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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 18 Jueves, 28 de enero de 2021 Pág. 5265

IV. Oposiciones y concursos

Vicepresidencia primera y Consellería de Presidencia, Justicia y Turismo

RESOLUCIÓN de 18 de enero de 2021, de la Dirección General de Administración Local, por la que se da publicidad a la convocatoria para la provisión, por el sistema de libre designación, del puesto de secretario/a general de la Diputación Provincial de Ourense.

La Diputación Provincial de Ourense aprobó la convocatoria y las bases para la cobertura, por el sistema de libre designación, del puesto de secretario/a general, reservado a personal funcionario de Administración local con habilitación de carácter nacional, que remitió a la Dirección General de Administración Local para su publicación en el Diario Oficial de Galicia y posterior envío al Ministerio de Política Territorial y Función Pública a los efectos de la publicación en el Boletín Oficial del Estado.

De acuerdo con la propuesta de la Subdirección General de Régimen Jurídico Local y teniendo en cuenta las competencias conferidas por el artículo 15.e) de la Ley 2/2015, de 29 de abril, de empleo público de Galicia, y el artículo 22 del Decreto 214/2020, de 3 de diciembre, por el que se establece la estructura orgánica de la Vicepresidencia Primera y Consellería de Presidencia, Justicia y Turismo.

RESUELVO:

Dar publicidad a la convocatoria y a las bases que regirán la misma, recogidas como anexo a esta resolución, para la provisión por el sistema de libre designación, del puesto reservado a funcionarios/as de Administración local con habilitación de carácter nacional que se indica a continuación:

Corporación: Diputación Provincial de Ourense.

Puesto: secretario/a general.

Subescala: secretaría.

Categoría: superior.

Nivel complemento destino: 30.

Complemento específico anual: 47.371,52 euros.

Requisitos: los recogidos en las bases que figuran como anexo.

Conocimiento lengua gallega: en los términos del Decreto 103/2008 de 8 de mayo.

Santiago de Compostela, 18 de enero de 2021

Natalia Prieto Viso
Directora general de Administración local

ANEXO

Bases que rigen la convocatoria para la provisión, por el sistema de libre designación, del puesto de secretario/a general de la Diputación Provincial de Ourense

1. Objeto.

Las presentes bases tienen por objeto regir la convocatoria para la provisión del puesto de secretario/a general de la Diputación Provincial de Ourense, reservado a personal funcionario de Administración local con habilitación de carácter nacional, subescala de secretaría, categoría superior, por el sistema de libre designación establecido en el artículo 92.bis.6 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las bases de régimen local, en el artículo 45 del Real decreto 128/2018, de 16 de marzo, por el que se regula el régimen jurídico de los funcionarios/as de la Administración local con habilitación de carácter nacional y en los artículos 19 y 36 y siguientes del Decreto 49/2009, de 26 de febrero, sobre el ejercicio de las competencias de la Comunidad Autónoma de Galicia respecto del personal funcionario con habilitación de carácter estatal.

2. Corporación.

Diputación Provincial de Ourense.

3. Denominación y clase del puesto.

Secretario/a general de la Diputación Provincial de Ourense.

El puesto está reservado a personal funcionario de la Administración local con habilitación de carácter nacional perteneciente a la subescala de secretaría, categoría superior.

4. Característica del puesto.

4.1. El puesto a cubrir está incluido en la relación de puestos de trabajo (RPT) aprobada por el Pleno de la Diputación en la sesión de fecha 21.12.2018, y publicada en el BOP de Ourense, número 292, de fecha 22.12.2018.

4.2. El complemento de destino asignado al puesto es el correspondiente al nivel 30.

4.3 Sistema de provisión según prevé la RPT: libre designación.

4.4. El complemento específico anual fijado para el puesto, referido al año 2020, es de 47.371,52 euros brutos.

5. Requisitos para su desempeño.

Serán requisitos indispensables para concurrir a la convocatoria y poder desempeñar el puesto, en el caso de ser nombrado:

1º. Estar integrado/a en la subescala de secretaría, categoría superior. No podrá concurrir a esta convocatoria el personal funcionario que se encuentre en las circunstancias establecidas en el artículo 36.2 del Real decreto 128/2018, de 16 de marzo, por el que se regula el régimen jurídico de los funcionarios/as de Administración local con habilitación de carácter nacional, y en el artículo 28.2.a) y b) del Decreto 49/2009, de 26 de febrero.

