Yo, Margarita Caloto Goyanes, letrada de la Administración de Justicia del Juzgado de Primera Instancia número 6 de Vigo, por el presente anuncio:
En el presente procedimiento ordinario 678/2019, seguido a instancia de Producción e Xestión Cultural, S.L. frente a Solimusic Events, S.L.U., se ha dictado sentencia cuyo tenor literal es el siguiente:
«Sentencia: 17/2021.
Sentencia.
Procedimiento: juicio ordinario 678/2019
Objeto: responsabilidad contractual
Magistrada: María de la Luz Álvarez Lagarón
Demandante: Producción e Xestión Cultural, S.L.
Procuradora: Isabel Domínguez Quintas
Letrado: Ricardo Vidal Sampedro
Demandada: Solimusic Events, S.L.U.
Procurador/a: sin profesional asignado
Letrado/a: sin profesional asignado
En Vigo, a 14 de enero de 2021.
Fallo:
Estimo íntegramente la demanda interpuesta por Producción e Xestión Cultural, S.L. contra Solimusic Events, S.L.U. y condeno a la demandada al pago a la actora de 29.818,58 euros más los intereses previstos en la Ley 3/2004, así como al pago de las costas.
Modo de impugnación. Mediante recurso de apelación ante la Audiencia Provincial de Pontevedra (artículo 455 LEC/00). El recurso se interpondrá por medio de escrito presentado en este juzgado en el plazo de veinte días hábiles contados desde el día siguiente de la notificación, en el que el apelante deberá exponer las alegaciones en que se base la impugnación, además de citar la resolución apelada y los pronunciamientos que impugna (artículo 458.2 LEC).
Así, por esta mi sentencia, lo pronuncio, mando y firmo.
Encontrándose dicha demandada, Solimusic Events, S.L.U., en paradero desconocido, se expide el presente edicto a fin de que sirva de notificación en forma a la misma.
Vigo, 23 de abril de 2021
La letrada de la Administración de justicia