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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 177 Martes, 14 de septiembre de 2021 Pág. 45171

VI. Anuncios

a) Administración autonómica

Agencia de Protección de la Legalidad Urbanística

ANUNCIO de 31 de agosto de 2021 por el que se notifica la resolución del expediente de reposición de la legalidad urbanística LUG/53/2018-RP1.

El director de la Agencia de Protección de la Legalidad Urbanística dictó, el 3 de agosto de 2021, resolución en la que se declara que las obras consistentes en la instalación de unas casetas prefabricadas, en Aira Bela, en el término municipal de Lugo, provincia de Lugo, no son legalizables por ser incompatibles con el ordenamiento urbanístico.

Al no poder realizar la notificación personal de aquella resolución a los herederos de la interesada con documento nacional de identidad 33777226R, mediante este anuncio y al amparo de lo dispuesto en el artículo 44 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, se notifica a los interesados dicha resolución por medio de un anuncio en el Boletín Oficial del Estado (BOE).

Teniendo en cuenta que, en atención a lo previsto en el artículo 46 de la Ley 39/2015, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, el acto no se publica en su integridad, se comunica a los interesados que el texto íntegro de la resolución que se notifica se encuentra a su disposición en las dependencias de la Agencia de Protección de la Legalidad Urbanística situadas en el Edificio Witland, Salgueiriños, en Santiago de Compostela, para su consulta en el plazo de 10 días hábiles, que se contarán desde el día siguiente al de la publicación de este anuncio en el BOE. Transcurrido dicho plazo, la notificación se entenderá producida.

Contra dicha resolución, que pone fin a la vía administrativa, los interesados pueden interponer recurso de reposición en el plazo de un mes, contado a partir del día siguiente a aquel en que se haya producido la notificación, ante el director de la Agencia de Protección de la Legalidad Urbanística, o bien, si no ejercen su derecho a presentar recurso potestativo de reposición, pueden interponer directamente recurso contencioso-administrativo, en el plazo de dos meses, ante el juzgado de lo contencioso-administrativo en cuya circunscripción radique el inmueble afectado, conforme a lo dispuesto en el artículo 14.1, regla tercera, de la Ley 29/1998, reguladora de la jurisdicción contencioso-administrativa.

Para que conste y sirva de notificación a los citados interesados, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 44 de la Ley 39/2015, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, expido y firmo este anuncio.

Santiago de Compostela, 31 de agosto de 2021

El director de la Agencia de Protección de la Legalidad Urbanística
P.S. (Artículo 3 del Decreto 51/2008, de 6 de marzo)
Olalla Flores Fernández
Subdirectora de la Agencia de Protección de la Legalidad Urbanística