Descargar PDF Galego | Castellano| Português

DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 65 Jueves, 8 de abril de 2021 Pág. 18283

V. Administración de justicia

Tribunal Superior de Justicia de Galicia (Sala de lo Social)

EDICTO (RSU 4375/2020).

Tipo y número de recurso: recurso de suplicación 4375/2020

Juzgado de origen/autos: ejecución de títulos judiciales (ETJ) 69/2018 Juzgado de lo Social número 4 de Pontevedra

Recurrente: Hermon Materiales Eléctricos y Proyectos, S.L.

Abogada: Rosario Pérez da Silva

Recurridos: Three Telecon 2014, S.L. y Elizabeth Sanjorge Maquieira

Abogada: Mercedes Bujan Guntin

Yo, Carmen Iglesias Fungueiro, letrada de la Administración de justicia de la Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Galicia, hago saber que en el procedimiento de recurso de suplicación 4375/2020 de esta sección, seguido a instancia de Hermon Materiales Eléctricos y Proyectos, S.L. contra Three Telecon 2014, S.L. y Elizabeth Sanjorge Maquieira, sobre incidentes de ejecución, se ha dictado la siguiente resolución:

«Que estimando el recurso de suplicación interpuesto por Hermon Materiales Eléctricos y Proyectos, S.L. contra el Auto dictado por el Juzgado de lo Social número 4 de Pontevedra, con fecha 14.9.2020, debemos revocar y revocamos dicha resolución desestimando la ampliación de la ejecución contra Hermon Materiales Eléctricos y Proyectos, S.L., a la que absolvemos libremente de la misma.

Notifíquese esta resolución a las partes y a la Fiscalía del Tribunal Superior de Justicia de Galicia.

Incorpórese el original de esta sentencia, por su orden, al libro de sentencias de este Tribunal Superior de Justicia de Galicia, Sala de lo Social.

Modo de impugnación: se hace saber a las partes que contra esta sentencia cabe interponer recurso de casación para unificación de doctrina, que ha de prepararse mediante escrito presentado ante esta sala dentro del improrrogable plazo de diez días hábiles inmediatos siguientes a la fecha de notificación de la sentencia. Si el recurrente no tuviese la condición de trabajador o beneficiario del régimen público de la Seguridad Social deberá efectuar:

– El depósito de 600 € en la cuenta de 16 dígitos de esta sala, abierta en el Banco de Santander (Banesto) con el número 1552 0000 37, seguida de cuatro dígitos correspondientes al número del recurso y dos dígitos del año del mismo.

– Asimismo, si hay cantidad de condena deberá consignarla en la misma cuenta, pero con el código 80 en vez del 37, o bien presentar aval bancario solidario en forma.

– Si el ingreso se hace mediante transferencia bancaria desde una cuenta abierta en cualquier entidad bancaria distinta, habrá que emitirla a la cuenta de veinte dígitos 0049 3569 92 0005001274 y hacer constar en el campo “Observaciones o concepto de la transferencia” los 16 dígitos que corresponden al procedimiento (1552 0000 80 ó 37 **** ++).

Así, por esta nuestra sentencia, lo pronunciamos, mandamos y firmamos».

Y para que sirva de notificación en legal forma a Three Telecon, 2014, S.L., en ignorado paradero, expido el presente edicto para su inserción en el DOG.

Se advierte al destinatario que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en el tablón de anuncios de la oficina judicial, salvo el supuesto de la comunicación de las resoluciones que deban revestir forma de auto o sentencia, o cuando se trate de emplazamiento.

A Coruña, 15 de marzo de 2021

La letrada de la Administración de justicia