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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 17 Miércoles, 27 de enero de 2021 Pág. 4880

III. Otras disposiciones

Consellería de Infraestructuras y Movilidad

DECRETO 12/2021, de 21 de enero, por el que se aprueba el cambio de titularidad de las vías provinciales LU-P-2902 Lugo-A Ponte do Ombreiro (LU-234) y de la LU-P-2924, accesos a la carretera de O Ombreiro, en As Saamasas, a favor del Ayuntamiento de Lugo.

A tenor de lo previsto en el artículo 9.4 de la Ley 8/2013, de 28 de junio, de carreteras de Galicia, los cambios de titularidad de carreteras o tramos de las mismas, cuando no se trate de travesías urbanas o tramos de ellas que estén incluidos en el inventario de travesías de su Administración titular, deberán ser aprobados por decreto de la Xunta de Galicia, a propuesta de la consellería competente en materia de carreteras y después del acuerdo entre las administraciones afectadas.

Por otra parte, la citada Ley de carreteras dispone en el artículo 9.7 que los cambios de titularidad podrán incluir carreteras, tramos de las mismas, elementos funcionales y/o espacios de la zona de dominio público adyacente.

El Ayuntamiento de Lugo, el día 16 de septiembre de 2020, solicita a la Diputación Provincial de Lugo la cesión de los tramos de los viales de las carreteras provinciales LU-P-2902 y LU-P-2924. El ayuntamiento fundamenta su solicitud en la posibilidad de que dichos viales tienden a convertirse en vías de carácter urbano o de acceso a la trama urbana, ya que se encuentran dentro del proceso de urbanización del sector Norte I (As Saamasas), actualmente en ejecución.

El Pleno de la Diputación Provincial de Lugo, en sesión celebrada el día 29 de septiembre de 2020, aceptó el cambio de titularidad de los tramos propuestos por el Ayuntamiento.

La Agencia Gallega de Infraestructuras, de acuerdo con el informe emitido por los servicios competentes, indica que la carretera LU-P-2902 cuenta con una longitud total de 8.570 metros y el tramo que se propone transferir, de 1.034 metros, comienza en suelo urbano de Lugo y termina al pasar el puente de la carretera N-540. Por otro lado, la carretera LU-P-2924, se propone transferir en su totalidad. Cuenta con 1.048 metros en total y está compuesta por un itinerario principal de 628 metros (inicio en la LU-P-2902 y termina en la la calle de los Deportes) y por un ramal de 420 metros (inicio del itinerario principal y termina en la LU-P-2902). Estas carreteras cumplen con lo estipulado en el apartado 11 del artículo 18 del Reglamento general de carretera de Galicia, relativo a los cambios de titularidad de tramos de carreteras a favor de las administraciones de menor ámbito territorial, por lo que se formula la propuesta favorable a la transferencia de titularidad de los tramos que se definen en el artículo 1.

De conformidad con lo anteriormente expuesto, a propuesta de la conselleira de Infraestructuras y Movilidad y previa deliberación del Consello de la Xunta de Galicia, en su reunión del día veintiuno de enero de dos mil veintiuno,

DISPONGO:

Artículo 1

Aprobar el cambio de titularidad a favor del Ayuntamiento de Lugo de:

Clave

Denominación

p.q.i

p.q.f

LU-P-2902

Lugo-A Ponte do Ombreiro (LU-234)

0+000

1+034

LU-P-2924

Accesos a la carretera de O Ombreiro, en As Saamasas

Itinerario principal

0+000

0+628

Ramal

0+000

0+420

Artículo 2

En aplicación de los apartados 4 y 6 del artículo 10 de la Ley 8/2013, de 28 de junio, de carreteras de Galicia, el Ayuntamiento de Lugo deberá modificar su catálogo de carreteras para incluir el cambio de titularidad a que se refiere este decreto.

Artículo 3

De acuerdo con lo establecido en el artículo 9,6 de la Ley 8/2013, de 28 de junio, de carreteras de Galicia, el cambio de titularidad será efectivo al día siguiente de la publicación de este decreto en el Diario Oficial de Galicia. La entrega de los bienes se formalizará en el plazo de los dos meses siguientes a esta publicación, mediante la firma de la correspondiente acta de entrega entre el Ayuntamiento y la Diputación.

Artículo 4

Corresponderán al Ayuntamiento de Lugo, a partir de la formalización de la entrega, todas las actividades de gestión, mantenimiento, conservación y explotación del vial, así como el ejercicio de las funciones de disciplina viaria y cualquier otra que pudiese corresponderle como nueva Administración titular de las carreteras.

Disposición final

Este decreto surtirá efectos desde el día siguiente a su publicación en el Diario Oficial de Galicia.

Santiago de Compostela, veintiuno de enero de dos mil veintiuno

Alberto Núñez Feijóo
Presidente

Ethel Mª Vázquez Mourelle
Conselleira de Infraestructuras y Movilidad