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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 75 Jueves, 22 de abril de 2021 Pág. 20465

VI. Anuncios

a) Administración autonómica

Vicepresidencia segunda y Consellería de Economía, Empresa e Innovación

RESOLUCIÓN de 30 de marzo de 2021, de la Jefatura Territorial de Lugo, por la que se concede la autorización administrativa previa y de construcción de una instalación eléctrica en el ayuntamiento de Lugo (expediente IN407A 2020-07 AT).

Visto el expediente para otorgamiento de autorización administrativa previa y de construcción de la instalación eléctrica que a continuación se cita:

Solicitante: UFD Distirbución Electricidad, S.A.

Domicilio social: avda. San Luis, 77, 28033 Madrid.

Denominación: retranqueo LMTS lugar Saamasas, 0 (Lugo) y su anexo.

Situación: ayuntamiento de Lugo.

Visado: sí, Colegio Oficial de Ingenieros Técnicos Industriales de A Coruña con número de visado 294/20-CO en fechas 4 de febrero de 2020 y 11 de junio de 2020 respectivamente.

Características técnicas:

• Línea de media tensión aérea LUG 801 Gomeán 1 con origen en el apoyo existente BOPJ8CU8//D10 y final en el apoyo proyectado 2xC-7000-22//D11N, con una longitud de 45 metros de conductor tipo LA-110.

• Línea de media tensión aérea LUG 802 Guntín 2 con origen en el apoyo existente BOPJ8CU8//D10 y final en el apoyo proyectado 2×C-7000-22//D11N, con una longitud de 45 metros de conductor tipo LA-110.

• Línea de media tensión subterránea LUG 801 Gomeán 1 con origen en el apoyo proyectado 2×C-7000-22//D11N y final en el apoyo proyectado 2×C-9000-16//D14N con una longitud de 575 metros de conductor tipo RHZ1-240 mm.

• Línea de media tensión subterránea LUG 802 Guntín 2 con origen en el apoyo proyectado 2×C-7000-22//D11N y final en el apoyo proyectado 2×C-9000-16//D14N con una longitud de 575 metros de conductor tipo RHZ1-240 mm.

Finalidad de la instalación: retranqueo de instalaciones.

Documentación complementaria:

• Separata para el Ayuntamiento de Lugo.

• Separata para la Diputación Provincial de Lugo.

• Separata para el Ministerio de Fomento.

• Separata para la Confederación Hidrográfica Miño-Sil.

Esta jefatura territorial, de acuerdo con las competencias que resultan del Decreto 230/2020, de 23 de diciembre, por el que se establece la estructura orgánica de la consellería, y teniendo en cuenta el Decreto 9/2017, de 12 de enero, sobre órganos competentes para autorización de instalaciones eléctricas en la Comunidad Autónoma de Galicia, resuelve:

En relación con la instalación de alta tensión, conceder la autorización administrativa previa y de construcción a dichas instalaciones sin perjuicio de terceros y con independencia de las autorizaciones que sean necesarias para la ejecución de la obra por parte de otros órganos de la Administración, condicionado al cumplimiento de las siguientes condiciones:

Primera. Las instalaciones deberán ajustarse en su ejecución a lo dispuesto en el citado proyecto de ejecución, debiendo realizarse la dirección de obra por técnico competente.

Segunda. El peticionario asegurará el mantenimiento y vigilancia de las instalaciones durante la construcción y después de su puesta en servicio, con el fin de garantizar que en todo momento se mantendrán las condiciones reglamentarias de seguridad.

Tercera. En todo momento deberán cumplirse las normativas y directrices vigentes que sean de aplicación, en particular, cuanto establece la Ley 24/2013, de 26 de diciembre, del sector eléctrico, el Real decreto 223/2008, de 15 de febrero, por el que se aprueba el Reglamento sobre condiciones técnicas y garantías de seguridad en líneas eléctricas de alta tensión y sus instrucciones técnicas complementarias, el Real decreto 337/2014, de 9 de mayo, por el que se aprueba el Reglamento sobre condiciones técnicas y garantías de seguridad en instalaciones eléctricas de alta tensión y sus instrucciones técnicas complementarias.

El plazo de puesta en marcha de las instalaciones que se autorizan será de doce meses, contados a partir de la fecha de la última autorización administrativa necesaria para su ejecución.

Contra esta resolución se podrá interponer recurso de alzada ante el vicepresidente segundo y conselleiro de Economía, Empresa e Innovación en el plazo de un mes, a partir del día siguiente al de la notificación o publicación de esta resolución; también se podrá interponer cualquier otro recurso que se estime pertinente.

Lugo, 30 de marzo de 2021

Gustavo José Casasola de Cabo
Jefe territorial de Lugo