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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 142 Martes, 27 de julio de 2021 Pág. 38190

IV. Oposiciones y concursos

Consellería de Hacienda y Administración Pública

RESOLUCIÓN de 9 de julio de 2021, del tribunal designado para juzgar el proceso selectivo para el ingreso en el cuerpo facultativo de grado medio de la escala de técnicos facultativos de servicios sociales, especialidad fisioterapia, de Administración especial de la Administración general de la Comunidad Autónoma de Galicia, subgrupo A2, por la que se da publicidad a diversos acuerdos.

En sesión que tuvo lugar el 9 de julio de 2021, el tribunal nombrado por la Resolución de 30 de septiembre de 2020 (DOG núm. 201, de 5 de octubre), de la Dirección General de la Función Pública, para calificar el proceso selectivo par al ingreso por el turno de acceso libre y promoción interna en el cuerpo facultativo de grado medio de la escala de técnicos facultativos de servicios sociales, especialidad fisioterapia, de la Administración especial de la Administración general de la Comunidad Autónoma de Galicia (subgrupo A2),

ACORDÓ:

Primero. Al amparo de lo previsto en la base II.1.2.7 de la convocatoria, las preguntas correspondientes a este primero ejercicio, se acuerda:

Primera parte del ejercicio (preguntas 1 a 40), se anulan las preguntas 2, 16, 23. Su lugar pasa a ser ocupado por las tres primeras preguntas de reserva (151, 152, 153). Se acuerda modificar el modelo de corrección de las repuestas en la pregunta 17, siendo correcta la alternativa c). Se desestiman en su totalidad las restantes reclamaciones.

Segunda parte del ejercicio (preguntas 41 a 150), se anulan las preguntas 107 y 129. Su lugar pasa a ser ocupado por las dos siguientes preguntas de reserva (154 y 155). Se acuerda modificar el modelo de corrección de las respuestas en la pregunta 44, siendo la correcta la alternativa d), en la pregunta 102, siendo correcta la alternativa b), en la pregunta 134, siendo la correcta la alternativa c). Se desestiman en su totalidad las restantes reclamaciones.

Segundo. De conformidad con lo dispuesto en la base II.1.1.1 de la convocatoria, el ejercicio se calificará de 0 a 60 puntos, y para superarlo será necesario obtener un mínimo de treinta (30) puntos. A estos efectos, y de conformidad con las bases de la convocatoria, por Resolución de este tribunal, de 19 de febrero de 2021, por la que se da publicidad a los criterios de corrección, valoración y superación del primer ejercicio, se estableció que se asignaría la valoración de 30 en el ejercicio a las personas aspirantes que hayan obtenido las mejores puntuaciones hasta completar el número máximo fijado de 50 aspirantes, en cada uno de los turnos, siempre que alcancen los mínimos fijados para la parte primera (8 respuestas correctas) y segunda (22 respuestas correctas) del ejercicio, una vez hechos los descuentos correspondientes, para lo cual cada respuesta incorrecta descontará un cuarto de una pregunta correcta. No será posible compensar los aciertos que excedan en una parte con los que falten en la otra. Las preguntas no contestadas no penalizan ni reciben puntuación.

Todas las personas aspirantes presentadas con idéntica puntuación a aquella persona aprobada que marque la nota de corte se considerarán igualmente aprobadas, aunque se supere el número de aspirantes indicados antes (50).

Se asignará la valoración de 30 puntos en el ejercicio a las personas aspirantes que obtengan la nota equivalente a la nota de corte fijada. El resto de las personas declaradas aptas tendrán una cualificación distribuida entre los 30 y los 60 puntos, y la puntuación proporcional que corresponda a las personas aspirantes declaradas no aptas.

Hecha la corrección en sesión de 21 de abril de 2021, alcanzaron la puntuación mínima de 30 puntos un total de 50 aspirantes en el turno de acceso libre y 1 aspirante en el turno de promoción interna.

De conformidad con las instrucciones relativas al funcionamiento y actuación de los tribunales de selección, de 11 de abril de 2007, que establecen en su artículo 52, cuando la convocatoria distribuyese las plazas entre diferentes turnos de participación, la valoración de los/las aspirantes se realizará por separado para cada una, comenzando por los/las de promoción interna y, a continuación, los/las del turno de discapacitados y finalmente los/las de acceso libre.

Tercero. Publicar las puntuaciones obtenidas por las personas aspirantes que superaron el primer ejercicio del proceso selectivo para el ingreso en el cuerpo facultativo de grado medio de la escala de técnicos facultativos de servicios sociales, especialidad fisioterapia, de Administración especial de Administración general de la Comunidad Autónoma de Galicia, subgrupo A2, en el portal web corporativo funcionpublica.xunta.gal, así como la relación de las que no alcanzaron los mínimos establecidos en la base II.1.1.1 de la convocatoria.

Cuarto. Esta resolución sustituye y deja sin efecto la Resolución de 7 de junio de 2021, publicada en el portal web corporativo funcionpublica.xunta gal

Quinto. De acuerdo con lo dispuesto en la base II.1.2.8 de la convocatoria, se concederá un plazo de diez (10) días hábiles a los efectos de alegaciones, que se contarán desde el día siguiente al de la publicación en el DOG de la resolución del tribunal por la que se hacen públicas las puntuaciones del correspondiente ejercicio.

Sexto. De acuerdo con lo dispuesto en la base II.1.1.2 de la convocatoria, las personas aspirantes que superaron el primer ejercicio del proceso selectivo dispondrán de un plazo de diez (10) días hábiles a contar desde el siguiente al de la publicación en el DOG de la resolución por la que el tribunal haga públicas las calificaciones del primer ejercicio, que poseían el día de la publicación de esta convocatoria en el DOG, el Celga 4 o el título equivalente debidamente homologado de acuerdo con la disposición adicional segunda de la Orden de 16 de julio de 2007 por la que se regulan los certificados oficiales acreditativos de los niveles de conocimiento de la lengua gallega (DOG núm. 146, de 30 de julio), modificada por la Orden de 10 de febrero de 2014 (DOG núm. 34, de 19 de febrero).

La Dirección General de la Función Pública publicará, en el portal web corporativo funcionpublica.xunta.gal, un listado de personas aspirantes en que figurarán aquellas que, por haber acreditado la posesión del Celga requerido, en cualquier procedimiento cuya competencia corresponda a esa dirección general, no tienen que presentar la documentación justificativa de la exención.

Séptimo. De conformidad con lo dispuesto en la base III.1.2 de la convocatoria, los acuerdos adoptados por el tribunal en el proceso podrán ser objeto de recursos de alzada ante la persona titular de la consellería competente en materia de función pública en los términos previstos en los artículos 121 y 122 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas.

Santiago de Compostela, 9 de julio de 2021

José Ramón Caeiro Rey
Presidente del tribunal