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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 29 Viernes, 12 de febrero de 2021 Pág. 9164

V. Administración de justicia

Juzgado de lo Social número 1 de Santiago de Compostela

EDICTO (24/2020).

ETJ. Ejecución de títulos judiciales 24/2020

Procedimiento de origen: PO procedimiento ordinario 669/2018

Sobre ordinario

Demandante: Cristina Costa Espiñeira

Abogada: Fátima Insua Canosa

Demandados: Adolfo Fragoso Gómez y Otro, S.C., Juan Manuel Fragoso Gómez, Adolfo Fragoso Gómez, Fogasa

Abogado/a: letrado/a de Fogasa

Yo, María Teresa Vázquez Abades, letrada de la Administración de justicia del Juzgado de lo Social número 1 de Santiago de Compostela, hago saber que en el procedimiento de ejecución de títulos judiciales 24/2020 de este juzgado de lo social, seguido a instancia de Cristina Costa Espiñeira contra Adolfo Fragoso Gómez y Otros, S.C., Juan Manuel Fragoso Gómez, Adolfo Fragoso Gómez y Fogasa, sobre ordinario, se ha dictado la siguiente resolución:

«Decreto:

Letrada de la Administración de justicia María: Teresa Vázquez Abades.

Santiago de Compostela, 21 de enero de 2021.

Parte dispositiva:

Acuerdo:

1. Alzar la suspensión de la presente ejecución, acordada por Decreto de fecha 30 de junio de 2020.

2. Continuar la misma y en cumplimiento del requisito que se contiene en el artículo 276.3 y previo a la estimación en la presente ejecutoria de la pervivencia de la declaración de insolvencia de la parte ejecutada Adolfo Fragoso Gómez y Otros, S.C., Adolfo Fragoso Gómez, y Juan Manuel Fragoso Gómez, dar audiencia previa a la parte actora Cristina Costa Espiñeira y al Fondo de Garantía Salarial, por término de 15 días para que puedan señalar la existencia de nuevos bienes, y de su resultado se acordará lo procedente.

Modo de impugnación: contra la presente resolución cabe recurso directo de revisión, que deberá interponerse ante quien dicta la resolución en el plazo de tres días hábiles siguientes al de la notificación de la misma con expresión de la infracción cometida en la misma a juicio del recurrente, artículo 188 de la Ley reguladora de la jurisdicción social. El recurrente que no tenga la condición de trabajador o beneficiario del régimen público de la Seguridad Social deberá hacer un depósito para recurrir de 25 euros, en la cuenta nº 0049 3569 9200 0500 1274, en el Banco Santander, S.A., debiendo indicar en el campo concepto “recurso”, seguido del código “31 Social-Revisión de resoluciones letrado de la Administración de justicia”. Si el ingreso se hace mediante transferencia bancaria, deberá incluir tras la cuenta referida, separados por un espacio, la indicación “recurso”, seguida del “31 Social-Revisión de resoluciones letrado de la Administración de justicia”. Si efectuare diversos pagos en la misma cuenta, deberá especificar un ingreso por cada concepto, incluso si obedecen a otros recursos de la misma o distinta clase, indicando en el campo de observaciones la fecha de la resolución recurrida utilizando el formato dd/mm/aaaa. Quedan exentos de su abono, en todo caso, el Ministerio Fiscal, el Estado, las comunidades autónomas, las entidades locales y los organismos autónomos dependientes de ellos.

La letrada de la Administración de justicia».

Y para que sirva de notificación en legal forma a Adolfo Fragoso Gómez y Otros, S.C., Juan Manuel Fragoso Gómez y Adolfo Fragoso Gómez, en ignorado paradero, expido el presente edicto para su inserción en el Diario Oficial de Galicia.

Se advierte a los destinatarios que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en el tablón de anuncios de la oficina judicial, salvo el supuesto de la comunicación de las resoluciones que deban revestir forma de auto o sentencia, o cuando se trate de emplazamiento.

Santiago de Compostela, 21 de enero de 2021

La letrada de la Administración de justicia