De conformidad con lo dispuesto en el artículo 44 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas (BOE núm. 236, de 2 de octubre), se notifica al titular que se menciona en el anexo la propuesta de resolución del expediente sancionador en materia de turismo por infracción de la Ley 7/2011, de 27 de octubre, del turismo de Galicia, ya que intentada por los medios habituales no pudo practicarse la notificación.
El interesado dispondrá de un plazo de quince días para formular las alegaciones y presentar los documentos e informaciones que estimen pertinentes ante el instructor del procedimiento, recordándole su derecho a consultar el expediente, depositado en los locales del Área Provincial de Turismo de A Coruña de la Agencia Turismo de Galicia, sitos en la calle Vicente Ferrer, 2, 2º piso, A Coruña, en horario de atención al público, y a obtener, en su caso, las copias que consideren oportunas, de acuerdo con el artículo 89.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas (BOE núm. 236, de 2 de octubre).
A Coruña, 15 de febrero de 2021
Ana Teresa Cimas Hernando
Jefa del Área Provincial de Turismo de A Coruña
ANEXO
Expediente: RITGA-E-2020-003141 (ref. AC-24/20).
NIF: X6329502V.
Establecimiento: Marcelsalo Tours.
Domicilio: Malecón de San Lázaro, 10.
Localidad: Noia.
Precepto infringido: artículo 110.10 y artículo 110.19 de la Ley 7/2011.
Propuesta de resolución: 16 de diciembre de 2020.
Sanción:
Multa de cuatro mil quinientos dos euros (4.502,00 €).
Importe de la multa con la aplicación del 20 % de descuento: 3.601,60 €.
Importe de la multa con la aplicación del 40 % de descuento: 2.701,20 €.