En cumplimiento de lo dispuesto en los artículos 82 de la Ley 2/2016, de 10 de febrero, del suelo de Galicia, y 199 del Reglamento de la Ley 2/2016, aprobado por el Decreto 143/2016, de 22 de septiembre (RLSG), se informa que el Pleno, en sesión ordinaria celebrada el día 29 de julio de 2021, adoptó el siguiente acuerdo:
«Primero. Rechazar las alegaciones presentadas por Rubén Riveiro Ayra, con registro de entrada el 30.9.2018, 2018-E-RE-1383, y María Beatriz González López y quince más, con registro de entrada el 5.10.2018, 2018-E-RE-1428.
Segundo. Aprobar definitivamente el estudio de detalle promovido por la mercantil Desarrollos Urbanísticos Playa de Arealonga, S.L., representada por Óscar Mon Seijas, en la zona de la playa de Arealonga-Chapela, de acuerdo con el documento de estudio de detalle firmado el 3 de noviembre de 2020 por el arquitecto Simón Pereiro (Pereiro Arquitectos, S.L.P.), adaptado al título III de las normas técnicas de planeamiento urbanístico de Galicia.
Tercero. Notificar el acuerdo a la promotora y a los titulares catastrales de los terrenos afectados por el estudio de detalle, así como a las personas que presentaron los escritos de alegaciones.
Cuarto. Publicar el acuerdo de aprobación definitiva en el Diario Oficial de Galicia y el documento que contenga la normativa y las ordenanzas en el Boletín Oficial de la provincia de Pontevedra.
Quinto. Comunicar a la Dirección General de Ordenación del Territorio y Urbanismo la aprobación definitiva del estudio de detalle, a la vez que se le da traslado de un ejemplar en soporte digital, debidamente diligenciado, a fin de ser inscrito en el Registro de Planeamiento Urbanístico de Galicia. En todo caso, y de conformidad con lo exigido por el artículo 199.4 del RLSG, la eficacia del acto de aprobación definitiva y la entrada en vigor del plan quedan condicionadas al cumplimiento de los anteriores trámites y a lo señalado en el artículo 70.2 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, de bases del régimen local, en relación con el 65.4 de la misma ley».
El contenido íntegro del estudio de detalle se podrá consultar en la web del Ayuntamiento de Redondela: www.redondela.gal, Área de urbanismo, Planeamiento y Desarrollo.
Contra el acuerdo de aprobación definitiva de dicho estudio de detalle, que pone fin a la vía administrativa, cabe interponer directamente recurso contencioso-administrativo ante la sala correspondiente del Tribunal Superior de Justicia de Galicia (artículo 84.1 de la Ley del suelo de Galicia y artículo 201.1 del Reglamento de desarrollo) en el plazo de dos meses, que se contarán a partir del día siguiente al de la publicación de este anuncio, de conformidad con el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contencioso-administrativa, sin perjuicio de interponer cualquier otro recurso que se entienda más procedente y sea conforme a derecho.
Redondela, 2 de agosto de 2021
Digna Rosa Rivas Gómez
Alcaldesa