Descargar PDF Galego | Castellano| Português

DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 32 Miércoles, 17 de febrero de 2021 Pág. 10203

III. Otras disposiciones

Agencia Turismo de Galicia

EXTRACTO de la Resolución de 3 de febrero de 2021 por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión, en régimen de concurrencia competitiva, de subvenciones a entidades organizadoras de congresos, seminarios, convenciones, incentivos o cualquier otro evento relativo al turismo de reuniones en Galicia, y se procede a su convocatoria para los años 2021 y 2022, que serán susceptibles de financiación en el marco del eje REACT-UE del programa operativo Feder Galicia 2014-2020 (código de procedimiento TU403A).

BDNS (Identif.): 548444.

De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b) y 20.8.a) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, general de subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo se puede consultar en la Base de datos nacional de subvenciones (http://pap.minhap.gob.es/bdnstrans/index).

Primero. Beneficiarias

Podrán ser beneficiarias de las subvenciones las siguientes entidades:

a) Las universidades u organismos públicos de investigación, a través de sus centros, institutos, departamentos, secciones u otras unidades de investigación.

b) Las sociedades científicas legalmente constituidas, colegios profesionales y otras entidades públicas o privadas sin ánimo de lucro, dotadas de personalidad jurídica propia, excepto las entidades locales.

c) Las empresas o sociedades privadas que organicen específicamente congresos, reuniones, jornadas técnicas, eventos, presentaciones, incentivos, etc.

Segundo. Objeto y régimen

Las subvenciones reguladas por estas bases tienen por objeto la regulación de la concesión de subvenciones, en régimen de concurrencia competitiva, a entidades promotoras de congresos, seminarios, convenciones o cualquier otro evento relativo al turismo de reuniones que fomenten y promocionen la actividad congresual y que se desarrollen en el territorio de la Comunidad Autónoma de Galicia.

A estos efectos, solo serán subvencionables aquellos eventos en los que los participantes pernocten, al menos, una noche en la Comunidad Autónoma de Galicia.

Tercero. Bases reguladoras

Resolución de 3 de febrero de 2021 por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión, en régimen de concurrencia competitiva, de subvenciones a entidades organizadoras de congresos, seminarios, convenciones, incentivos o cualquier otro evento relativo al turismo de reuniones en Galicia, y se procede a su convocatoria para los años 2021 y 2022, que serán susceptibles de financiación en el marco del eje REACT-UE del programa operativo Feder Galicia 2014-2020 (código de procedimiento TU403A).

Cuarto. Importe

Las subvenciones relativas al objeto de esta resolución se imputarán a la aplicación presupuestaria 05.A2.761A.770.0, proyecto 2015 00005, con un crédito de 200.000 € para la anualidad 2021 y de 450.000 € para la anualidad 2022, sin perjuicio de ulteriores variaciones producidas como consecuencia de la existencia de una mayor disponibilidad presupuestaria, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 30 del Decreto 11/2009, de 8 de enero, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley 9/2007, de subvenciones de Galicia, lo que podrá dar lugar a la concesión de más subvenciones.

Estas ayudas podrán ser cofinanciadas por el Fondo Europeo de Desarrollo Regional (Feder).

Quinto. Plazo de presentación de solicitudes

El plazo de presentación de solicitudes será de un mes contado a partir del día siguiente al de la publicación de esta resolución en el Diario Oficial de Galicia. Se entenderá como último día del plazo el correspondiente al mismo ordinal del día de la publicación.

Si el último día de plazo es inhábil, se entenderá prorrogado al primer día hábil siguiente y, si en el mes del vencimiento no existe día equivalente al inicial del cómputo, se entenderá que el plazo expira el último del mes.

Sexto. Plazo de justificación de la subvención

Se establecen los siguientes plazos de justificación de las ayudas concedidas:

– Si el proyecto o actuación subvencionado se ejecuta entre el 1 de abril de 2021 y el 31 de octubre de 2021, el plazo de justificación finalizará el 15 de noviembre de 2021.

– Si el proyecto o actuación subvencionado se ejecuta entre el 1 de noviembre de 2021 y el 31 de octubre de 2022, el plazo de justificación finalizará el 15 de noviembre de 2022.

Santiago de Compostela, 3 de febrero de 2021

Mª Nava Castro Domínguez
Directora de la Agencia Turismo de Galicia