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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 90 Viernes, 14 de mayo de 2021 Pág. 23898

III. Otras disposiciones

Consellería de Cultura, Educación y Universidad

ORDEN de 29 de abril de 2021, conjunta de la Consellería de Cultura, Educación y Universidad y de la Vicepresidencia Segunda y Consellería de Economía, Empresa e Innovación, por la que se modifica la Orden de 31 de diciembre de 2020 por la que se establecen las bases para la concesión, en régimen de concurrencia competitiva, de las ayudas de apoyo a la etapa de formación posdoctoral en las universidades del Sistema universitario de Galicia, en los organismos públicos de investigación de Galicia y en otras entidades del Sistema de I+D+i gallego, y se procede a su convocatoria para el año 2021 (códigos de procedimiento ED481B e IN606B).

Mediante la Orden de 31 de diciembre 2020 (Diario Oficial de Galicia número 17, de 27 de enero de 2021), la Consellería de Cultura, Educación y Universidad y la Vicepresidencia Segunda y Consellería de Economía, Empresa e Innovación convocaron las ayudas de apoyo a la etapa de formación posdoctoral en las universidades del SUG, en los organismos públicos de investigación de Galicia y en otras entidades del Sistema de I+D+i gallego.

El artículo 15.3 de dicha orden indica que la fecha límite para la firma de los contratos, que se establecerá en la resolución de adjudicación de las ayudas, será en todo caso antes del 1 de junio de 2021, excepto para las personas no comunitarias que podrá ser hasta el 31 de agosto de 2021.

Teniendo en cuenta el volumen de solicitudes presentadas y la complejidad técnica que implica la evaluación de estas solicitudes, que la tienen que realizar personas expertas de fuera del Sistema de I+D+i gallego ajenas a los órganos tramitadores, es necesario modificar la fecha de firma de los contratos estableciendo como fecha límite el 1 de julio de 2021, excepto para las personas no comunitarias que podrá ser hasta el 30 de septiembre de 2021. Esta modificación no supone alteración del importe global previsto en la convocatoria.

En consecuencia, y en el uso de las atribuciones que tenemos conferidas,

ACORDAMOS:

Artículo único. Modificación de los artículos 3.1, 15.1, 15.3 y 18.2 de la Orden de 31 de diciembre de 2021, conjunta de la Consellería de Cultura, Educación y Universidad y de la Vicepresidencia Segunda y Consellería de Economía, Empresa e Innovación, por la que se establecen las bases para la concesión, en régimen de concurrencia competitiva, de las ayudas de apoyo a la etapa de formación posdoctoral en las universidades del SUG, en los organismos públicos de investigación de Galicia y en otras entidades del Sistema de I+D+i gallego, y se procede a su convocatoria para el año 2021, que quedan redactados como sigue:

El artículo 3.1 queda redactado de la siguiente manera:

«1. Se podrán conceder hasta 49 ayudas (la previsión inicial es de 40 en universidades del SUG y 9 en el resto de entidades beneficiarias), de un máximo de tres años, que comenzarán el 1 de julio de 2021, sin que en ningún caso puedan superar la duración máxima de tres años y que no podrán ser objeto de prórroga».

En el artículo 15.1 se añade un segundo párrafo, que queda redactado de la siguiente manera:

«Además, junto con el escrito de aceptación de la ayuda, las entidades beneficiarias tendrán que adjuntar un plan de estancias ajustado a la nueva fecha de comienzo del contrato, en el caso de las personas investigadoras cuyo plan de estancias se vea afectado por la modificación de la fecha de firma del contrato».

El artículo 15.3 queda redactado de la siguiente manera:

«3. La fecha de comienzo de los contratos será el 1 de julio de 2021, excepto para las personas no comunitarias que podrá ser hasta el 30 de septiembre de 2021».

En el artículo 18.2 se modifica el crédito para las anualidades de 2021, 2023 y 2024, que queda de la siguiente manera:

Entidad beneficiaria

Nº ayudas

Aplicación presupuestaria

Crédito (en euros)

2021

2022

2023

2024

Total

Universidades del SUG

40

10.20.561B.444.0

1.142.000,00

2.224.000,00

1.714.000,00

572.000,00

5.652.000,00

Demás entidades indicadas en el artículo 2.1

5

06.A2.561A.403.0

142.000,00

276.500,00

213.500,00

71.500,00

703.500,00

4

06.A2.561A.481.0

114.200,00

222.400,00

171.400,00

57.200,00

565.200,00

Total otras entidades

256.200,00

498.900,00

384.900,00

128.700,00

1.268.700,00

Total convocatoria

1.398.200,00

2.722.900,00

2.098.900,00

700.700,00

6.920.700,00

Disposición final única. Entrada en vigor

Esta orden entrará en vigor el día de su notificación y se publicará en el Diario Oficial de Galicia.

Santiago de Compostela, 29 de abril de 2021

El conselleiro de Cultura, Educación y

Universidad

P.D. (Orden de 9.2.2021)

Manuel Vila López

Secretario general técnico de la Consellería de Cultura, Educación y Universidad

Francisco Conde López
Vicepresidente segundo y conselleiro de

Economía, Empresa e Innovación y presidente de la Agencia Gallega de Innovación