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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 40 Lunes, 1 de marzo de 2021 Pág. 12418

III. Otras disposiciones

Consellería de Empleo e Igualdad

RESOLUCIÓN de 10 de febrero de 2021, de la Dirección General de Relaciones Laborales, por la que se dispone la inscripción en el registro y la publicación, en el Diario Oficial de Galicia, del acuerdo de la Comisión Paritaria del VI Convenio colectivo autonómico para el sector de pompas fúnebres.

Visto el acuerdo de la Comisión Paritaria del VI Convenio colectivo autonómico para el sector de pompas fúnebres (código 82000565012002), suscrito en la reunión celebrada el 17 de diciembre de 2020 entre la representación empresarial Agesef y Fegaserfu y las organizaciones sindicales UGT y CC.OO., y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 90.2 y 3 del Real decreto legislativo 2/2015, de 23 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto de los trabajadores, y en el Real decreto 713/2010, de 28 de mayo, sobre registro y depósito de convenios y acuerdos colectivos de trabajo,

Esta dirección general de relaciones laborales

RESUELVE:

Primero. Ordenar su registro y depósito en el Registro de Convenios y Acuerdos Colectivos de Trabajo de la Comunidad Autónoma de Galicia (Regcon).

Segundo. Disponer su publicación en el Diario Oficial de Galicia.

Santiago de Compostela, 10 de febrero de 2021

Elena Mancha Montero de Espinosa
Directora general de Relaciones Laborales

Acta de la Comisión Paritaria del VI Convenio colectivo autonómico
para el sector de pompas fúnebres de Galicia

En Santiago de Compostela, siendo las 12.00 horas del día 17 de diciembre de 2020, en la sede del Consejo Gallego de Relaciones Laborales, sito en la calle Algalia de Abaixo, 24, bajo, se reúnen las personas abajo señaladas y que forman la Comisión Paritaria del VI Convenio colectivo autonómico para el sector de pompas fúnebres de Galicia.

– Representación empresarial:

Por parte de Agesef.

José Luis Varela Tabarés.

Por parte de Fegaserfu.

José Becerra Vázquez.

– Representación sindical:

Por parte de UGT.

Miguel Ángel Soto García.

Óscar Souto Collazo (representado por Miguel Ángel Soto García).

Serafín Álvarez Seoane (representado por Miguel Ángel Soto García).

Montserrat Lamas Castro (representado por Miguel Ángel Soto García).

Por parte de CC.OO.

Ricardo Óscar Santos Reiriz.

El motivo de la reunión es proceder a la valoración y análisis de la consulta dirigida a esta comisión paritaria por Ricardo Óscar Santos Reiriz, actuando en nombre y representación de CC.OO., como secretario de negociación colectiva de la Federación de Construcción y Servicios de Galicia, en interpretación de lo dispuesto en el artículo 27 del VI Convenio colectivo autonómico para el sector de pompas fúnebres de Galicia.

Siendo la consulta que se formula del siguiente tenor literal, «...interpretación y resolución del último párrafo del artículo 27 “si la baja por enfermedad común es superior a cuatro días se percibirá el 100 % del salario base más complemento personal desde el primer día de baja”, en el sentido de que el complemento por IT EC se abonará a partir del cuarto día de baja, aunque no exista hospitalización o intervención quirúrgica».

Después del oportuno debate y exposición de posturas y parecer por todas y cada una de las representaciones presentes, procede reflejar en acta lo siguiente.

Primero. En respuesta a la consulta de referencia objeto de esta reunión, esta comisión paritaria interpreta que las personas trabajadoras tendrán derecho a percibir el 100 % del salario base más el complemento personal desde el primer día «para toda contingencia común con duración superior a cuatro días», aunque no exista hospitalización o intervención quirúrgica.

Segundo. Esta comisión acuerda delegar en Ignacio Bouzada Gil, funcionario del Consejo Gallego de Relaciones Laborales, la realización de los trámites pertinentes para el depósito, registro y publicación del contenido de la presente acta ante la autoridad laboral.

Y no teniendo más asuntos que tratar, se levanta la reunión, siendo las 13.30 horas del día señalado en el encabezamiento, extendiéndose al efecto la presente acta, que firman todos los asistentes en prueba de conformidad.