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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 36 Martes, 23 de febrero de 2021 Pág. 11281

IV. Oposiciones y concursos

Vicepresidencia primera y Consellería de Presidencia, Justicia y Turismo

CORRECCIÓN DE ERRORES. Resolución de 11 de febrero de 2021, de la Dirección General de Justicia, por la que se resuelve definitivamente el concurso de traslado para plazas vacantes entre funcionarios de los cuerpos y escalas de gestión procesal y administrativa, de tramitación procesal y administrativa y de auxilio judicial de la Administración de justicia, anunciado por la Resolución de 28 de julio de 2020.

Advertido error en la referida resolución, publicada en el Diario Oficial de Galicia núm. 34, de 19 de febrero de 2021, es necesario efectuar la siguiente corrección:

En la página 10785, en el punto noveno, en donde dice:

«Debido a la situación de pandemia que estamos viviendo actualmente, en los casos debidamente justificados que no hayan encontrado alojamiento en la localidad de destino, a aquellos funcionarios que les sea imposible tomar posesión en los plazos señalados, se les amplía el plazo de cese y de toma de posesión durante el tiempo imprescindible que sea necesario para solucionar el concreto caso en el que se encuentre la persona afectada.

Para ello, comunicarán dicha circunstancia a la gerencia territorial o al órgano competente de la comunidad autónoma correspondiente, aportando la documentación acreditativa de la imposibilidad de asistir a tomar posesión en el destino adjudicado. Una vez que finalice la causa de dicha imposibilidad, deberán comunicarlo también a la gerencia o a la comunidad autónoma y cesarán el día siguiente al de dicha notificación, contando entonces los plazos posesorios establecidos en los puntos sexto y séptimo».

Debe decir:

«Debido a la situación de pandemia que estamos viviendo actualmente, en los casos debidamente justificados que no hayan encontrado alojamiento en la nueva localidad de destino, a aquellos funcionarios que les sea imposible tomar posesión en los plazos señalados se les amplía dicho período.

Para ello, una vez que finalice el plazo de toma de posesión establecido en los puntos sexto y séptimo, si continúan sin encontrar alojamiento, deberán comunicarlo a la gerencia o comunidad autónoma y aportar la documentación justificativa suficiente, y se les prorrogará el plazo durante los tres días hábiles siguientes, debiendo tomar posesión el cuarto día hábil en su órgano de destino».