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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 119 Jueves, 24 de junio de 2021 Pág. 31780

III. Otras disposiciones

Consellería de Infraestructuras y Movilidad

DECRETO 92/2020, de 10 de junio, por el que se declara en concreto la utilidad pública y se dispone la urgente ocupación de los bienes y derechos afectados por el proyecto de construcción denominado Fomento de la movilidad sostenible, senda en la PO-308, tramo Fontenla-Combarro, puntos kilométricos 3+500-5+150, de clave PO/16/257.06, en el ayuntamiento de Poio.

Antecedentes:

Primero. El 19 de octubre de 2018 se publicó en el DOG número 200 el Anuncio de 1 de octubre de 2018 por el que se somete al trámite de información pública la separata para información pública del proyecto de construcción denominado Fomento de la movilidad sostenible, senda en la PO-308. Tramo: Fontenla-Combarro, puntos kilométricos 3+500-5+150, de clave PO/16/257.06, así como la relación individual de bienes, derechos y propietarios afectados por el proyecto referido.

Segundo. Tras el análisis de los informes, alegaciones y certificados presentados, el 27 de mayo de 2021 se aprobó el expediente de información pública y definitivamente el proyecto de construcción denominado Fomento de la movilidad sostenible, senda en la PO-308. Tramo: Fontenla-Combarro, puntos kilométricos 3+500-5+150, de clave PO/16/257.06.

El objeto del presente proyecto es la creación de una senda peatonal y ciclista en la carretera PO-308 en el ayuntamiento de Poio, en el margen izquierdo de la carretera, entre los puntos kilométricos 3+500-5+150, y un pequeño tramo en el margen derecho entre el punto kilométrico 3+500 y la intersección ubicada en el punto kilométrico 3+620, con la finalidad de fomentar una movilidad alternativa y sostenible.

La competencia para la ejecución de la expropiación forzosa, en el ámbito de las carreteras no incorporadas a la Red del Estado, con itinerarios que se desarrollen íntegramente en su territorio, corresponde a la Comunidad Autónoma de Galicia, al amparo del apartado dos del artículo 28 del Estatuto de autonomía de Galicia, aprobado por la Ley orgánica 1/1981, de 6 de abril.

Corresponde al Consello de la Xunta de Galicia, como órgano equivalente al Consejo de Ministros, en el ámbito de la Administración autonómica, el reconocimiento concreto de la utilidad pública y la declaración de la urgente ocupación de los bienes afectados por la expropiación a que da lugar la realización de la obra, según lo previsto en los artículos 10 y 52 de la Ley de 16 de diciembre de 1954, de expropiación forzosa.

En su virtud, a propuesta de la conselleira de Infraestructuras y Movilidad y previa deliberación del Consello de la Xunta de Galicia, en su reunión del día diez de junio de dos mil veintiuno,

DISPONGO:

Artículo único

Declarar, en concreto, la utilidad pública y la necesidad de urgente ocupación a los efectos de expropiación forzosa, de los bienes y derechos que se concretan en el expediente administrativo instruido, así como en cualquiera de las modificaciones que sea necesario realizar para la ejecución del proyecto de construcción denominado Fomento de la movilidad sostenible, senda en la PO-308. Tramo: Fontenla-Combarro, puntos kilométricos 3+500-5+150, de clave PO/16/257.06.

Santiago de Compostela, diez de junio de dos mil veintiuno

Alberto Núñez Feijóo
Presidente

Ethel Mª Vázquez Mourelle
Conselleira de Infraestructuras y Movilidad