 18/30 (36) kV y secciones de 95 y 240 mm2, de interconexión entre los centros de transformación y el centro de seccionamiento. La misma zanja incluirá además cableado de tierra de Cu de 50 mm2 y conductor de fibra óptica.
– Centro de seccionamiento que constará de una envolvente prefabricada en la que se alojarán las celdas del sistema de media tensión (30 kV) y el sistema de servicios auxiliares. El conjunto de celdas blindadas aisladas en SF6 con configuración de simple barra y relés de protección incorporados estará constituido por: 2 posiciones de línea a centro de seccionamento y línea de evacuación; 1 posición de transformador de servicios auxiliares y 1 posición de medida de tensión en barras. Constará, además, de envolvente prefabricada para el control y la protección donde se alojarán los elementos de control, los equipos auxiliares, el sistema de comunicación, protección, corriente continua.
– Una (1) torre meteorológica de hasta 127,5 m de altura.
Órgano competente: el órgano competente para autorizar el proyecto de la referida instalación eléctrica es la Dirección General de Planificación Energética y Recursos Naturales.
Procedimiento de evaluación ambiental: el proyecto de la referida instalación eléctrica está sujeto a evaluación de impacto ambiental ordinaria, según lo establecido en el artículo 7.1.a) de la Ley 21/2013, de 9 de diciembre, de evaluación ambiental.
De acuerdo con lo dispuesto en el artículo 33 de la Ley 8/2009, de 22 de diciembre, y por las demás normas de aplicación relacionadas al inicio de esta resolución, constituyen el objeto de la información pública los siguientes documentos: proyecto de ejecución, estudio de impacto ambiental y el proyecto sectorial de incidencia supramunicipal (proyecto de interés autonómico).
Lo que se hace público de conformidad con el artículo 33.10 de la Ley 8/2009, de 22 de diciembre, por la que se regula el aprovechamiento eólico en Galicia y se crea el canon eólico y el Fondo de Compensación Ambiental, modificada por la Ley 5/2017, de 19 de octubre, de fomento de la implantación de iniciativas empresariales en Galicia, y por la Ley 9/2021, de 25 de febrero, de simplificación administrativa y de apoyo a la reactivación económica de Galicia, para conocimiento general y para que todas aquellas personas, naturales o jurídicas, que se consideren perjudicadas en sus derechos, puedan presentar sus alegaciones en el plazo de treinta (30) días a partir del día siguiente al de la publicación de esta resolución.
Atendiendo a las medidas preventivas frente al coronavirus COVID-19, la consulta de la documentación se realizará preferentemente a través del siguiente enlace de la web de la Vicepresidencia Segunda y Consellería de Economía, Empresa e Innovación: https://ceei.xunta.gal/transparencia/documentos-sometidos-a-informacion-publica, en el epígrafe de instalaciones de generación. La atención será telefónica en el número 986 80 52 39.
Cuando sea indispensable la atención presencial, se podrá acudir a la Jefatura Territorial de la Vicepresidencia Segunda y Consellería de Economía, Empresa e Innovación (avda. Mª Victoria Moreno, 43-5º, 36071 Pontevedra), mediante cita previa en el número de teléfono indicado, así como a las dependencias del Ayuntamiento de Rodeiro (plaza de A Fonte, nº 2, 36530 Rodeiro, Pontevedra).
Pontevedra, 24 de septiembre de 2021
Tomás Nogueiras Nieto
Jefe territorial de Pontevedra