Antecedentes:
Mediante la Resolución del director de la Agencia Gallega de Infraestructuras, de 14 de junio de 2021, se aprobó provisionalmente el proyecto de construcción de sendas en la AC-433 (antiguo trazado) en Soesto y Serantes, con la clave AC/19/129.06, en el ayuntamiento de Laxe (A Coruña).
La Ley 8/2013, de 28 de junio, de carreteras de Galicia, determina en su artículo 6.2 que los espacios destinados a sendas para peatones o para la circulación de ciclistas tengan la consideración de elementos funcionales de la carretera. Teniendo en cuenta este precepto, la Xunta de Galicia elaboró la Estrategia en materia de movilidad alternativa de Galicia, entre cuyos objetivos está el fomento de los sistemas de transporte alternativos a los motorizados que permitan minimizar las repercusiones sobre el medio ambiente y sus impactos sociales y económicos. Los beneficios esperados con esta iniciativa son, entre otros, la mejora de la movilidad, la mejora de la calidad del aire, de la salud, de la igualdad y bienestar de la economía, del patrimonio y del urbanismo.
Asimismo, la actuación proyectada tiene como finalidad conseguir una circulación segura de los viandantes dotando a los tramos de una mayor seguridad viaria.
La senda en Soesto se proyecta por el margen izquierdo de la AC-433 (margen con la mayor urbanización y la que se emplea para ir a la playa de Soesto), entre los puntos kilométricos (pp.kk.) aproximados 10+240 al 10+821. La senda de Serantes se proyecta entre los pp.kk. 11+390 al 12+112, por el margen derecho de la carretera, con la finalidad de garantizar un itinerario continuo y facilitar la comunicación con la iglesia de Sta. María de Serantes y con el cementerio.
Considerando todo lo expuesto y lo establecido en la normativa vigente,
RESUELVO:
Primero. De acuerdo con lo establecido en el artículo 21.1 de la Ley 8/2013, de 28 de junio, de carreteras de Galicia, y en el artículo 50 del Decreto 66/2016, de 26 de mayo, por el que se aprueba el Reglamento general de carreteras de Galicia, el mencionado proyecto de construcción se somete al trámite de información pública durante un periodo de treinta (30) días hábiles, contados a partir del siguiente al de la publicación de este anuncio en el Diario Oficial de Galicia, para que las personas que lo consideren oportuno puedan formular por escrito, ante la Agencia Gallega de Infraestructuras, las observaciones que crean convenientes relativas a la concepción global del trazado diseñado.
Segundo. Que simultáneamente al trámite señalado en el párrafo anterior, y a los efectos previstos en el artículo 56.1 del Decreto de 26 de abril de 1957, por el que se aprueba el Reglamento de expropiación forzosa, se somete a información pública la relación individual de bienes, derechos y propietarios afectados por la realización de la obra correspondiente, para que los afectados presenten cuantas alegaciones o rectificaciones consideren convenientes en cuanto a los bienes y derechos descritos en la relación anexa.
Tercero. Del mismo modo, se somete el presente proyecto a información pública a efectos de lo establecido en el Real decreto 849/1986, de 11 de abril, por el que se aprueba el Reglamento del dominio público hidráulico, en relación con la protección del dominio público hidráulico y con las actuaciones en este o en su zona de policía.
Cuarto. La exposición al público, a efectos de la presente resolución, se realiza en el Agencia Gallega de Infraestructuras (San Caetano, s/n, 15781 Santiago de Compostela), en el Servicio de Infraestructuras de A Coruña (calle Vicente Ferrer, 2, 15008 A Coruña) y en el Ayuntamiento de Laxe (avenida Cesáreo Pondal, 26, 15117 Laxe, A Coruña).
Asimismo, en la página web de la Consellería de Infraestructuras y Movilidad (https://infraestruturasemobilidade.xunta.gal/organizacion/c/CIV_Axencia_Galega_de_Infraestruturas) se encuentra a disposición de los interesados el documento completo del proyecto de construcción.
Santiago de Compostela, 22 de junio de 2021
Francisco Menéndez Iglesias
Director de la Agencia Gallega de Infraestructuras