Antecedentes:
1. Que, según consta en los expedientes municipales, se procedió a la notificación o a la publicación en el BOE y en el DOG a las personas responsables de las parcelas referenciadas en el apartado segundo que no cumplían con las obligaciones de gestión de biomasa, concediéndose un plazo máximo de quince (15) días naturales para su cumplimiento voluntario.
2. Que, según las actas de revisión extendidas por el personal encargado de la constatación del cumplimiento o incumplimiento de las obligaciones de gestión, en la fecha recogida a continuación se pone de manifiesto el incumplimiento, transcurrido dicho plazo, de las obligaciones de gestión de biomasa y/o de los deberes de retirada de especies arbóreas en las siguientes parcelas:
Parroquia |
Núcleo |
Ref. catastral |
Liquidación provisional de los trabajos de gestión biomasa |
Persona responsable |
Data constatación incumplimiento |
Elviña (San Vicenzo) |
Aguaceiros |
000701200NH49F |
164,89 |
Desconocida |
7.7.2021 |
Elviña (San Vicenzo) |
Mesoiro |
15900A00600634 |
126,63 |
Desconocida |
7.7.2021 |
Elviña (San Vicenzo) |
Lagar, O |
15900A00700160 |
371,26 |
Titulares no localizables |
7.7.2021 |
Elviña (San Vicenzo) |
Feáns |
15900A00700461 |
896,63 |
Titulares no localizables |
7.7.2021 |
Elviña (San Vicenzo) |
Mesoiro |
15900A00700719 |
16,69 |
Titulares no localizables |
7.7.2021 |
Elviña (San Vicenzo) |
Mesoiro |
15900A00700720 |
16,33 |
Titulares no localizables |
7.7.2021 |
Elviña (San Vicenzo) |
Monte das Arcas |
15900A00800092 |
181,40 |
Titulares no localizables |
7.7.2021 |
Elviña (San Vicenzo) |
Mesoiro |
15900A01000030 |
103,69 |
Titulares no localizables |
7.7.2021 |
Elviña (San Vicenzo) |
Mesoiro |
15900A01000044 |
664,76 |
Titulares no localizables |
7.7.2021 |
Elviña (San Vicenzo) |
Mesoiro |
15900A01000054 |
156,77 |
Titulares no localizables |
7.7.2021 |
Elviña (San Vicenzo) |
Mesoiro |
15900A01000055 |
331,71 |
Desconocida |
7.7.2021 |
Elviña (San Vicenzo) |
Feáns |
15900A01000196 |
9,80 |
Desconocida |
7.7.2021 |
Elviña (San Vicenzo) |
Feáns |
15900A01000199 |
154,03 |
Desconocida |
7.7.2021 |
Elviña (San Vicenzo) |
Vío, O |
15900A01000450 |
4.270,19 |
Titulares no localizables |
7.7.2021 |
Elviña (San Vicenzo) |
Souto, O |
15900A01000510 |
1.775,86 |
Titulares no localizables |
7.7.2021 |
Elviña (San Vicenzo) |
Souto, O |
15900A01000621 |
680,26 |
Titulares no localizables |
7.7.2021 |
Elviña (San Vicenzo) |
Feáns |
6168714NH4966N |
148,35 |
Titulares no localizables |
7.7.2021 |
Elviña (San Vicenzo) |
Feáns |
6168725NH4966N |
2.367,70 |
Desconocida |
7.7.2021 |
San Cristovo das Viñas (San Cristovo) |
Someso |
7588808NH4978N |
857,41 |
Titulares no localizables |
7.7.2021 |
Elviña (San Vicenzo) |
Lagar, O |
7778648NH4977N |
254,39 |
Desconocida |
7.7.2021 |
Elviña (San Vicenzo) |
A Zapateira |
15900A00800218 |
1.442,90 |
Desconocida |
7.7.2021 |
Elviña (San Vicenzo) |
Mesoiro |
15900A00900089 |
2.031,52 |
Titulares no localizables |
7.7.2021 |
Elviña (San Vicenzo) |
Mesoiro |
15900A00900222 |
806,84 |
Desconocida |
7.7.2021 |
Elviña (San Vicenzo) |
Mesoiro |
15900A01000387 |
359,34 |
Desconocida |
7.7.2021 |
Elviña (San Vicenzo) |
Mesoiro |
15900A01000411 |
354,60 |
Titulares no localizables |
7.7.2021 |
Elviña (San Vicenzo) |
Mesoiro |
15900A01000670 |
7.510,99 |
Desconocida |
7.7.2021 |
3. Que, según el apartado décimo de la Instrucción 1/2018, de 26 de abril, relativa a las actuaciones administrativas en materia de cumplimiento de las obligaciones de gestión de la biomasa vegetal y retirada de especies arbóreas, «cuando se constate la persistencia en el incumplimiento de las obligaciones incluidas en el ámbito de aplicación de esta instrucción tras el transcurso del plazo máximo para el cumplimiento voluntario otorgado en la pertinente comunicación o requerimiento, el órgano que envió este procederá del modo siguiente:
a) Iniciará las actuaciones para el cobro de la cantidad liquidada provisionalmente.
