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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 84 Miércoles, 5 de mayo de 2021 Pág. 22778

V. Administración de justicia

Juzgado de lo Social número 4 de Refuerzo de A Coruña

EDICTO de notificación de sentencia (DSP 676/2020).

Yo, Rosana Corral García, letrada de la Administración de justicia del Juzgado de lo Social número 4 de A Coruña, hago saber que en el procedimiento de despido 676/2020 de este juzgado de lo social, seguido a instancia de María Milagros Vázquez Álvarez contra la empresa Queijo Guillin, S.L., sobre despido, se ha dictado la siguiente resolución cuya parte dispositiva se adjunta:

«Sentencia.

A Coruña, 12 de enero de 2021.

Vistos por Ana María Souto González, magistrada jueza de refuerzo del Juzgado de lo Social número 4 de A Coruña, los presentes autos 676/2020, sobre despido, seguidos a instancia de María Milagros Vázquez Álvarez, asistida por la letrada Sra. López Bañobre, contra Queijo Guillin, S.L.,

Fallo:

Se estima la demanda formulada por María Milagros Vázquez Álvarez contra Queijo Guillin, S.L., y declaro la improcedencia de su despido y extinguida la relación laboral con efectos de la fecha de esta sentencia, y condeno a la empresa demandada a que le abone la cantidad de 3.304,02 euros, en concepto de indemnización calculada a razón de 27,94 euros/día, así como los salarios de tramitación desde la fecha del despido, 31 de julio de 2020, hasta la fecha de esta sentencia, por importe de 4.638,04 euros. Asimismo, se condena a la empresa demandada a abonar al actor la cantidad de 198,21 euros como cantidades adeudadas en concepto de vacaciones devengadas y no satisfechas, más el interés del artículo 29.3 del Estatuto de los trabajadores (ET); todo ello sin perjuicio de las responsabilidades legales del Fogasa.

Igualmente, se condena a la demandada al pago de los honorarios del letrado, que se cuantifican en el importe de 200 euros.

Notifíquese la presente resolución a las partes.

Contra esta resolución cabe recurso de suplicación, ante la Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Galicia (TSJG), el cual deberá anunciarse en este juzgado en el plazo de los cinco días siguientes a la notificación de esta resolución, bastando la manifestación de la parte o de su abogado, graduado social colegiado o representante, dentro del indicado plazo.

Así lo acuerda, manda y firma. Doy fe».

Para que sirva de notificación en legal forma a Queijo Guillin, S.L., en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el Diario Oficial de Galicia.

Se le advierte a la destinataria que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en el tablón de anuncios de la oficina judicial, salvo en el supuesto de la comunicación de las resoluciones que deban revestir forma de auto o sentencia, o cuando se trate de emplazamiento.

A Coruña, 14 de abril de 2021

La letrada de la Administración de justicia