De conformidad con lo dispuesto en los artículos 44 y 82 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, se notifica y otorga audiencia a la titular del establecimiento que en el anexo se relaciona, en el procedimiento de baja de autorización y cancelación de la inscripción en el Registro de Empresas y Actividades Turísticas de la Comunidad Autónoma de Galicia.
Mediante visita de la Inspección del Área Provincial de Turismo de Ourense se comprobó que en el establecimiento que se relaciona en el anexo no se realiza ni ejerce la actividad turística para la que fue autorizado en su día.
Al considerar que en los expedientes no consta ninguna comunicación del cese de actividad, este departamento territorial acordó, de acuerdo con lo establecido en el artículo 17 del Decreto 82/1987, de 26 de marzo, por el que se crea el Registro de Empresas y Actividades Turísticas de la Comunidad Autónoma de Galicia, iniciar el expediente de baja de oficio del establecimiento relacionado en el anexo.
Lo que se notifica a la titular del establecimiento referido para que en el plazo de 15 días pueda efectuar las alegaciones que considere pertinentes, pudiendo examinar el expediente y obtener copias de los documentos contenidos en él, en el Área Provincial de Turismo de Ourense.
Ourense, 11 de marzo de 2021
Cecilio Santalices de la Escosura Mourille
Jefe del Área Provincial de Turismo de Ourense
ANEXO
Establecimiento: Turismo Rural A Casa das Cestas TR-OR-94.
Titular: Mª Belén Rodríguez Estévez.
Dirección: A Anagaza, 9.
Ayuntamiento: A Pobra de Trives.