b) Ordenará la ejecución subsidiaria, contra la que no se admitirán recursos en vía administrativa.
c) Pedirá simultáneamente al órgano competente que inicie el correspondiente procedimiento sancionador. La petición incluirá expresamente la solicitud de que se adopte como medida cautelar el decomiso de la madera procedente de la tala de especies arbóreas que deban ser retiradas, en su caso».
4. Al estar la actuación sobre estas parcelas aprobada por la Comisión de seguimiento del convenio de colaboración suscrito entre Xunta de Galicia, Fegamp y Seaga en materia de prevención y defensa contra los incendios forestales, para el establecimiento de un sistema público de gestión de la biomasa en las fajas secundarias, el coste de estas actuaciones será asumido por el convenio, hasta que el mismo pueda ser repercutido a las personas responsables de gestión.
5. Asimismo, según lo dispuesto en el artículo 22.6, la ejecución subsidiaria de la gestión de la biomasa no requerirá de ninguna autorización y las personas responsables están obligadas a facilitar los accesos necesarios.
6. Es competente para resolver la concejala delegada de Medio Ambiente, por Decreto de delegación de competencias de la Alcaldía Presidencia, de 26 de junio de 2019, publicado en el BOP núm. 124, de 3 de julio .
RESUELVO:
Primero. Ordenar la ejecución subsidiaria de la realización de los trabajos de gestión de la biomasa para la prevención y defensa contra los incendios forestales en las parcelas descritas en el antecedente primero. Asimismo, se procederá al decomiso de la madera resultante de la tala de las especies arbóreas que deban ser retiradas.
La ejecución subsidiaria la llevará a cabo, a partir de las 9.00 horas del día 26 de julio de 2021 el personal designado por la Empresa Pública de Servicios Agrarios Gallegos, S.A.
Segundo. Aprobar la liquidación provisional de los gastos derivados de la ejecución subsidiaria que, a reserva de su liquidación definitiva una vez realizadas las actuaciones, deberá abonar la persona responsable.
Tercero. Dar traslado al órgano competente para incoar el procedimiento sancionador, conforme a lo establecido por el artículo 54 de la Ley 3/2007, para que se incoe dicho procedimiento y se adopte la medida cautelar de decomiso de las especies arbóreas prohibidas.
Cuarto. El texto íntegro de esta resolución estará a disposición de las personas destinatarias en la sede electrónica del Ayuntamiento actuante.
Contra esta resolución, que pone fin a la vía administrativa, podrán interponer los interesados recurso contencioso-administrativo, ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Galicia, en el plazo de dos meses de acuerdo con el artículo 46.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contencioso-administrativa, contados, en ambos casos, desde el día siguiente al de notificación de esta resolución.
A Coruña, 15 de julio de 2021
La alcaldesa
P.D. (Decreto de 26 de junio de 2019; BOP núm. 124, de 3 de julio)
Mª Esther Fontán Prado
Concejala delegada de Medio Ambiente