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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 112 Martes, 15 de junio de 2021 Pág. 29764

IV. Oposiciones y concursos

Consellería de Hacienda y Administración Pública

RESOLUCIÓN de 8 de junio de 2021, de la Dirección General de la Función Pública, por la que se hacen públicas las listas provisionales para la contratación temporal de personal laboral de la Xunta de Galicia de determinados grupos y categorías.

De conformidad con el artículo 6.2 del Decreto 37/2006, de 2 de marzo, por el que se regula el nombramiento de personal interino para el desempeño con carácter transitorio de plazas reservadas a personal funcionario y la contratación temporal de personal laboral de la Xunta de Galicia, el plazo de presentación de solicitudes para formar parte de las listas se inicia anualmente el 1 de marzo y finaliza el 30 de abril.

Como consecuencia de la evolución de la pandemia del coronavirus COVID-19, se incrementó la necesidad de contratación temporal de personal laboral de la Xunta de Galicia del grupo I, categoría 2 (médico y otras), grupo II, categoría 2 (ATS y otras) y grupo IV, categoría 3 (auxiliar de clínica y otras), en los centros residenciales dependientes de la Consellería de Política Social.

Dado que existe una necesidad de contratación más intensa en estas listas, urge su publicación con anterioridad y de manera independiente a la publicación de las restantes listas para el desempeño transitorio de plazas reservadas a personal funcionario y la contratación temporal de personal laboral de la Xunta de Galicia.

Por otra parte, también son objeto de publicación en esta resolución las listas de contratación temporal de personal laboral de la Xunta de Galicia del grupo I, categorías 6 (titulado/a superior psicólogo/a) y 11 (titulado/a superior pedagogo/a), grupo II, categorías 6 (educador/a, profesor/a especial), 11 (fisioterapeuta), 17 (asistente social) y 20 (terapeuta ocupacional), y grupo III, categoría 50 (técnico/a especialista en jardín de infancia).

Todas las categorías contenidas en esta resolución serán objeto de funcionarización próximamente y, al no existir listas de naturaleza funcionarial equivalente, es necesario publicarlas en este momento, con anterioridad a las restantes listas, para iniciar el procedimiento de elaboración de las listas únicas al amparo de lo establecido en la disposición transitoria segunda del Decreto 37/2006, de 2 de marzo.

Por todo lo expuesto, una vez finalizado el plazo de presentación de solicitudes, fueron examinadas las instancias presentadas en estas categorías con la finalidad de comprobar la concurrencia de los requisitos exigidos y valorar los méritos alegados por las personas interesadas.

Concluidos los anteriores trabajos, elaboradas y aprobadas las listas correspondientes, la Comisión Permanente, de acuerdo con lo establecido en el artículo 4 del Decreto 37/2006, de 2 de marzo, ha acordado elevar al titular de la Dirección General de la Función Pública las listas provisionales de admitidos y excluidos para su publicación en el Diario Oficial de Galicia.

De conformidad con lo establecido en el artículo 11 del Decreto 37/2006, de 2 de marzo, esta dirección general

RESUELVE:

Primero. Hacer públicas las listas provisionales para la contratación temporal de personal laboral del grupo I, categorías 2 (médico y otras), 6 (titulado/a superior psicólogo/a) y 11 (titulado/a superior pedagogo/a), grupo II, categorías 2 (ATS y otras), 6 (educador/a, profesor/a especial), 11 (fisioterapeuta), 17 (asistente social) y 20 (terapeuta ocupacional), grupo III, categoría 50 (técnico/a especialista en jardín de infancia) y grupo IV, categoría 3 (auxiliar de clínica y otras).

Segundo. Las listas podrán consultarse en el portal web corporativo de la Xunta de Galicia, http://funcionpublica.xunta.gal, apartado de <Listas de contratación>, en el Servicio de Atención e Información a la Ciudadanía a través del teléfono 012 y en las oficinas de registro y atención a la ciudadanía de la Xunta de Galicia (oficinas de los edificios administrativos de la Vicepresidencia Primera y Consellería de Presidencia, Justicia y Turismo).

En dichas listas figura la siguiente información:

– Solicitantes admitidos en la lista, con indicación de la puntuación provisional resultante de la aplicación del baremo establecido en el artículo 9 del Decreto 37/2006.

– Solicitantes excluidos, con expresión de la causa de exclusión.

Tercero. Las personas interesadas dispondrán de un plazo de diez días hábiles, contados a partir del día siguiente al de la publicación de esta resolución en el Diario Oficial de Galicia, para presentar reclamaciones ante la Comisión Permanente (Dirección General de la Función Pública, Consellería de Hacienda y Administración Pública. Edificio Administrativo San Caetano, s/n, Santiago de Compostela).

Junto con dichas reclamaciones se aportará, en su caso:

– Documentación precisa para subsanar la causa de exclusión.

– Certificación de servicios prestados en la Administración general de la Comunidad Autónoma de Galicia o en entidades públicas instrumentales del sector público autonómico incluidas en el artículo 45.a) de la Ley 16/2010, de 17 de diciembre, en el mismo grupo, categoría, cuerpo o escala, en los términos previstos en el artículo 9.b) del Decreto 37/2006, según el modelo que figura como anexo I de esta resolución. La certificación será expedida por las unidades siguientes:

– Servicios centrales:

Secretario/a general técnico/a, subdirector/a general o jefes/as de servicio que tengan atribuidas funciones en materia de gestión de personal, dependientes de la secretaría general técnica de la consellería respectiva o del ente público instrumental donde esté prestando servicios o donde los prestó por última vez.

– Servicios periféricos:

Jefes/as territoriales o funcionario/a responsable del área de personal de los departamentos territoriales, directores/as provinciales o delegados/as comarcales de la consellería o del ente público instrumental donde preste servicios o donde los prestó por última vez.

En el supuesto de que alguna de las personas solicitantes provisionalmente excluida no presente la documentación necesaria para subsanar la causa de exclusión, quedará definitivamente excluida.

Las personas integrantes de las listas que en su solicitud de inclusión hubiesen autorizado expresamente la consulta de algunos datos por la Administración y que figuren excluidas en estas listas provisionales por causas relacionadas con la imposibilidad material de la obtención de dichos datos, deberán aportar, para acreditar el cumplimiento de los requisitos exigidos, en el indicado plazo de diez días concedido para formular reclamación contra las listas provisionales, copia auténtica de la documentación respecto de la cual no fue posible obtener datos al realizar la consulta.

Cuarto. A partir de la publicación de esta resolución en el Diario Oficial de Galicia, tanto las personas solicitantes provisionalmente admitidas como las provisionalmente excluidas podrán presentar solicitud de suspensión de llamamientos de conformidad con lo establecido en el artículo 15.2 del Decreto 37/2006.

El modelo de solicitud se encuentra a disposición de las personas interesadas en el portal web corporativo de la Xunta de Galicia, http://funcionpublica.xunta.gal, apartado de «Listas de contratación».

Una vez transcurrido el plazo para formular alegaciones, se llevarán a efecto las enmiendas procedentes y se dará publicidad a las listas definitivas en el Diario Oficial de Galicia.

Santiago de Compostela, 8 de junio de 2021

José María Barreiro Díaz
Director general de la Función Pública

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