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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 116 Lunes, 21 de junio de 2021 Pág. 31233

VI. Anuncios

a) Administración autonómica

Agencia de Protección de la Legalidad Urbanística

CÉDULA de 2 de junio de 2021 por la que se notifica la imposición de una multa coercitiva (expediente COR/52/2018-A1).

El director de la Agencia de Protección de la Legalidad Urbanística dictó, el 6 de mayo de 2021, resolución por la que se impone una multa coercitiva, derivada del expediente de reposición de la legalidad urbanística COR/52/2018-RP1 como consecuencia de incumplir lo ordenado en la Resolución de 2 de septiembre de 2020, en la que se ordena la demolición de una edificación prefabricada con tipología de vivienda unifamiliar (tipo mobilhome) y una caseta metálica, realizada sin autorización autonómica, en el lugar de Mirandela, parroquia de Xobre, en el término municipal de A Pobra do Caramiñal, provincia de A Coruña, por resultar incompatibles con el ordenamiento urbanístico vigente.

Al no poder realizar la notificación personal de la resolución a Antonio Manuel Rivas Gey y Araceli Insua López, mediante esta cédula, y al amparo de lo dispuesto en el artículo 44 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, se notifica a los interesados dicha resolución por medio de un anuncio en el Boletín Oficial del Estado, cuya fecha de publicación es la que determina la eficacia del acto notificado.

Teniendo en cuenta que, en atención a lo previsto en el artículo 46 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, el acto no se publica íntegramente, se comunica a los interesado que el texto íntegro de la resolución que se notifica se encuentra a su disposición en las dependencias de la Agencia de Protección de la Legalidad Urbanística, situadas en el Edificio Witland-Salgueiriños, en Santiago de Compostela, para su consulta en el plazo de 10 días hábiles, que se contarán desde el día siguiente a la publicación de esta cédula. Transcurrido dicho plazo, la notificación se entenderá producida.

Contra esta resolución, que pone fin a la vía administrativa, los interesados pueden interponer recurso potestativo de reposición en el plazo de un mes, contado a partir del día siguiente a aquel en el que produzca la notificación, ante el director de la Agencia de Protección de la Legalidad Urbanística, o bien, si no se ejercita su derecho a presentar recurso potestativo de reposición, pueden interponer directamente recurso contencioso-administrativo, en el plazo de dos meses, ante el juzgado de lo contencioso-administrativo en cuya circunscripción se sitúe el inmueble afectado, conforme a lo dispuesto en el artículo 14.1, regla tercera, de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contencioso-administrativa.

Para que conste y sirva de notificación a los citados interesados, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 44 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, expido y firmo esta cédula.

Santiago de Compostela, 2 de junio de 2021

Jacobo Hortas García
Director de la Agencia de Protección de la Legalidad Urbanística