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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 77 Lunes, 26 de abril de 2021 Pág. 20885

V. Administración de justicia

Tribunal Superior de Justicia de Galicia (Sala de lo Social, Sección Segunda)

EDICTO (RSU 39/2021).

Yo, María Isabel Freire Corzo, letrada de la Administración de justicia de la Sección número 1 de la Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de A Coruña, hago saber que en el procedimiento de recurso de suplicación 39/2021 de esta sección, seguido a instancia de Sonia Sampayo Rodríguez contra la empresa Colegio Junior’s, S.L., sobre incidentes de ejecución, se ha dictado resolución cuya parte dispositiva es la siguiente:

«Estimando el recurso de suplicación articulado por Sonia Sampayo Rodríguez contra el Auto del Juzgado de lo Social número 3 de Santiago de Compostela, de fecha 10.3.2020, que resolvió recurso de revisión contra el Decreto de fecha 19.2.2020 del propio juzgado, dictado en ejecución de títulos judiciales 89/2019, dimanante de los autos sobre despido nº 779/2018, instados por Sonia Sampayo Rodríguez frente al Colegio Junior’s, S.L. y el Fogasa, revocamos la resolución recurrida, anulamos el auto citado y acordamos la devolución de las actuaciones al juzgado de referencia para que continúe con la ejecución en los términos que procedan conforme a la ley, pero sin que puedan considerarse inembargables los bienes muebles de la ejecutada en atención a lo establecido en la fundamentación jurídica de esta resolución.

Notifíquese la presente resolución a las partes y al Ministerio Fiscal.

Modo de impugnación: se hace saber a las partes que contra esta sentencia cabe interponer recurso de casación para unificación de doctrina que ha de prepararse mediante escrito presentado ante esta sala dentro del improrrogable plazo de los diez días hábiles inmediatos siguientes a la fecha de notificación de la sentencia. Si el recurrente no tuviera la condición de trabajador o beneficiario del régimen público de la Seguridad Social, deberá efectuar:

– El depósito de 600 € en la cuenta de 16 dígitos de esta sala, abierta en el Banco Santander (Banesto) con el nº 1552 0000 37, seguido de los cuatro dígitos correspondientes al nº del recurso y dos dígitos del año del mismo.

– Asimismo, si hay cantidad de condena, deberá consignarla en la misma cuenta, pero con el código 80 en vez del 37, o bien presentar aval bancario solidario en forma.

– Si el ingreso se hace mediante transferencia bancaria desde una cuenta abierta en cualquier entidad bancaria distinta, habrá que emitirla a la cuenta de veinte dígitos 0049 3569 92 0005001274 y hacer constar en el campo de observaciones o concepto de la transferencia los 16 dígitos que corresponden al procedimiento (1552 0000 80 o 37 **** ++).

Una vez firme, expídase certificación para constancia en el rollo que se archivará en este tribunal incorporándose el original al correspondiente libro de sentencias, previa devolución de los autos al juzgado de lo social de procedencia.

Y para que sirva de notificación en legal forma a Colegio Junior’s, S.L., en ignorado paradero, expido la presente edicto para su inserción en el Diario Oficial de Galicia.

Se advierte a la destinataria que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en el tablón de anuncios de la oficina judicial, salvo en el supuesto de la comunicación de las resoluciones que deban revestir forma de auto o sentencia, o cuando se trate de emplazamiento.

A Coruña, 5 de abril de 2021

La letrada de la Administración de justicia