2º. Acreditar el conocimiento del idioma gallego mediante la presentación del certificado de lengua gallega (Celga 4) o equivalente, debidamente homologado por el órgano competente en materia de política lingüística de la Xunta de Galicia. En su defecto, la persona interesada deberá realizar una prueba de carácter eliminatorio, a valorar como «apto» o «no apto», destinada a evaluar un grado de conocimiento equivalente al exigido para la obtención del Celga 4 o equivalente (artículo 2 del Decreto 103/2008, de 8 de mayo, por el que se regula el conocimiento del gallego en los procedimientos para la provisión de puestos de trabajo reservados a funcionarios con habilitación de carácter estatal en el ámbito territorial de la Comunidad Autónoma de Galicia).

6. Solicitudes.

Las solicitudes se dirigirán a la Presidencia de la Diputación Provincial de Ourense y se presentarán en el Registro General de la Diputación o en las oficinas previstas en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, dentro del plazo de los quince días hábiles siguientes al de la publicación de la convocatoria en el Boletín Oficial del Estado (artículo 46.3 del Real decreto 128/2018, de 16 de marzo), debiendo indicarse en estas, además del contenido mínimo establecido en el artículo 66.1 de la citada Ley 39/2015, el número de registro personal, la situación administrativa en la que se encuentre la persona solicitante y su destino; y deberán venir acompañadas de la documentación acreditativa del cumplimiento de los requisitos señalados en la base 5.

A la instancia se adjuntará la siguiente documentación:

a) Fotocopia del DNI.

b) Certificado que acredite el conocimiento de la lengua gallega, Celga 4 o su equivalente.

c) Documentación acreditativa de la titulación académica.

d) Documentación acreditativa de la condición de funcionario/a de la Administración local con habilitación de carácter nacional, subescala de secretaría, categoría superior.

e) Currículum en el que la persona aspirante especifique, en un máximo de 15 páginas (caras), su trayectoria profesional especificando los puestos de trabajo desempeñados en la Administración, otros títulos académicos o profesionales obtenidos, los cursos realizados así como los impartidos, los trabajos y estudios publicados en el campo de la investigación científico-jurídica, así como otros méritos y aptitudes que reúne para ocupar el puesto, que deberán estar directamente relacionados con las funciones atribuidas a este.

Deberán acompañarse los documentos acreditativos de los méritos alegados mediante certificaciones o copias. No serán valorados los méritos que no queden debidamente acreditados, en todos sus aspectos, dentro del plazo de presentación de instancias.

7. Nombramiento.

Concluido el plazo de presentación de solicitudes, la Presidencia procederá, en el plazo de un mes, en su caso, y tras verificar el cumplimiento de los requisitos exigidos en estas bases, a dictar la resolución correspondiente, que deberá estar motivada con referencia al cumplimiento de los requisitos, la observancia del procedimiento, la competencia para el nombramiento, los concretos criterios de interés general elegidos como prioritarios para decidir el nombramiento, y las condiciones profesionales tenidas en cuenta para apreciar la mayor idoneidad del/de la funcionario/a nombrado/a; y de la que informará al Pleno de la Corporación, y dará traslado a la Dirección General de Administración Local de la Xunta de Galicia y al ministerio competente en materia de función pública para publicación en el BOE (artículo 46.3 del Real decreto 128/2018, de 16 de marzo).

8. Toma de posesión.

Los plazos para la toma de posesión serán los establecidos en el artículo 41 del Real decreto 128/2018, de 16 de marzo y 34 del Decreto 49/2009; en consecuencia, será de tres días hábiles tratándose de puestos de trabajo en la misma localidad o de un mes en caso contrario. Dichos plazos se contarán a partir del día siguiente al del cese, que deberá efectuarse en el plazo de tres días hábiles siguientes al de la publicación de la resolución sobre el nombramiento en el BOE.

9. Impugnación.

Contra la presente resolución y cuantos actos administrativos se deriven de ella las personas interesadas podrán interponer recurso potestativo de reposición ante la Presidencia de la Diputación Provincial de Ourense, en los términos y plazos señalados en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas (un mes contado desde el día siguiente al de su publicación); o directamente recurso contencioso-administrativo en los términos y plazos señalados en la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contencioso-administrativa (dos meses contados a partir de la misma fecha).